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Fiscalidad ampliaciones de capital liberadas


Fiscalidad ampliaciones de capital liberadas ejercicio 2008 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2009)

No hay ninguna variación respecto al ejercicio 2007.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

Fiscalidad ampliaciones de capital liberadas ejercicio 2007 (y hasta la actualidad)

Las ampliaciones de capital liberadas tienen el efecto de reducir el precio de compra . Por tanto no hay que tributar por ellas hasta que no se venden las acciones.
Supongamos que se compran 1.000 acciones de Zardoya Otis a 20 euros, lo que hace un total de 20.000 euros (20 x 1.000 = 20.000).
Posteriormente, Zardoya realiza una ampliación de capital liberada de 1 x 10, entregando 1 acción gratuitamente por cada 10 que se posean.
El inversor del ejemplo pasa a tener 1.100 acciones, cuyo precio unitario de compra pasa a ser 18,18 euros (20.000 / 1.100 = 18,18). En el momento en que venda estas 1.100 acciones deberá calcular la plusvalía utilizando como precio de compra los 18,18 euros.
Si, por ejemplo, vende las 1.100 acciones a 30 euros la plusvalía generada será 13.002 euros; (30 – 18,18) x 1.100 = 13.002.
Este precio de compra de 18,18 se utilizará también para cualquier venta parcial que se haga. Si decide vender 500 acciones, por ejemplo, deberá calcular la plusvalía generada utilizando 18,18 euros como precio de compra para esas 500 acciones. Las 600 acciones que aún no se han vendido también tendrán un precio de compra de 18,18 euros en el momento de su futura venta.
Mientras no venda las acciones no tendrán que realizar ningún pago a Hacienda.
La antigüedad de las acciones liberadas es la que corresponde a las acciones de las que proceden.
Las acciones parcialmente liberadas se tratan igual que una compra normal y corriente. Su precio de adquisición es el de la prima desenbolsada por ellas y su antigüedad es la de la fecha de adquisición y pago de dicha prima.
Desde 2017 respecto la venta de los derechos lleva la misma retención que los dividendo, que en 2021 es del 19%. Luego, al hacer la declaración del IRPF se paga lo mismo que por una venta de acciones (entre el 19% y el 26% en 2021, según el tramo). Además, al ser una venta de acciones, el importe que se obtenga por la venta de los derechos se puede compensar con pérdidas en acciones, fondos de inversión, derivados, inmuebles, etc.
 
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

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