Muy buenas conciudadanos
Estoy empezando a sacar los datos economicos de 2012 para introducirlos en el simulador de irpf que, aunque ya lo sacaron, estarán tocandolo para volver a sacarlo en breve. Y me surgen dos dudas principalmente, a ver si me podeis ayudar.
a) La primera es referente a los dividendos de acciones extranjeras. Os pondré un ejemplo práctico real en mi caso. Si tomo por ejemplo los dividendos de NYSE Euronext, el pasado diciembre me dió 6,13 € brutos, con una retención en origen (USA) de 0,92 €, en destino (España) de 1,09 €. Entiendo, y aquí viene mi duda, de que en el irpf introduzco ¿el dividendo bruto total (esto es, los 6,13€) o el dividendo ya descontado el 15% de los usos, o sea, el dividendo "bruto español"?. Luego vendría la retención practicada sólo en Españal, que es la que me devuelven ¿verdad?... esto es, el 15% de los usos los pierdo, ¿no es así?.
b) La segunda duda es con los ETF. Si cotizan en nuestro mercado los trataré como si fueran acciones ¿no?. Igual con sus dividendos, salvo que el 21% retenido no tiene la exención de los primeros 1500 € de las acciones...
Un saludo y gracias!
Estoy empezando a sacar los datos economicos de 2012 para introducirlos en el simulador de irpf que, aunque ya lo sacaron, estarán tocandolo para volver a sacarlo en breve. Y me surgen dos dudas principalmente, a ver si me podeis ayudar.
a) La primera es referente a los dividendos de acciones extranjeras. Os pondré un ejemplo práctico real en mi caso. Si tomo por ejemplo los dividendos de NYSE Euronext, el pasado diciembre me dió 6,13 € brutos, con una retención en origen (USA) de 0,92 €, en destino (España) de 1,09 €. Entiendo, y aquí viene mi duda, de que en el irpf introduzco ¿el dividendo bruto total (esto es, los 6,13€) o el dividendo ya descontado el 15% de los usos, o sea, el dividendo "bruto español"?. Luego vendría la retención practicada sólo en Españal, que es la que me devuelven ¿verdad?... esto es, el 15% de los usos los pierdo, ¿no es así?.
b) La segunda duda es con los ETF. Si cotizan en nuestro mercado los trataré como si fueran acciones ¿no?. Igual con sus dividendos, salvo que el 21% retenido no tiene la exención de los primeros 1500 € de las acciones...
Un saludo y gracias!
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