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Tipos de rentención acciones extranjeras

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  • Padawan
    Senior Member
    • may
    • 563

    #21
    Hola,

    Según tengo entendido (hablando siempre de dividendos) para empresas con sede fiscal en UK, la retención en origen es del 10% para los inversores residentes en el extranjero (aparte del impuesto de la Reina). Sin embargo, el origen de esta retención es un crédito fiscal que tienen los residentes en UK del 10%, y que nosotros no tenemos, por eso nos quitan ese 10%. Por lo tanto, es incorrecto declararlo como retención en origen en la declaración de la renta en España porque no se trata de una retención fiscal. Hasta aquí lo que entiendo, corregidme si estoy equivocado en algún punto.

    Ahora bien, el dividendo anunciado por la empresa:

    1) ¿Está teniendo en cuenta ese crédito fiscal del estado? ¿Es decir está aumentando en un 10% el dividendo que realmente repartiría por ese crédito fiscal para los residentes?

    2) En al base de datos de empresas de esta web, ¿el dividendo que aparece tiene en cuenta ese crédito fiscal? ¿Es decir, puedo contar con la RPD directa sacada de esta web, o sobre esa RPD hay que tener un descuento del 10%?

    Espero que me podáis echar una mano.

    Un saludo

    Comentario

    • Arturo
      Member
      • sep
      • 320

      #22
      ¿Cómo ha evolucionado las retenciones en el extranjero? No sé cuánto son especulaciones, cuánto está confirmado que se va a aplicar, cuánto se ha aprobado pero aún no aplica, cuánto ya aplica...

      ¿Los Países Bajos siguen con el 15%, o lo han reducido al 0%? ¿Han aprobado la reducción para aplicarla en un futuro próximo?
      ¿Francia ya bajó del 30%?, ¿ha aprobado que se reduzca?
      Leyendo este artículo, no me queda nada claro si la reforma fiscal belga nos beneficia de alguna manera, aunque creo que no.

      Tanto en el foro con Internet se encuentra algo de información, pero parecen un runrún, y no he encontrado nada oficial de ninguno de los tres países.

      Un saludo.
      «Toda frase breve acerca de la economía es intrínsecamente falsa», Alfred Marshall.

      Comentario

      • Romano
        Member
        • mar
        • 158

        #23
        Muy buenas, yo también quería comentar lo mismo, porque en algunos sitios dice que sí, pero no es muy explícito.

        En este comentario de BMW, Gregorio afirma que sí:



        Sin embargo en otros foros acabo de ver accionistas con valores franceses a los que hace pocas semanas seguían reteniéndole el 30%. También leí que quizás hay que cumplimentar un tal "modelo 5000" equivalente al w8ben en USA. En fin, supongo que los que tengáis acciones francesas podríais mirar en el broker cuanto os retienen en los próximos dividendos y vamos esclareciendo el asunto.

        Un saludo

        Comentario

        • Ceroceroseix
          Senior Member
          • may
          • 1312

          #24
          Esto igual te llega un poco tarde, Padawan, pero ahí va mi respuesta:

          Originalmente publicado por Padawan Ver Mensaje
          Según tengo entendido (hablando siempre de dividendos) para empresas con sede fiscal en UK, la retención en origen es del 10% para los inversores residentes en el extranjero (aparte del impuesto de la Reina). Sin embargo, el origen de esta retención es un crédito fiscal que tienen los residentes en UK del 10%, y que nosotros no tenemos, por eso nos quitan ese 10%. Por lo tanto, es incorrecto declararlo como retención en origen en la declaración de la renta en España porque no se trata de una retención fiscal. Hasta aquí lo que entiendo, corregidme si estoy equivocado en algún punto.
          Desde la primavera de 2017, esos verbos que señalo hay que conjugarlos en pasado. Lo que se retenía en origen en UK era un crédito fiscal que no debía considerarse retención a cuenta del IRPF. Pero la fiscalidad británica cambió y ya no se retiene ninguna cantidad de los dividendos de empresas que tributen en UK. Sí retienen sobre las que, a pesar de cotizar en la Bolsa de Londres, declaran sus impuestos en otros territorios, como puede ser la Isla de Man.

          Teniendo esto en cuenta, la otra parte del mensaje queda más clara.

          Originalmente publicado por Padawan Ver Mensaje
          Ahora bien, el dividendo anunciado por la empresa:

          1) ¿Está teniendo en cuenta ese crédito fiscal del estado? ¿Es decir está aumentando en un 10% el dividendo que realmente repartiría por ese crédito fiscal para los residentes?

          2) En al base de datos de empresas de esta web, ¿el dividendo que aparece tiene en cuenta ese crédito fiscal? ¿Es decir, puedo contar con la RPD directa sacada de esta web, o sobre esa RPD hay que tener un descuento del 10%?

          Espero que me podáis echar una mano.

          Un saludo
          Los datos de esta web son los publicados por las empresas, sin incrementos por ningún concepto. Puedes tomar los parámetros que quieras directamente sin problemas.

          Saludos.
          Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
          Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

          Comentario

          • Reflejo
            Member
            • feb
            • 53

            #25
            Originalmente publicado por Zoudan Ver Mensaje
            Acabo de leer la entraba, muy interesante, pero me queda una duda.

            Pongamos que compro BMW y me pagan 10€ de dividendo, me retienen en origen el 27℅ aprox y a eso el 19% en España.

            En la declaración de la renta podría pedir la devolución del 15% que mencionan al principio o solo podría ir al fisco a pedir la devolución del 12%?

            Y si es en Holanda que es el mismo 15%? Y USA? No me queda claro cuando puedo pedirlo simplemente en la declaración y cuando no.

            Y por último, si no tengo que hacer la declaración por no llegar a los 22k brutos anuales, no podría solicitar la devolución verdad?

            Estas dudas las tengo pendientes de hace tiempo y se me vienen haciendo más importantes ya que voy diversificándome.
            Gracias de antemano!!
            Hola,

            A mi tambien me surgió esta duda, la he buscado en la pagina de la AEAT y no he logrado ver nada que me aclare la duda de que en caso de no llegar a los 22k brutos de salario anual y no estar obligado a hacer el IRPF, como podria recuperar lo retenido de mas en dividendos?.

            Un saludo.

            Editado por última vez por Reflejo; 15/03/2019, 14:58:17.

            Comentario

            • Ceroceroseix
              Senior Member
              • may
              • 1312

              #26
              Si no presentas declaración de la renta, no puedes recuperar los excesos de retención a los que puedas tener derecho que te hayan practicado en los cobros de dividendos.

              No tener obligación de presentarla no significa que no puedas presentarla. No hay que tenerle miedo a la declaración de la renta.

              Saludos.
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              Comentario

              • socrates
                Senior Member
                • dic
                • 3628

                #27
                Normalmente cuando no necesitas presentarla, interesa presentarla. A Hacienda le interesa que no la presentes porque se ahorra devolverte dinero.

                Comentario

                • jagccordoba
                  Junior Member
                  • mar
                  • 9

                  #28
                  Presentación para recuperar retenciones

                  3. Estarán obligados a declarar los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación del régimen transitorio de la deducción por inversión en vivienda, por doble imposición internacional o que realicen aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad, planes de pensiones, planes de previsión asegurados o mutualidades de previsión social, planes deprevisión social empresarial y seguros de dependencia que reduzcan la base imponible, cuando ejerciten tal derecho.

                  Comentario

                  • jagccordoba
                    Junior Member
                    • mar
                    • 9

                    #29
                    Obligación de declarar

                    En conclusión, si deseas aplicarte la deducción por doble imposición internacional (retenciones soportadas en origen, con el límite establecido en los convenios de doble imposición con cada país) hsy que presentar la declaración de IRPF.

                    Comentario

                    • Reflejo
                      Member
                      • feb
                      • 53

                      #30
                      Muchas gracias por responder 006, socrates y jagccordoba.
                      Creo que no la presentare al no estar obligado porque con lo que me tienen que devolver por retenciones(de más) por dividendo aun asi me sale a ingresar.

                      Un saludo.

                      Comentario

                      • socrates
                        Senior Member
                        • dic
                        • 3628

                        #31
                        ... error ....

                        Comentario

                        • Thangel
                          Member
                          • may
                          • 43

                          #32
                          Hola amigos

                          Alguien sabe como estan las dobles retenciones para acciones Canadienses?
                          Estaba mirando ENB una accion interesante por dividendo pero me he dado cuenta que aunque cotiza en Nueva York es Canadiense...

                          Y tengo una duda, yo soy español y tengo el broker ING y el broker IB (broker americano), si compro una accion española Telefonica por ejemplo en IB, que hacen ellos con los dividendos? Me retienen de mas y luego tengo que reclamarles o me retienen lo mismo que si hubiera comprado las acciones en mi broker español.
                          A alguien le ha pasado?

                          Gracias

                          Comentario

                          • ogpl02
                            Junior Member
                            • dic
                            • 1

                            #33
                            buenisimo, no lo habia visto de esa manera.

                            Comentario

                            • Tracker
                              Member
                              • feb
                              • 348

                              #34
                              Tenía entendido que los dividendos de fondos UCITS llevaban retención, pero he cobrado dividendos de iShares $ Corp Bond UCITS ETF USD (Dist) IE0032895942 y no he tenido ninguna retención. Comprado en Degiro en el mercado EAM (sin comisión de compraventa :-)
                              ¿Puede ser porque es un bróker extranjero?
                              Lo importante no es cuanto ganas, sino cuánto necesitas para vivir by Skipy.

                              Cada uno debe buscar la estrategia con la que está más a gusto y esa será la mejor by Tracker.

                              Mi hilo, que siempre me cuesta encontrarlo.

                              Comentario

                              • Robertolo
                                Junior Member
                                • sep
                                • 2

                                #35
                                Originalmente publicado por malagueño31 Ver Mensaje
                                Me gustaría poner aquí un cuadro con los porcentajes de rentención que aplican los principales países en los que compramos acciones, así podremos hacer las compras fijándonos también en la fiscalidad.

                                Voy a dejar un resumen muy bueno que he encontrado en la web, pero como la legislación fiscal es cambiante, os voy a pedir a todos los que podáis, que colaboréis para actualizarlo por si ha habido algún cambio.

                                También si a GREGORIO no le importa, creo que debería quedarse en plan ficha arriba del todo, para que al entrar podamos verlo y no se pierda el hilo.

                                GRACIAS A TODOS.

                                http://blog.selfbank.es/como-tributan-los-dividendos-de-acciones-extranjeras-segun-el-pais-de-origen/


                                Muchas gracias Malagueño. Me ha parecido un artículo muy interesante y me ha ayudado a comprender la doble imposición de los dividendos.
                                Un saludo,
                                Gonzalo

                                Comentario

                                • locubolsa
                                  Member
                                  • mar
                                  • 357

                                  #36
                                  Hola, hoy en visto que en Clicktrade me han devuelto el dividendo cobrado en LON:UTG el pasado día 21/05/2021 y me lo han vuelto a gestionar añadiendo un 20% de retención en origen (ademas del 19% de retención en destino (España) que ya era correcto).

                                  Es la primera vez que me ocurre ésto con acciones de reino unido. ¿Sabéis si ha cambiado la política de retenciones y ahora se se retiene también en origen, y en ese
                                  caso si lo podemos recuperar posteriormente por doble imposición?

                                  Gracias!

                                  Comentario

                                  • locubolsa
                                    Member
                                    • mar
                                    • 357

                                    #37
                                    Originalmente publicado por locubolsa Ver Mensaje
                                    Hola, hoy en visto que en Clicktrade me han devuelto el dividendo cobrado en LON:UTG el pasado día 21/05/2021 y me lo han vuelto a gestionar añadiendo un 20% de retención en origen (ademas del 19% de retención en destino (España) que ya era correcto).

                                    Es la primera vez que me ocurre ésto con acciones de reino unido. ¿Sabéis si ha cambiado la política de retenciones y ahora se se retiene también en origen, y en ese
                                    caso si lo podemos recuperar posteriormente por doble imposición?

                                    Gracias!
                                    Me contesto a mi mismo por si sirve de ayuda a otros. La verdad es que me sonaba que tenia relación con los Reits, pero me ha costado encontrar información sobre ello. Finalmente he encontrado algo en una web del Santander (https://santandertrade.com/es/portal...ido/fiscalidad) y parece que es correcto ese 20% de retención.
                                    Dividendos: 0% (20% para dividendos pagados por un fondo de inversión de bienes raíces sobre su ingreso de arriendo eximido de impuestos). Intereses: 20% para los no residentes. Royalties: 20% (los tipos pueden ser inferiores si existe un convenio fiscal).
                                    Ahora solo me falta averiguar si es recuperable o no.

                                    Comentario

                                    • Dookie
                                      Member
                                      • nov
                                      • 189

                                      #38
                                      Hola!

                                      Una empresa que es de otro país pero cotiza por ejemplo en USA, si la compras en USA, se aplicaría el 15% de retención o el del país al que pertenezca la compañía aunque cotice en una bolsa diferente?

                                      Comentario

                                      • Sarraceno
                                        Senior Member
                                        • jun
                                        • 1291

                                        #39
                                        Dookie, se aplica la retención del país donde tiene la empresa la sede social, no la del país donde cotiza.

                                        Comentario

                                        • Dookie
                                          Member
                                          • nov
                                          • 189

                                          #40
                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por Sarraceno Ver Mensaje
                                          Dookie, se aplica la retención del país donde tiene la empresa la sede social, no la del país donde cotiza.
                                          Muchas gracias!

                                          Comentario

                                          Trabajando...
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