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Buah, me he vuelto a liar. Si hay FIFOS independientes la regla de los 2 meses solo aplica dentro del mismo FIFO? O afecta si en la la venta la hace en su cuenta individual y la recompra (menos de 2 meses después) se realiza en la cuenta común? Hablo del caso de positron
Creo que ya lo explico Gregorio, la regla de los 2 meses solo afecta en el mismo fifo, eso es lo que yo entendí.
En alguna respuesta posterior y aquí surge mi confusión:
Originalmente publicado por InvertirenbolsaVer Mensaje
Hola,
saysmus y Gil, es que depende del caso:
1) Matrimonio en gananciales: El FIFO es único. Todo es de los 2, y hay un único FIFO. Aquí da igual que las cuentas estén a nombre del marido, la mujer, o los 2. Todo forma un único FIFO, que pertenece a los 2.
2) Hermanos, padres e hijos, etc. Aquí los FIFOs son diferentes. Uno para todas las cuentas de Gil (por seguir el ejemplo), y otro para todas las cuentas de Gil y su hermano.
Pero en el caso 2 hay que respetar la regla de los 2 meses con todas las cuentas (las de Gil solo, y las de Gil y su hermano).
O sea:
a) Una cosa es cómo se calculan las ganancias y pérdidas, que se hace como he explicado en los puntos 1 y 2
b) Y otra cosa es la regla de los 2 meses. Esta sí hay que respetarla con todas las cuentas (a nombre sólo de Gil, y también de Gil y su hermano).
Por ejemplo, Gil vende unas acciones en las cuentas que está el solo perdiendo dinero, y esa pérdida se calcula según el FIFO de las cuentas en las que está el solo. Pero para poder compensar esa pérdida no pueden comprar esas mismas acciones sin respetar la regla de los 2 meses.
Todo esto que os cuento es lo que me han dicho de siempre en el teléfono de Hacienda. La ley no dice las cosas así de claras, y si hay alguna consulta vinculante por algún sitio, yo no la he visto.
Saludos.
Learn from the mistakes of others. You can’t live long enough to make them all yourself [Martin Vanbee]
Es un poco lío, y en este hilo no lo dejé claro del todo.
En casos así los FIFOs son independientes.
Pero hay que respetar la regla de los 2 meses (entre todos los FIFOS) haya 1 FIFO, o varios.
Por ejemplo, si positron vende unas acciones a nombre de los 2 compradas a 10 euros, no está vendiendo las compradas en su cuenta (con fecha de compra anterior) a 5 euros. Con esto se declara una ganancia menor que si el FIFO fuera único, y estuviera vendiendo las acciones compradas a 5 euros en la cuenta en la que está el solo.
Pero si vende perdiendo en la cuenta a nombre de los 2, para poder compensar esa pérdida no puede comprar tampoco en la cuenta sólo a su nombre hasta que pasen 2 meses.
Saludos.
Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:
Hola, se entiende entonces que puedes hacer y deshacer todas las operaciones que quieras sin tener en cuenta los dos meses siempre y cuando vendas todo antes de la finalización del año y esperes 2 meses a comprar de nuevo (ya en el año siguiente)?
(Y de esta forma puedes compensar todas las minusvalías...)
Gracias!
Originalmente publicado por InvertirenbolsaVer Mensaje
Hola,
Bienvenido al foro, Romariejo.
2017:
Con el Banco de Grecia sólo tienes una operación, y lógicamente cumples la regla de los 2 meses.
Con el Santander te has complicado la vida. Tienes que pagar por todas las ganancias.
La pérdida de 161,42 del 7-11-2017 no la puedes compensar totalmente, porque el 14-11-2017 compras 4.500 acciones. Así que con esta compra bloqueas la pérdida correspondiente a estas 4.500 está bloqueada, hasta que vendas estas 4.500 acciones cumpliendo la regla de los 2 meses.
Si con 5.250 acciones pierdes 161,42, entonces con 4.500 pierdes 138,36. Estos 138,36 es la pérdida bloqueada.
La forma más fácil de que compenses en 2018 todas las pérdidas es que vendas todo en 2018, y dejes pasar 2 meses sin comprar acciones de esas empresas.
Cuéntame un poco tu forma de operar, y vemos la mejor forma de evitar esto. En principio, si haces trading y todas estas operaciones las haces con futuros, podrás compensar todas las pérdidas que tengas sin preocuparte de la regla de los 2 meses.
Tú haces 1.000 compras y ventas de acciones del BBVA en 2019. Si la última venta la haces el 31-12-2019 un segundo antes de que cierre la sesión (y no compras acciones del BBVA en los 2 primeros meses de 2020), te puedes compensar todas las pérdidas que hayas tenido en esas 1.000 operaciones.
Pero si esa última venta la hicieras el 2 de enero de 2020, entonces ya habría que mirar operación a operación, a ver qué ha quedado bloqueado en 2019.
Saludos.
Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:
Buenos días, he vuelto a liarme con la aplicación de esta liosa regla:
Tengo 1500 acciones de TEF compradas en 2016.
Cuatro años más tarde compro 350 acciones más el 27/02/2020.
PREGUNTA: ¿Puedo al día siguiente (28/02/2020) vender 350 acciones de TEF (compradas en 2016) con minusvalías, para compensar parte de las plusvalias obtenidas con la venta de BME?
¿O debo esperar 2 meses para realizar la venta de las 350 acciones de TEL y que me sirvan para compensar esas plusvalías?
Un saludo a todos y gracias a quien me aclare la duda.
Originalmente publicado por LuciobarbusVer Mensaje
Buenos días, he vuelto a liarme con la aplicación de esta liosa regla:
Tengo 1500 acciones de TEF compradas en 2016.
Cuatro años más tarde compro 350 acciones más el 27/02/2020.
PREGUNTA: ¿Puedo al día siguiente (28/02/2020) vender 350 acciones de TEF (compradas en 2016) con minusvalías, para compensar parte de las plusvalias obtenidas con la venta de BME?
¿O debo esperar 2 meses para realizar la venta de las 350 acciones de TEL y que me sirvan para compensar esas plusvalías?
Un saludo a todos y gracias a quien me aclare la duda.
Tienes que esperar. Hasta el 28 de abril no puedes vender si quieres compensar las pérdidas.
Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1) Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)
Muchas gracias Ceroceroseix, tendré que reducir posiciones de otra empresa en la que no tenga prevista hacer operaciones.
Y ya aprovecho para aclarar otra duda:
Y si en lugar de comprar las 350 acciones de TEF las hubiese vendido primero.
¿Podría comprarlas despues y compensar las plusvalías obtenidas con la venta de BME?
Originalmente publicado por LuciobarbusVer Mensaje
Muchas gracias Ceroceroseix, tendré que reducir posiciones de otra empresa en la que no tenga prevista hacer operaciones.
Y ya aprovecho para aclarar otra duda:
Y si en lugar de comprar las 350 acciones de TEF las hubiese vendido primero.
¿Podría comprarlas despues y compensar las plusvalías obtenidas con la venta de BME?
Gracias de nuevo
Tampoco. No puedes compensar perdidas de acciones si has hecho las operaciones 2 meses antes o después.
Te hubiera dado igual, como te dice rocky. Como regla general, alrededor de una venta con pérdidas hay que dejar 2 meses sin compras para poder tener las minusvalía libres y poderlas compensar, es decir, ni 2 meses antes ni 2 meses después. Haciendo un símil matemático, es como si trazases círculo de 2 meses de radio con centro en el día de la venta. Toda compra hecha en ese lapso de 4 meses se considera fiscalmente recompra de las acciones vendidas, salvo que hubiera más ventas con pérdidas que puedan caer también en ese intervalo de 4 meses. Ahí ya habría que ver el caso concreto y si algo queda libre.
De todas formas, tienes margen para seguir vendiendo con pérdidas tus acciones de TEF a finales de abril. Tal como se ha puesto la cosa, no creo que vaya a recuperar 2 € en 2 meses.
Editado por última vez por Ceroceroseix; 28/02/2020, 23:41:31.
Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1) Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)
Hola a todos
Me acaba de pasar un amigo sus operaciones con BME, y me comenta que hizo operaciones en dos brokers (renta4 e ing) y no se acordó de la regla de los dos meses y ahora no sabe si puede imputarse las pérdidas que tuvo en Renta4.
La verdad es que yo me estoy liando, porque con dos brokers me lio y por eso os paso la captura a ver si nos podeis echar una mano:
Ignora que tiene 2 brokers porque eso para hacienda es irrelevante.
Yo lo resumiría en.
Tengo 100 acciones de BME de hace tiempo.
Compro 31 más el 7 de julio.
Un mes después vendo 100 acciones (las 100 primeras según el principio First Input First Output -FIFO)
¿He incumplido la regla de los dos meses?
No sé la respuesta, pero así está más sintetizado e igual te sirva para descubrirlo por ti mismo. Intuitivamente diría que no, pero mejor que conteste alguien que lo tenga claro.
Originalmente publicado por InvertirenbolsaVer Mensaje
Hola Master,
Si fueran acciones de EEUU, entonces sería 1 año en lugar de 2 meses, sí.
Ayer se me olvidó comentar una cosa, y es que de cara al futuro procuraría evitar hacer este tipo de series largas de compras y de ventas incumpliendo la regla de los 2 meses, porque creo que Hacienda no se ha dado cuenta del agujero que se ha creado a sí mismo con esas respuestas vinculantes, y en cuanto se dé cuenta, creo que eso lo va a anular. Me explico.
Originalmente, con la regla de los 2 meses quedaban bloqueadas todas las ventas con pérdidas que hubiera entre medias.
Esto valía para los casos más habituales, pero creaba algunas situaciones un tanto injustas.
Imaginad el caso de un trader que tiene una cuenta con 10.000 euros. Hace muchas compras y ventas a lo largo del año, y en conjunto gana (o pierde, para este ejemplo da lo mismo) 1.000 euros. Pero todas las operaciones con ganancias sumaban 50.000 euros, y y todas las operaciones con pérdidas sumaban 49.000 euros.
Así que tenía que pagar el 19% de 50.000 euros, que son 9.500 euros, y eso es bastante injusto, por mucho que haya incumplido la regla de los 2 meses.
Para evitar estos casos salieron esas respuestas vinculantes, en las que se dice que no se bloquean todas las operaciones con pérdidas, sino sólo la última (siguiendo el FIFO). De esa forma, el trader del ejemplo no se podía compensar los 49.000 euros de pérdidas, pero a lo mejor sí 48.000. Y así le quedaba una plusvalía de 2.000 euros, que es más que los 1.000 reales (si no existiera la regla de los 2 meses), pero menos que los 49.000 que suponía la forma original de aplicarla.
Con esto quedan resueltos estos casos, pero el problema (para Hacienda) es que en la práctica estas respuestas vinculantes suponen prácticamente la supresión de la regla de los 2 meses, porque es muy fácil dejar como bloqueada una pérdida mínima.
Un ejemplo.
Compramos 1.000 acciones a 10 euros.
Cuando caen a 5 euros, no interesa tener esta pérdida para compensar otras ganancias, pero seguir teniendo las acciones.
Vendemos las acciones a 5 euros, con lo que perdemos 5.000
Inmediatamente recompramos las acciones a 5 euros, con lo que queda bloqueada esa pérdida de 5.000 euros, y no la podemos compensar.
Pero, aprovechando los agujeros que dejan esas respuestas vinculantes, ahora hacemos esto.
Vendemos otra vez las acciones a 5 euros, y las recompramos inmediatamente (según veamos que está la venta ejecutada, damos otra orden de compra). Como se tienen en cuenta las comisiones, compremos a 4,99, 5,00, 5,02, etc, es muy fácil tener una pérdida mínima, como de 5-10 euros. Y si ganamos esos 5-10 euros, nos los quedamos, y volvemos a hacer otra venta y recompra inmediata, hasta que perdamos aunque sea 1 céntimo.
Según esas respuestas vinculantes, con esta segunda venta y recompra hemos desbloqueado la pérdida de 5.000 euros, que es la que nos interesa compensar, y dejamos bloqueada la segunda pérdida de 5-10 euros, que es casi 0, y no tiene ninguna importancia.
Yo creo que Hacienda no se ha dado cuenta de lo fácil que es saltarse la regla de los 2 meses cuando se quiera, como habéis visto en este ejemplo, con la publicación de esas respuestas vinculantes.
Pienso que en cuanto Hacienda vea este "agujero", que en la práctica es suprimir la regla de los 2 meses (que no es la intención de Hacienda, al menos a día de hoy), lo tapará de alguna forma, cambiando la ley, o como sea.
Por eso os digo que con lo que hayáis hecho hasta ahora, usad la forma de ver la regla de los 2 meses que más os interese.
Pero de cara al futuro, tened en cuenta que esta segunda forma de las respuestas vinculantes lo lógico es que desaparezca en cualquier momento, de un día para otro, y si habéis contado con ella, os podéis ver en un caso como el que os decía, con 50.000 euros de ganancias y 49.000 de pérdidas, teniendo que pagar por los 50.000, y sin poder compensar nada de los 49.000.
Saludos.
¿Este truco sigue funcionando?
Es decir. Si para rebajar mi precio medio de compra, tras una primera mala entrada en un valor, lo vendo todo, y lo vuelvo a comprar a precios más bajos, repitiendo la operación las veces que quiera, como se explica en el ejemplo, ¿entonces puedo ya desgravarme la perdida de esa primera mala compra, aunque no hayan pasado los dos meses?, A pesar de quedarme con acciones en cartera, claro.
Al final me dijo que ya lo había solucionado y que las iba a declarar. Yo no le pude ayudar porque no me aclaro mucho con tanta venta y compra pero como tu dices lo resumes bastante bien.
Muchas gracias por tu respuesta
Al final de todas las operaciones, plusvalias de 14,98€, me quedo con 40 acciones a 19,29 (de la compra del 12/07/19 por 60 accs).
Los paquetes de acciones de 31/10/17 y 12/01/2018, ambas con minusvalias de (-115,42) y (-73,10).
Pregunta: Puedo comprar antes del 3 de Agosto( 2 meses), acciones de esta misma compañia y poder compensar las perdidas que aparecen en las compras del 31/10/17(-115,42) y del 12/01/2018(-73,10), ya que la Venta de todo se hizo el 03 de Junio por el total de las acciones(253 accs), con beneficios.
Muchas Gracias y buen fin de semana.
Editado por última vez por alonsomogan; 07/06/2020, 19:08:17.
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