Hola,
He estado haciendo números y me sale que los dividendos extranjeros soportan una fiscalidad efectiva menor que los españoles si reclamo la parte que excede el 15% de la retención en origen. Supongo que estoy cometiendo algún error, lo explico con un ejemplo numérico de Francia.
1) Cobro 1000 euros en dividendos brutos de una empresa francesa.
2) Me retienen en origen el 30% de los dividendos brutos; me quedan 1000-300 = 700.
3) Me retiene España el 19% de esta cantidad; me llegan netos 700-133 = 567.
4) Al hacer la declaración de la renta, España me devuelve el 15% de los dividendos brutos; 567+150 = 717.
5) Hago el papeleo necesario con Francia y me devuelve el 15% extra que me cobraron inicialmente; 717+150 = 867.
Por tanto, según estos números, la fiscalidad efectiva de estos dividendos sería del 13,3%.
Supongo que debe haber alguna cosa que estoy dando por hecho y no está bien. También supongo que puede haber algún gasto fijo en el último papeleo, pero lo ignoro voluntariamente en este ejemplo porque su proporción en la fiscalidad efectiva dependerá de la cantidad cobrada y del país.
La conclusión sería que, al margen de lo engorroso de la gestión, del retraso en el cobro y otros factores similares, a mayor retención en origen, menor fiscalidad efectiva tendríamos.
¿Puede alguien (con experiencia a ser posible) decirme qué hay mal en estos cálculos o si están bien?
Muchas gracias.
He estado haciendo números y me sale que los dividendos extranjeros soportan una fiscalidad efectiva menor que los españoles si reclamo la parte que excede el 15% de la retención en origen. Supongo que estoy cometiendo algún error, lo explico con un ejemplo numérico de Francia.
1) Cobro 1000 euros en dividendos brutos de una empresa francesa.
2) Me retienen en origen el 30% de los dividendos brutos; me quedan 1000-300 = 700.
3) Me retiene España el 19% de esta cantidad; me llegan netos 700-133 = 567.
4) Al hacer la declaración de la renta, España me devuelve el 15% de los dividendos brutos; 567+150 = 717.
5) Hago el papeleo necesario con Francia y me devuelve el 15% extra que me cobraron inicialmente; 717+150 = 867.
Por tanto, según estos números, la fiscalidad efectiva de estos dividendos sería del 13,3%.
Supongo que debe haber alguna cosa que estoy dando por hecho y no está bien. También supongo que puede haber algún gasto fijo en el último papeleo, pero lo ignoro voluntariamente en este ejemplo porque su proporción en la fiscalidad efectiva dependerá de la cantidad cobrada y del país.
La conclusión sería que, al margen de lo engorroso de la gestión, del retraso en el cobro y otros factores similares, a mayor retención en origen, menor fiscalidad efectiva tendríamos.
¿Puede alguien (con experiencia a ser posible) decirme qué hay mal en estos cálculos o si están bien?
Muchas gracias.
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