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Declaración de la Renta 2016

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  • Rodes
    Senior Member
    • jul
    • 1441

    Declaración de la Renta 2016

    Libros

    Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info



    Hola,

    No he encontrado este tema en el buscador del lateral, por lo que abro este hilo. Si está por ahi, Gregorio, muévelo por favor a donde corresponda.

    Tengo una pregunta, a ver si alguien sabe responderlo.

    Hace 2 años vendí un campo de almendros, con minusvalía.

    Sé que cuando se trata de compra/venta de acciones (ganancia/pérdida de patrimonio) se puede compensar con los dividendos (rentas del ahorro) durante 4 años. La pregunta es si podría compensar en parte esa minusvalía que tuve hace dos años en esa venta con mis dividendos 2016, es decir, las retenciones del 19% que mi broker me hizo automáticamente.

    Muchas gracias

    saludos
    Sígueme en Twitter El Loco de Las Startups @LocoStartup

    Para ahorrar en luz, gasolina, etc, date de alta en círculo de conductores

    Proyecto Rodes
  • Reynho
    Senior Member
    • may
    • 696

    #2
    Yo tengo otra duda. Tengo ciertos datos no incorporados a la declaración por falta de información. Estos datos son las ventas de acciones del año pasado, así que meto los datos de compra y listo, me sale la pérdida/ganancia que tuve. Hasta aquí todo bien, pero también me aparecen dos scritps, uno de Repsol y otro de BBVA en los que vendí los derechos a mercado.

    Tenía entendido, que estos Scripts no se declaran como ganancia, sino que restan del valor de compra, con lo que en un futuro si tendré que declararlos si vendo las acciones, pero que, como a finales de 2016 no las había vendido, esas ventas de derecho no tienen que aparecer en la declaración como ganancia, ¿no?
    MI CARTERA y MI PROYECTO

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    • gorrion1978
      Senior Member
      • dic
      • 1223

      #3
      ¿Qué casilla hay que modificar para una minusvalía por venta de acciones? ¿Y para la doble retención de dividendos extranjeros?

      Gracias.
      "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

      Jiddu Krisnahmurti.

      Comentario

      • Gil
        Senior Member
        • sep
        • 638

        #4
        Hola, yo tambien tengo mis dudas.
        Tengo una plaza de garaje de concecion administrativa y al intentar hacer la declaracion me sale esta plaza en el apartado de datos no incorporados.
        Otra duda es que en la renta 2015 declare perdidas patrimoniales por venta de acciones, en 2016 no he vendido nada, ¿tengo que rellenar alguna casilla? o no hago nada y en otros ejercicios que tenga ganancias ya tendre que rellena para compensar.
        Tambien tengo venta de derechos en datos no incorporados, ¿supongo que estos datos no los tengo que incorporar?
        Muchas gracias de antemano.

        Comentario

        • gorrion1978
          Senior Member
          • dic
          • 1223

          #5
          Originalmente publicado por gorrion1978 Ver Mensaje
          ¿Qué casilla hay que modificar para una minusvalía por venta de acciones? ¿Y para la doble retención de dividendos extranjeros?

          Gracias.
          La casilla para la minusvalía en tras vender unas acciones es la 288 y la casilla para la doble imposición de dividendos extranjeros es la 533.
          "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

          Jiddu Krisnahmurti.

          Comentario

          • rulita
            Senior Member
            • mar
            • 955

            #6
            Hola Gil, en la guía que ha publicado la Agencia Tributaria se puede leer (cito literal):

            "No se consideran rendimientos del capital mobiliario:
            Los derivados de la
            entrega de acciones liberadas y de la venta de derechos de suscripción preferente (Arts.25.1. b y 37.1 a) y b) Ley IRPF)


            Entonces yo también entiendo que este año no tributan, y no voy a poner nada, aunque en los datos fiscales me aparecen los derechos sobrantes que me vendió el broker de acciones de Iberdrola y Telefónica que no llegaban a una acción.
            En todo caso, en el borrador de Hacienda los dividendos sí que aparecen. Tengo que mirar bien si incluyen los derechos o no (supongo que no).

            Gracias, gorrión, por lo de las casillas! justamente lo acababa de preguntar. ahora me pone
            "

            Indique si desea copiar en la declaración de su cónyuge los mismos datos que ha reflejado para usted respecto a estas acciones" pero si la vamos a hacer conjunta, yo no sé, qué pongo? voy a poner que no. Porque estamos casados en separación de bienes y de todas formas en la conjunta va a salir, digo yo...
            Editado por última vez por rulita; 05/04/2017, 13:34:21.
            mi cartera

            Comentario

            • joyote
              Member
              • abr
              • 87

              #7
              Originalmente publicado por gorrion1978 Ver Mensaje
              La casilla para la minusvalía en tras vender unas acciones es la 288 y la casilla para la doble imposición de dividendos extranjeros es la 533.
              pues yo he rellenado la 290 con valores comprados y vendidos en 2016 y en la portada aún me pone "pendiente". ¿le pasa a alguien más? seguro que algo estoy poniendo mal.

              una ayudita?
              Me interesa el futuro porque es el sitio donde voy a pasar el resto de mi vida
              una nueva aventura:mi futuro

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              • rulita
                Senior Member
                • mar
                • 955

                #8
                Pero lo has rellenado dándole al lápiz que sale junto a la 290, verdad? poniendo entidad emisora, y los valores globales de transmisión y de compra.. yo lo he hecho así y parece que está ok,
                He hecho el alta con dos compraventas realizadas en ING y ahora voy a hacer otra alta con las hecha en Degiro. De momento bien.

                Ah, las compras se computan con las comisiones incluidas y las ventas sin sumar las comisiones del broker, verdad? creo recordar que era así
                Y otra pregunta, respecto a la doble imposición (casilla 533) donde pone "rentas incluidas en la base del ahorro" e "impuesto satisfecho en el extranjero" , esto hay que sumarlo manualmente? es decir, en "rentas incluidas en la base del ahorro" qué se vuelven a poner el total de dividendos, o solo los de empresas extranjeras? y luego en los impuestos satisfechos en extranjero, vamos sumando de cada extracto del broker?? en el caso de Francia por ejemplo, no puedo poner el 30% verdad, solo puedo poner el 15%?? qué lío. Y el caso es que al año pasado ya hice algo de esto, pero pufff...
                Editado por última vez por rulita; 05/04/2017, 13:54:16.
                mi cartera

                Comentario

                • joyote
                  Member
                  • abr
                  • 87

                  #9
                  rulita ¿en las ventas sin las comisiones? yo he utilizado el certificado fiscal de ING y he puesto (usando el lápiz) la entidad emisora (BANCO SANTANDER) y los valores globales de transmisión y adquisición (según me sale en el certificado). todo ok, pero al ir al resumen, me sigue saliendo "pendiente" en lo de "ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmision de acciones o participaciones negociadas".
                  Editado por última vez por joyote; 05/04/2017, 14:19:58.
                  Me interesa el futuro porque es el sitio donde voy a pasar el resto de mi vida
                  una nueva aventura:mi futuro

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                  • rulita
                    Senior Member
                    • mar
                    • 955

                    #10
                    Pues recordaba que era así, por ejemplo: yo compré HCP en 2015 por un importe "x" más unas comisiones de compraventa y de canon de bolsa, eso va todo junto, "x" más las comisiones como importe de compra. Y luego vendo en 2016 las acciones, siendo el dinero por el que se vende "Y" pero aparte tengo que pagar también unas comisiones, estas comisiones no se incluyen (y ahora no sé si incluso se restan, creo que se restan, del valor de "y"). A ver si lo consulto, o si aparece por aquí alguien que me lo pueda confirmar o que me confirme que estoy equivocada.
                    En "Entidad emisora" yo he puesto "Renta 4 (broker ING)", el año pasado lo puse así y no hubo problema. El valor concreto (o valores concretos) que se compran o venden creo que no hay que detallarlos, solo el importe de compraventas. Por otra parte, no se me ocurre por qué te sigue poniendo pendiente si has rellenado los datos (incluso aunque fueran erróneos)...


                    Vale, edito para añadir otra duda: estoy con el extracto fiscal de ING donde viene todo muy bien, pero en el caso de Axa por ejemplo, si me retuvieron 130 euros, yo no puedo poner 130 en la casilla sino que tengo que poner la mitad de esa cantidad, que es la que reclamo (por el tope del 15%) e igualmente con los REITS, tengo que poner siempre la mitad de lo que me dice el extracto de ING, ¿es así?
                    Después tengo un caso raro, que es el de la acción australiana. Cobré dos dividendos, uno en dinero (y lo pongo o no lo pongo? porque no retienen en origen; y luego otro en especie, y aquí me pone los 16 euros sobrantes del scrip que no llegaban para una acción y que he pagado 40 euros en impuestos ¿? esto no lo entiendo). Esto en los datos fiscales.
                    En cambio en el extracto del broker de esta acción australiana (la tengo en BBVA) me pone ambos según su valor en efectivo, con sus correspondientes retenciones, entonces no sé qué poner, yo creo que lo que tiene Hacienda, ya que en realidad solo tendría que haber pagado ipuestos por valor de 16 euros, ya que lo demás era un pago en acciones, y así me devolverán el exceso de retención en este caso, que me hizo el broker. ¿Sería correcto este razonamiento? Creo que sería igual o parecido en el caso de empresas de UK, alguien sabe cómo se rellena esto??
                    Respecto a lo de "rendimiento neto reducido" qué hay que reducir de los dividendos extranjeros en bruto? restamos lo que se ha pagado en España, lo que se ha pagado en el extranjero, o ambas cosas? se deja fuera el exceso no recuperable?
                    gracias de antemano por vuestra ayuda y paciencia
                    Editado por última vez por rulita; 05/04/2017, 14:49:11.
                    mi cartera

                    Comentario

                    • gorrion1978
                      Senior Member
                      • dic
                      • 1223

                      #11
                      Lo que creo haber sacado en claro hasta ahora de la dichosa declaración:

                      Casilla 24: Dividendos y demás rendimientos por la participación en fondos propios de entidades, pulsas lapicero y aparecen tres cantidades:

                      Ingresos íntegros: suma de todos los dividendos brutos nacionales más los dividendos extranjeros después de restarles la retención en origen.

                      Retenciones: suma de todas las retenciones aplicadas por la hacienda española.

                      Gastos de administración y depósito: en el caso de mi bróker, gastos de custodia semestral más gastos por cobro de dividendo, (con el IVA incluido). Aquí yo tengo un problema, mi bróker, GVC Gaesco, le ha comunicado a Hacienda un importe de gastos menor al real.

                      Casilla 290: en mi caso minusvalía por unas acciones que vendí, en entidad emisora yo he puesto ACS, pero quizá se trate del bróker, no lo sé. También aquí hay una discrepancia entre la información que mi bróker ha proporcionado a hacienda y la información que tengo yo.

                      Casilla 533: "Por doble imposición internacional, por razón de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero". Rentas incluidas
                      en la base del ahorro: este importe me crea muchas dudas, pulso en el icono del lapicero y aparece lo siguiente: "Rendimientos netos reducidos del capital mobiliario obtenidos en el extranjero incluidos en la base del ahorro", según un forero de Rankia, que fue informado a su vez por Hacienda, aquí hay que poner los dividendos extranjeros después de restarles la retención en origen. "Impuesto satisfecho en el extranjero", retención en origen total.

                      En la casilla 533 he puesto los dividendos de Unilever y de BMW, en el primer caso la hacienda holandesa retiene en origen un 15% y en el segundo caso, la hacienda alemana retiene en origen un 26,38%. (Recuperar ese 11,38% de exceso de retención lo doy por imposible después de leer lo del "Tax Voucher", aunque si alguien sabe algo soy todo oídos).

                      Pero con el dividendo de Diageo parece como si no hubiera retención fiscal en origen y eso me hace pensar que hay algo que se me escapa, a lo mejor el importe bruto ya lleva descontado esa retención fiscal en origen, no lo sé.

                      Si alguien aclara mis numerosas dudas pues genial.

                      Saludos.
                      "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

                      Jiddu Krisnahmurti.

                      Comentario

                      • rulita
                        Senior Member
                        • mar
                        • 955

                        #12
                        Yo estoy repasando el "informe fiscal" de ING para la renta y efectivamente en las acciones extranjeras en "Importe bruto" viene el dividendo con la retención en origen quitada, con lo que yo me estaba ya mosqueando bastante; si es como dices, es que el "importe bruto"

                        En acciones nacionales, el rendimiento neto reducido son los dividendos menos los gastos fiscalmente deducibles (que son, exclusivamente, administración y custodia), esto estoy casi segura porque lo he leído en la guía fiscal. Pero en el caso de las acciones extranjeras, tengo un lío monumental. Ahora con lo que dices, pienso que pueda ser el bruto menos la retención fiscal en origen (lo que ING llama "bruto", aunque yo no lo entiendo así, está lioso en su extracto) y luego en el importe doblemente retenido ponemos lo que nos tienen que devolver (en el caso de acciones inglesas o australianas, pondríamos cero, pero sí se sumarían en lo del total de dividendos extranjeros percibidos, dentro de la misma casilla). ¿Sería así, creéis?

                        Edito: Gorrión, las acciones británicas no tienen retención en origen; a mí en el extracto fiscal del broker me aparece GSK con retención cero. En importe bruto pues será el importe bruto real, yo lo pondré así me parece.

                        Edito también para avisar de que en ING los valores extranjeros no ponen el bruto real, sino el bruto menos la retención en origen, que a lo mejor es el bruto fiscal ¿??¿ no sé, es que me he dado cuenta al repasar Axa y Nestlé y al irme a la hoja de cobro de dividendos no me coincide. Creo que voy a llamar por teléfono a ver si ellos me lo aclaran..
                        Editado por última vez por rulita; 05/04/2017, 16:58:13.
                        mi cartera

                        Comentario

                        • PaX
                          Senior Member
                          • abr
                          • 1135

                          #13
                          Yo tambien me uno a la duda planteada por gorrion1978 sobre la casilla 533, pongo textualmente lo que pone hacienda en la web
                          Impuesto satisfecho en el extranjero (*)
                          (*) Si existe convenio de doble imposición con el país en el que se obtienen los rendimientos, el impuesto satisfecho en el extranjero reflejado no puede exceder del importe máximo deducible previsto en dicho convenio.

                          Y tambien preguntar si en la casilla 308, es el lugar donde poner los derivados (futuros, opciones, cfds...) y si se pueden poner de forma englobada sin tener que poner una a una cada operacion.
                          Mi proyecto Comienza mi andadura...

                          Comentario

                          • rulita
                            Senior Member
                            • mar
                            • 955

                            #14
                            En la casilla 533 tienes que poner lo que reclamas a Hacienda, es decir, el 15% del bruto original retenido en origen, como máximo. En el caso de Holanda o Estados Unidos no hay problema; en el caso de Francia, Alemania, Suiza... hay que hacer la cuenta (yo lo he hecho mediante una regla de tres, ejem...) del 15% del bruto y el resto, como dice Gorrión, hay que reclamarlo a la hacienda del país en cuestión que ya cada país tiene su manera... (de Alemania ni idea, no tengo acciones alemanas) y no se puede poner en la declaración. Después también cuidado con los REITS que en verano cambiaron la tributación y a partir de entonces nos retienen el 30% aunque sean origen USA. Yo lo he comprobado uno a uno, y los que tenían un 30% en origen, lo he dividido en dos, y junto con los excesos de acciones francesas y suizas, lo he restado al total de retención en origen que me venía en el extracto del broker. Imagino que así ya estará bien.
                            Lo que tengo una duda con un dividendo anecdótico de tres euros que cobré en Degiro, de un ETF internacional y no me retuvieron en origen. Como en la casilla 533 pone "de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero" y no me retuvieron nada, no lo he puesto. Sin embargo en el cómputo total de dividendos de la casilla 24 sí lo he sumado, porque Degiro no pasa la info a Hacienda y no me venía en el borrador. ¿Es correcto esto?

                            PaX, a ver si alguien te puede ayudar con lo de las opciones
                            mi cartera

                            Comentario

                            • pluto
                              Member
                              • feb
                              • 40

                              #15
                              Hola, os planteo alguna duda. En el informe fiscal de ING me aparecen los siguientes conceptos, respecto de los dividendos cobrados de empresas extranjeras: importe bruto, retención en origen y retención en destino. Sin embargo en la información de DE GIRO me aparece: dividendo bruto, retenciones a cuenta y dividendo neto. ¿sabéis cómo puedo solicitar el exceso de retención en origen, en este último caso?, gracias

                              Comentario

                              • PaX
                                Senior Member
                                • abr
                                • 1135

                                #16
                                Originalmente publicado por rulita Ver Mensaje
                                En la casilla 533 tienes que poner lo que reclamas a Hacienda, es decir, el 15% del bruto original retenido en origen, como máximo. En el caso de Holanda o Estados Unidos no hay problema; en el caso de Francia, Alemania, Suiza... hay que hacer la cuenta (yo lo he hecho mediante una regla de tres, ejem...) del 15% del bruto y el resto, como dice Gorrión, hay que reclamarlo a la hacienda del país en cuestión que ya cada país tiene su manera... (de Alemania ni idea, no tengo acciones alemanas) y no se puede poner en la declaración. Después también cuidado con los REITS que en verano cambiaron la tributación y a partir de entonces nos retienen el 30% aunque sean origen USA. Yo lo he comprobado uno a uno, y los que tenían un 30% en origen, lo he dividido en dos, y junto con los excesos de acciones francesas y suizas, lo he restado al total de retención en origen que me venía en el extracto del broker. Imagino que así ya estará bien.
                                Lo que tengo una duda con un dividendo anecdótico de tres euros que cobré en Degiro, de un ETF internacional y no me retuvieron en origen. Como en la casilla 533 pone "de las rentas obtenidas y gravadas en el extranjero" y no me retuvieron nada, no lo he puesto. Sin embargo en el cómputo total de dividendos de la casilla 24 sí lo he sumado, porque Degiro no pasa la info a Hacienda y no me venía en el borrador. ¿Es correcto esto?

                                PaX, a ver si alguien te puede ayudar con lo de las opciones
                                Muchisimas gracias por tu explicacion Rulita, a ver si lo he entendido correctamente:
                                En 2016 cobre un dividendo de USA me retuvieron un total de 28.93€ (35%) del importe bruto que fueron 82.66€. Entiendo que el 15% de lo que me retuvieron lo puedo poner en la casilla 533, pero aun seguiria quedando un 20% de retencion que supongo que el 19% corresponde al lo que se tributa habitualmente en España (que lo tendre que poner en la casilla 024 con los dividendos nacionales) y el 1% restante se pierde.
                                Uff que lio por 2 duros... jaja
                                Editado por última vez por PaX; 05/04/2017, 18:39:36.
                                Mi proyecto Comienza mi andadura...

                                Comentario

                                • Master Of Disaster
                                  Senior Member
                                  • dic
                                  • 1397

                                  #17
                                  Originalmente publicado por PaX Ver Mensaje
                                  Entiendo que el 15% de lo que me retuvieron lo puedo poner en la casilla 533
                                  El 15 % de lo que te retuvieron, no; tienes que poner el 15 % del dividendo bruto.

                                  Comentario

                                  • Semox
                                    Member
                                    • jun
                                    • 186

                                    #18
                                    Una consulta, si durante el año se hicieron X movimientos de diferentes valores hay que ponerlos 1 a 1 todos ?
                                    Como lo hacen los que hacen day trading/swing ? Porque debe ser una locura tener que meter 1 a 1 todas las operaciones del año.

                                    Comentario

                                    • rulita
                                      Senior Member
                                      • mar
                                      • 955

                                      #19
                                      PaX, es como dice Master of Disaster, el 15% del bruto original.

                                      Semox, creo que se pueden sumar todas las compras por un lado y todas las ventas por otro. Yo el año pasado tuve que declarar bastantes y de hecho había un límite y ya no me dejaba seguir añadiendo movimientos; creo que por el foro lo leí que se podía hacer así, en global, y así lo hice y no tuve ningún problema, aunque si alguien puede confirmarlo mejor, claro.

                                      Por cierto, del año pasado que tuve pérdidas por compraventa de acciones con minusvalía me quedó un "remanente" que se supone que podía compensar en este año. No he tenido ganancias patrimoniales, pero sse puede poner esto en las casillas 339 y 340?
                                      Editado por última vez por rulita; 05/04/2017, 20:10:13.
                                      mi cartera

                                      Comentario

                                      • bolson_72
                                        Member
                                        • feb
                                        • 251

                                        #20
                                        Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                        Hola,

                                        El año pasado comencé en bolsa, así que tengo bastantes dudas sobre como hacer la declaración de la renta. A ver si alguien pudiera aportarme un poco de luz.

                                        - En el apartado "G2 Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas en la transmisión de elementos patrimoniales" (compra-venta de acciones y derechos) he visto que algunos importes difieren algunos escasos céntimos con respecto a los que tenía anotados. ¿Es esto normal? ¿Debo hacer algo para corregirlo o no es preocupante? En principio, no veo ningún sitio de la declaración de la renta donde aparezca recogida esta información, aunque supuestamente le debe haber llegado a Hacienda en el informe fiscal que le ha enviado ING, ¿no?

                                        - En el apartado de acciones extranjeras, ¿el importe bruto es el que informa fiscalmente ING (importe bruto - retenciones en origen)? Entiendo que no, que sería sin restar las retenciones en origen.

                                        - Al solicitar la devolución de la doble imposición, ¿debe detallarse uno a uno los dividendos cobrados en las empresas extranjeras o puede presentarse la suma del 15% sobre el importe bruto de todas ellas? Tengo acciones USA y alemanas. No sé si hay algún caso que restrinja este máximo (15%). Por ejemplo, si tuviera acciones UK (que parece ser no tienen retención en origen o es baja) no podría unificarlas en una sóla suma con las alemanas, ¿no?

                                        - Tengo una pequeña minusvalía de una venta de acciones. Creo que pueden compensarse con los dividendos retenidos en destino (España). ¿Que casillas habría que tocar para esto si es que no fuera algo automático?

                                        Saludos.
                                        Editado por última vez por bolson_72; 05/04/2017, 22:00:45.

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