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Fiscalidad compensación minusvalías (2 meses)


Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla) ejercicio 2008 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2009)

No hay ninguna variación respecto al ejercicio 2007.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla) ejercicio 2007 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2008)

Las pérdidas patrimoniales en acciones, fondos, inmuebles, derivados, etc. pueden compensarse entre sí con las ganacias patrimoniales, para establecer la base imponible del ahorro . Hay que sumar todas las ganacias generadas y restarle todas las pérdidas. El resultado es la base imponible del ahorro, que tributa al 18% .
Por ejemplo, si se ha obtenido una gananacia de 5.000 euros con la venta de unas acciones de Telefónica y una pérdida de 3.000 euros con la venta de un fondo de inversión, la base imponible del ahorro es 2.000 euros (5.000 – 3.000 = 2.000), y habrá que pagar 360 euros (18% de 2.000).
Para poder compensar las minusvalías es necesario no comprar valores homogéneos a los que generaron la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores . En caso de hacerlo habrá que esperar a vender esos nuevos valores, y que transcurran 2 meses sin volver a comprarlos, para poder compensar esa minusvalía. Esto es válido tanto para acciones como para fondos de inversión y ETF's. Ejemplos:
  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero y se vuelven a comprar el 3 de Febrero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 3 de febrero y pasen 2 meses desde dicha venta.
     
  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero. El 2 de Enero se habían comprado acciones del BBVA (que no son las que se vendieron el 3 Enero). Es decir se tenían 100 acciones del BBVA, el 2 de Enero se compran 100 más (lo que hace un total de 200 acciones en cartera) y el 3 de Enero se venden 100 acciones, con lo que quedan en cartera las 100 acciones que se tenían previamente a las operaciones realizadas el 2 y 3 de Enero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 2 de Enero y pasen 2 meses desde dicha venta.
A los derivados (opciones y futuros ) no les afecta esta regla de los 2 meses . Pueden comprarse y venderse continuamente y las minusvalías siempre se pueden compensar.
Hay ocasiones en las que un inversor tiene una posición en un valor que quiere mantener a largo plazo, pero le gustaría generar una minusvalía para compensarla con otras plusvalías que ya tiene sin tener que estar 2 meses fuera del valor. Es posible hacerlo utilizando futuros sobre acciones (o CFD's) de la siguiente forma;
Se venden las acciones que generan la minusvalía e inmediatamente se compran futuros sobre esas acciones. Una vez transcurridos 2 meses se venden los futuros y se recompran las acciones . Por ejemplo, el 3 de Enero se venden 100 acciones de BBVA e inmediatamente se compra 1 contrato de futuro sobre acciones de BBVA (1 contrato representa 100 acciones). Una vez transcurridos los 2 meses se vende el futuro y se compran 100 acciones de BBVA. De esta forma se ha estado posicionado en todo momento con 100 acciones de BBVA (o su equivalente) y a la vez se ha podido compensar la minusvalía.
Al vender el futuro y comprar las acciones hay 2 alternativas:
  1. Vender el futuro en el mercado de futuros y dar una orden de compra de acciones en el mercado de acciones.
     
  2. Mantener el futuro hasta la fecha de vencimiento y ejercerlo , momento en el cual entregaremos el dinero y a cambio recibiremos las acciones

La elección entre una y otra depende de lo que suceda con el precio del futuro desde que se compra hasta que transcurren los 2 meses:

  • Si el precio del futuro ha bajado es preferible vender el futuro y comprar las acciones, ya que al vender el futuro generamos una nueva minusvalía que podremos compensar con otras plusvalías.
     
  • Si el precio del futuro ha subido es mejor ejercitarlo a vencimiento, ya que de esta forma evitamos generar una plusvalía. Si compramos el futuro a 16 y lo vendemos a 18 habremos generado una plusvalía de 200 euros (cada contrato de futuro representa 100 acciones) y deberemos pagar por ella. En cambio si ejercitamos ese mismo futuro estaremos comprando 100 acciones a 16 euros (aunque en el mercado estén a 18), con lo que pasaremos a tener las 100 acciones en nuestra cartera sin haber generado ninguna plusvalía con el futuro. Ejercitar un futuro a 16 euros supone pagar 1.600 euros y recibir 100 acciones, independientemente del precio que tenga dicho futuro en el mercado, lo cual no genera ninguna plusvalía porque no se está vendiendo nada.
La regla de los 2 meses (1 año en algunos mercados extranjeros) también puede evitarse utilizando, además de CFD's, ADR's, o acciones preferentes, si son similares, en cuanto a su comportamiento en Bolsa, a las ordinarias.
En el caso de los fondos de inversión o ETF's, se puede comprar un fondo de inversión o ETF que sea similar.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones

Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla)

Ejercicio 2023

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2023

Ejercicio 2022

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2022

Ejercicio 2021

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2021

Ejercicio 2020

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2020

Ejercicio 2019

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2019

Ejercicio 2018

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2018

Ejercicio 2017

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2017

Ejercicio 2016

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2016

Ejercicio 2015

Es igual a la de 2012, salvo que los tipos a pagar son los que puedes ver en la fiscalidad de las acciones en 2015

Ejercicio 2014

Es igual a la del ejercicio 2012

Ejercicio 2013

Es igual a la del ejercicio 2012

Ejercicio 2012

 

Ejercicio 2011

Es igual a la del ejercicio 2010

Ejercicio 2010

 

Ejercicio 2009

Es igual a la del ejercicio 2007

Ejercicio 2008

Es igual a la del ejercicio 2007

Ejercicio 2007

 
     

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