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Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla)
Hola Antonio.
Supongamos que el dividendo bruto son 100, y la retención española son 19 euros.
En rendimientos de capital tienes que poner el dividendo bruto (100) y en la casilla de las retenciones pones 19.
En las casillas del doble convenio internacional no tienes que poner nada, porque las acciones son españolas, y eso no cambie por el hecho de que el broker tenga la sede en el extranjero.
Saludos.Perfecto gracias, no lo tenia claro del todo, un saludo y enhorabuena por este gran foro...
Muchas gracias, Antonio
Buenas que tal!
Tengo una duda en relación a la regla de los dos meses.
- Pongamos que tengo 100 acciones de una empresa, las vendo con 1000€ de pérdida durante el año.
- Recompro las 100 acciones en menos de dos meses (las pérdidas se quedan bloqueadas sin poderse integrar).
- Antes de acabar el año, vendo 30 acciones, con 300€ de pérdida más. No las recompro ni hago nada más. Me quedo el resto de acciones.
¿Cual es la pérdida que puedo aplicar? Yo entiendo que serian los 300€, ¿mas otros 300€ de la anterior operación? Y se quedarian 700€ para próximos ejercicios.
¿es correcto?
Muchas graciasHola Antonio,
Es correcto, sí. En este ejemplo quedan desbloqueadas todas las pérdidas asociadas a esas 30 acciones de la última venta que haces, poco antes de acabar el año.
Saludos.Hola Tengo una duda sobre la regla de los dos meses en la compraventa de acciones, intento explicarme:
En marzo de 2016 compre 140 telefónicas 9,79 euros; el 14 de noviembre de 2019 compre otras 60 acciones a 6,85 euros y por un error de cálculo al 30 de noviembre de 2019 efectué la venta de 100 acciones a 6,79. Como el saldo final es de 100 acciones y este es superior a las 60 acciones compradas en los dos meses anteriores (14-11-2019) entiendo que solamente puedo compensar pérdidas por 40 acciones viejas ¿Es correcto?.
Por otra parte para poder compensar todas las pérdidas generadas ¿sería necesario proceder a la ventas de las 100 acciones pendientes que me quedan de saldo? y de esta manera mi saldo final sería de "0" acciones. ¿Es correcto?
Muchas gracias y perdonar por las molestias.Hola Santiago,
Es correcto todo lo que dices.
Si quieres compensar todas las pérdidas, vende antes de final de año todas las acciones de Telefónica que tienes, y compra 1-2 futuros. ¿Sabes hacer esto?
Y pregunta todo lo que quieras, que para eso está la web y el Foro.
Saludos.Buenas tardes tengo una duda con la regla de los 2 meses. vendo acciones con minusvalías y compro las mismas en menos de 2 meses, entiendo q no puedo compensar perdidas nunca, pero se pueden desgravar los gastos de compra y venta de las acciones q vendí en perdidas?
Saludos y muchas graciasHola Rubén,
En el ejemplo que pones no es que no puedas compensar esas pérdidas nunca, sino que no las puedes compensar hasta que vendas las acciones compradas por segunda vez, y respetes la regla de 2 meses.
Por ejemplo.
Vendes perdiendo
Compras antes de 2 meses
Vendes pasados 2 meses desde la compra anterior
Ya te puedes compensar las pérdidas de la primera venta.
Y las comisiones te las compensas cuando vendas respetando la regla de los 2 meses, pero no antes.
Saludos.- #23753
Invitado - Ruben Martinez Fernandez
En respuesta a: Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)Saludos y muchas gracias Gregorio
De nada, Rubén.
Pregunta todas las dudas que tengas.
Saludos.Buenos días , tengo una duda compre acciones en el mercado americano (12-01-21) y vendí con minusvalías el (03-02-21) ¿podre en algún momento compensar esas minusvalías? Tengo que esperar 12 meses o nunca podre compensarlas
Saludos y muchas gracias por tu laborHola Demetrio.
Siempre hay una forma de poder compensar las minusvalías. De cualquier forma que se bloquee esa compensación, siempre hay otra forma para desbloquearlas.
En este caso tienes que no comprar acciones de esa empresa hasta que pase 1 año desde el 3-2-21.
Saludos.Hola Gregorio,
He acumulado acciones de Barrick Gold en 2020 haciendo tres compras entre Noviembre y Diciembre.
Querría saber cómo me afecta la regla de los dos meses si me deshago de ella con pérdidas importantes en 2021. (Me afectaría por haber realizado compras sucesivas dentro de los dos meses aunque las venda seis meses más tarde?)
Podría compensar la pérdida total con las ganancias de otros valores en la renta 2021(Abril2022)?? Por ser un valor Canadiense, tendría que esperar un año desde la venta para poder compensarlo? (He leído a un compañero que en el caso de usa es así)
Muchas gracias,
JoséHola Jose,
Con las empresas de EEUU es 1 año en lugar de 2 meses. Con Canadá no estoy seguro de si es un año o dos meses. En Canadá creo también es 1 año, pero no estoy seguro al 100%.
Sí puedes compensar todas las pérdidas, al vender todas las acciones y dejar pasar 2 meses / 1 año sin volver a comprar acciones de esa empresa. Así que aunque sea 1 año, para abril de 2022 ya habrá pasado e año.
Saludos.Hola Gregorio, enhorabuena por tu trabajo de divulgación, que sigo con mucho interés.
Tengo una duda que quizá puedas ayudarme a resolver.
Mi empresa (GE) tiene un programa de compra de acciones, que utilicé durante años, hasta que la acción se desplomó.
Ya no hago uso del programa, pero las acciones están en el broker que tiene GE, y cuando toca el reparto de dividendos, se ingresa en el broker y éste lo invierte en nuevas acciones.
Yo quisiera vender algunas acciones de GE a pérdidas y compensarlo con ganancias de otros fondos, pero no sé si el broker, al estar comprando acciones en mi nombre con los dividendos que se han generado trimestralmente, me inhabilita las compensaciones de pérdidas.
No sé si esta inhabilitación es total, o si yo quisiera vender 100 acciones a pérdidas, y la última recompra por los dividendos fue de 2 acciones, tengo que restar 100-2 y aunque venda 100 sólo puedo compensar pérdidas de 98.
En los ejemplos que he visto donde se muestran situaciones de venta y recompra, veo que si no se respeta la regla de los 2 meses hacen restas de ese tipo para determinar exactamente la pérdida que puedes compensar con ganancias.
Gracias y saludos coordiales,
PatxiHola Patxi, y muchas gracias.
Es como crees.
Es decir, esas reinversiones de los dividendos cuentan para la compensación de pérdidas, y te "bloquean" la posibilidad de compensar pérdidas.
Y ese bloqueo es parcial, así que en el ejemplo que pones no quedaría bloqueada la compensación de las pérdidas de las 100 acciones, sino sólo de 2.
Ten en cuenta que en el caso de las acciones de EEUU el plazo no son 2 meses, sino 1 año.
Saludos.Buenas tardes Gregorio.
Antes de nada, muchas gracias por tu trabajo con la gente de esta página.
Tengo una duda con la famosa "regla de los 2 meses", a ver si me puedes ayudar.
Compra - Venta de Acciones de ACS que hice en 2020 :
- 13 Octubre compré 200 Acc.
-16 Octubre vendí las 200 Acc. (ganancia +500)
-20 Octubre compré 150 Acc.
-25 Octubre vendí las 150 Acc. (pérdida -300)
-2 Noviembre compré 250 Acc.
-3 Noviembre vendí las 250 Acc. (ganancia +700)
-8 Noviembre compré 300 Acc.
-9 Noviembre vendí las 300 Acc (pérdida - 900)
No hice más movimientos y siempre que vendía me quedaba con 0 acciones.
Mi pregunta es...
¿En la declaración de la renta puedo añadir esas 2 perdidas para compensar las ganancias?
¿O solo la última porque no volví a comprar, y en la primera perdida sí que volví a comprar?
¿O ninguna de las dos porque se le aplica la regla de los 2 meses?
Muchas gracias de antemano.Muchas gracias, Miguel.
Si desde el 9 de noviembre estuviste 2 meses sin comprar más acciones de ACS, que creo que es el caso, puedes compensar todas esas pérdidas en la declaración de 2020.
Saludos.Hola, he visto que existe el Reglamento 2017/2320 de la Comision relativa al marco juridico de los Estados Unidos. No me la he leido y creo que no sería capaz de entenderla. Pero viene a declarar que son sistemas equivalentes a los sistemas alternativos de negociación de conformidad con la directiva 2014/65/UE. Por tanto, entiendo que ya no aplica la regla de 1 año, si no que pasa a aplicar tambien 2 meses. Me imagino que será un tema discutido y discutible y que Hacienda se buscará las vueltas para qque siga siendo 1 año, pero a primera vista parece muy claro. Podrias confirmar? en ese mismo boletin oficial hay reglamentos similares para Hong Kong . Recordad que es un reglamento, no una directiva (no es necesaria una trasposicion, es de aplicación en toda europa YA).
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