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Declaracion renta 2017

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  • Master Of Disaster
    Senior Member
    • dic
    • 1397

    #61
    Originalmente publicado por j2013 Ver Mensaje
    Si usamos la casilla 553 para añadir los divis de las acciones extranjeras para recuperar la doble retencion, ¿se deben quitar los divis extranjeros que aparecen en la casilla 27?
    No. En la casilla 27 deben ir todos los dividendos. En el caso de las acciones sujetas a doble retención deben estar incluidos en la casilla 27 los dividendos que llegan a España (dividendo bruto que paga la empresa menos la retención en origen).

    Luego, en la casilla para recuperar la doble retención, pones los dividendos brutos y la retención en origen que puedes recuperar según el convenio con cada país para evitar la doble retención. Por ejemplo, si en Francia te han retenido en origen el 30 %, pero el convenio con España establece que sólo pueden retenernos el 15 %, entonces tienes que poner sólo la mitad de lo que te hayan retenido.

    Comentario

    • calbot
      Senior Member
      • abr
      • 893

      #62
      Originalmente publicado por Master Of Disaster Ver Mensaje
      No. En la casilla 27 deben ir todos los dividendos. En el caso de las acciones sujetas a doble retención deben estar incluidos en la casilla 27 los dividendos que llegan a España (dividendo bruto que paga la empresa menos la retención en origen).

      Luego, en la casilla para recuperar la doble retención, pones los dividendos brutos y la retención en origen que puedes recuperar según el convenio con cada país para evitar la doble retención. Por ejemplo, si en Francia te han retenido en origen el 30 %, pero el convenio con España establece que sólo pueden retenernos el 15 %, entonces tienes que poner sólo la mitad de lo que te hayan retenido.
      En la 27 hay que poner el bruto en origen (el que declara la compañía) y las retenciones practicadas en España. Luego en la 553 se introducen las retenciones en origen (con la limitación del convenio que indica Master of Disaster) y el programa hace los cálculos necesarios.

      Saludos.

      Comentario

      • AceitunaNegra
        Senior Member
        • oct
        • 581

        #63
        Originalmente publicado por Master Of Disaster Ver Mensaje
        No. En la casilla 27 deben ir todos los dividendos. En el caso de las acciones sujetas a doble retención deben estar incluidos en la casilla 27 los dividendos que llegan a España (dividendo bruto que paga la empresa menos la retención en origen).

        Luego, en la casilla para recuperar la doble retención, pones los dividendos brutos y la retención en origen que puedes recuperar según el convenio con cada país para evitar la doble retención. Por ejemplo, si en Francia te han retenido en origen el 30 %, pero el convenio con España establece que sólo pueden retenernos el 15 %, entonces tienes que poner sólo la mitad de lo que te hayan retenido.
        Hola Master,

        Este comentario que haces me abre una nueva duda. Aquí había leído, y por eso lo he metido así, que hay que meter el bruto en origen de las empresas extranjeras, no el importe que llega a España después de la retención en origen. Ahora no se cual es la buena, pero si es el bruto en origen antes de retenciones, ING facilita mal los datos y hay q corregir.

        Fuente:



        Copio la parte aludida:

        Se incluye el valor total del dividendo bruto obtenido es decir 5.000€ (total bruto en origen).
        1. En los dividendos cobrados en el extranjero, cogemos el bruto en origen (“Ingresos íntegros”), no lo que llega a España tras la retención en origen. Para hacerlo bien hay que tener cuidado con comprobar esto en los datos de nuestro bróker (ING por ejemplo, en los extranjeros, indica como “Importe bruto” el neto que llega a España tras la retención en origen).

        Saludos

        Comentario

        • Master Of Disaster
          Senior Member
          • dic
          • 1397

          #64
          Seguramente tenéis vosotros razón. Mis disculpas.

          Comentario

          • niord
            Member
            • ago
            • 374

            #65
            Originalmente publicado por j2013 Ver Mensaje
            Buenas, primera vez que tengo que añadir dividendos de acciones extranjeras y me surge una duda.
            En la casilla 27, me aparecen todos los divis cobrados de acciones españolas y extranjeras.
            Si usamos la casilla 553 para añadir los divis de las acciones extranjeras para recuperar la doble retencion, ¿se deben quitar los divis extranjeros que aparecen en la casilla 27?

            Gracias
            Hola j2013.

            No debes quitar los dividendos extranjeros cobrados de la casilla 27.

            En la casilla 553 debes incluir el importe bruto total de los dividendos que te han pagado tus empresas extranjeras, excluyendo de ese total las empresas inglesas que no retienen nada en origen; y también incluir el importe total de las retenciones soportadas en el extranjero hasta un máximo del 15% que es lo que marca la doble imposición. Si no me he explicado bien tienes un artículo muy extenso sobre el tema con ilustraciones incluidas en Cazadividendos - Declaración de renta 2017

            Comentario

            • pollu8
              Senior Member
              • may
              • 609

              #66
              Haber quien me echa un cable estoy comprobando mis datos fiscales en la aeat y no coinciden los totales con los DF que me da ing.
              En aeat donde pone rendimientos explicitos de capital mobiliario, base imponible del ahorro el total es 725,30 retenciones 138,22 y en los DF que me facilita ing 1.316,87 retenciones 228,95 y ademas en los DF de ing me aperece un dividendo internacional de BMW que no aparece en mis DF de la aeat , que debo hacer?
              Editado por última vez por pollu8; 09/04/2018, 20:22:53.
              ⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤⏤
              "Alguien se sienta hoy en la sombra de un Arbol que planto hace mucho tiempo"

              "Solo cuando baja la marea se sabe quien nadaba desnudo"


              Warren Buffett

              "El destino de un inversor lo marca su estomago , NO su Cerebro"

              Peter Lynch

              Comentario

              • AceitunaNegra
                Senior Member
                • oct
                • 581

                #67
                Sabeis en que casilla aparece lo que se ha podido compensar entre perdidas y ganacias??
                Es que no me cuadra nada, tengo de perdidas algo más de 300€ y por reteción de 19% en el cobro de los dividendos similar, entonces me cuadra que al haber metido las perdidas tendría que haber subido unos 300€ a mi favor la renta, pero no es así ni mucho menos, ha subido muy poco 40€-60€.

                En la casilla 320, veo lo que he perdido en venta de acciones y después, no tengo ninguna venta con ganancias, no me cuadra...

                Saludos

                Comentario

                • dienek
                  Senior Member
                  • dic
                  • 507

                  #68
                  Originalmente publicado por AceitunaNegra Ver Mensaje
                  Sabeis en que casilla aparece lo que se ha podido compensar entre perdidas y ganacias??
                  Es que no me cuadra nada, tengo de perdidas algo más de 300€ y por reteción de 19% en el cobro de los dividendos similar, entonces me cuadra que al haber metido las perdidas tendría que haber subido unos 300€ a mi favor la renta, pero no es así ni mucho menos, ha subido muy poco 40€-60€.

                  En la casilla 320, veo lo que he perdido en venta de acciones y después, no tengo ninguna venta con ganancias, no me cuadra...

                  Saludos
                  Si no te he entendido mal, es normal. Las pérdidas por venta de acciones no compensan lo retenido en cobro de dividendos.

                  Comentario

                  • AceitunaNegra
                    Senior Member
                    • oct
                    • 581

                    #69
                    Originalmente publicado por dienek Ver Mensaje
                    Si no te he entendido mal, es normal. Las pérdidas por venta de acciones no compensan lo retenido en cobro de dividendos.
                    Hola,

                    Fíjate en este hilo, aquí indican que si se puede recuperar de los dividendos con las perdidas de compra/venta de acciones:

                    Hola, Quisiera saber si las perdidas en capital mobiliario se pueden deducir de dividendos recibidos ? Por ejemplo, tengo un portafolio de acciones y fondos


                    Lo que empiezo a dudar es que solo se pueda en el caso de que no se llegue al el "el mínimo personal y familiar" de 5500€. Es decir a alguien que no tenga trabajo

                    Comentario

                    • saysmus
                      Senior Member
                      • oct
                      • 2502

                      #70
                      Buenas gente,

                      Tengo una duda con el tema de la doble imposición de los dividendos. Tengo muy claro dónde va cada cosa pero tengo una duda...Si tienes todas las extranjeras en Interactive Brokers...no puedes poner nada en doble retención...verdad?

                      Solo se podría poner en doble retención internacional si se tiene ING, Self Bank u otro broker que deposite los valores en España y por tanto te retenga de origen y destino, pero al no retenerte nada en destino IB, no puedes pedir la devolución de la doble retención (porque no ha habido).

                      Del mismo modo no se podrían poner las retenciones en destino en la casilla 027, porque, efectivamente, no ha habido retenciones en destino.

                      Estoy en lo cierto?

                      Gracias!
                      Editado por última vez por saysmus; 10/04/2018, 11:33:35.
                      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

                      Blog: Invirtiendo Poco a Poco
                      Twitter: @invirtiendopap

                      Comentario

                      • saysmus
                        Senior Member
                        • oct
                        • 2502

                        #71
                        Originalmente publicado por saysmus Ver Mensaje
                        Buenas gente,

                        Tengo una duda con el tema de la doble imposición de los dividendos. Tengo muy claro dónde va cada cosa pero tengo una duda...Si tienes todas las extranjeras en Interactive Brokers...no puedes poner nada en doble retención...verdad?

                        Solo se podría poner en doble retención internacional si se tiene ING, Self Bank u otro broker que deposite los valores en España y por tanto te retenga de origen y destino, pero al no retenerte nada en destino IB, no puedes pedir la devolución de la doble retención (porque no ha habido).

                        Del mismo modo no se podrían poner las retenciones en destino en la casilla 027, porque, efectivamente, no ha habido retenciones en destino.

                        Estoy en lo cierto?

                        Gracias!
                        Me autorrespondo a la primera pregunta: Sí hay que meter los datos en la casilla 533 porque te pide lo que has cobrado y pagado de impuestos en el extranjero. Es más, hay que ponerlo porque si no el programa te calculará y te cobrará el 19% en lugar del 4%(si hablamos de una empresa USA), por tanto sí estarías pagando de más.

                        El segundo punto, creo que sí es correcto, pero no estoy al 100% seguro.
                        Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

                        Blog: Invirtiendo Poco a Poco
                        Twitter: @invirtiendopap

                        Comentario

                        • Nao
                          Member
                          • oct
                          • 33

                          #72
                          Buenas gente,

                          Soy bastante nueva por aquí y me surgen algunas dudas en las que espero que me podáis ayudar. ¿Vosotros como lleváis las cuentas de las acciones que compráis y vendéis?

                          Ahora mismo sólo he realizado un par de compras y he usado la herramienta de este mismo foro (Tu patrimonio) pero como de cara al futuro pienso comprar y vender a medio plazo e incluso operar con opciones y futuros ¿Debería llevar un excell con todas estas transacciones de cara a realizar la declaración de 2018 (año próximo)? ¿Cómo lo hacéis vosotros? Se aceptan todo tipo de consejos al respecto.

                          Mil Gracias.

                          Comentario

                          • dividendo
                            Junior Member
                            • sep
                            • 26

                            #73
                            Hola,

                            También soy nuevo en la declaración de la renta con acciones y me surge alguna duda que no he visto en ninguna web, es básicamente referente a los scrip dividend.

                            Primero que nada, opero con ING, y lo raro es que en la web de hacienda en Datos Fiscales aparecen las tres ventas que he realizado pero luego en la declaración me dice que tengo datos trasladados que tengo que validar y no aparece nada. ¿Sabéis a qué se puede deber esto y si hay forma de solucionarlo?

                            Por otra parte, en esas ventas, se amplió en su día el número de acciones por el scrip dividend, concretamente en las de REPSOL, ¿cómo se contabiliza esto de cara a dicha venta?

                            Por ejemplo si compré 400 acciones de REPSOL y terminé con 425 por los scrip dividend, ¿cómo contabilizo las pérdidas o plusvalías de las acciones correspondientes a esas 25 generadas por los scrip (mas los redondeos por compra de derechos)?

                            Muchísimas gracias.

                            Comentario

                            • AceitunaNegra
                              Senior Member
                              • oct
                              • 581

                              #74
                              Originalmente publicado por dividendo Ver Mensaje
                              Hola,

                              También soy nuevo en la declaración de la renta con acciones y me surge alguna duda que no he visto en ninguna web, es básicamente referente a los scrip dividend.

                              Primero que nada, opero con ING, y lo raro es que en la web de hacienda en Datos Fiscales aparecen las tres ventas que he realizado pero luego en la declaración me dice que tengo datos trasladados que tengo que validar y no aparece nada. ¿Sabéis a qué se puede deber esto y si hay forma de solucionarlo?

                              Por otra parte, en esas ventas, se amplió en su día el número de acciones por el scrip dividend, concretamente en las de REPSOL, ¿cómo se contabiliza esto de cara a dicha venta?

                              Por ejemplo si compré 400 acciones de REPSOL y terminé con 425 por los scrip dividend, ¿cómo contabilizo las pérdidas o plusvalías de las acciones correspondientes a esas 25 generadas por los scrip (mas los redondeos por compra de derechos)?

                              Muchísimas gracias.
                              Me sumo a tu duda, estoy exactamente en la misma situación. Por un lado creo poder aclarar que hacienda te pide confirmar esos datos, porque tiene el importe de la venta, pero no el de la compra, es decir que tendrías que meter a mano el importe de compra.

                              Lo de los scripts yo tampoco lo tengo claro, por el momento he actuado como si no hubieran existido, es decir simplemente he puesto el importe total de cuando compre mis Repsoles y el importe total de cuando las he liquidado. Yo imagino que esta así bien, porque realmente estas indicando cuanto has ganado/perdido con esa compra, pero no estoy nada seguro. A ver si alguien nos aclara.

                              Comentario

                              • IVANTR
                                Junior Member
                                • abr
                                • 2

                                #75
                                Buenos días. Soy nuevo en el foro y no sé del todo si estoy escribiendo en el lugar adecuado.
                                Tengo una pregunta. Tenía en 2017 unos 3000 euros de beneficios por compra venta de acciones, operaciones cerradas, y tenía 20.000 euros abiertos en acciones de telefonica a 9,20 a las que le perdía 1500 euros. No me sabía la regla esa de los dos meses, y decidí vender en diciembre a 8,48, con perdidas de 1500 euros para compensar los 3000 euros de beneficios y pagar menos impuestos, y volver a comprar otra vez acciones de telefonica a 8,48 el dia siguiente. He leido en foros que esas perdidas de telefonica las tengo que meter en la declaración, marcando una casilla de valores homogeneos, de tal manera que no puedo "compensar" esas perdidas con las ganancias del año. Pero en otro foro he leido que si, que lo puedo meter al año siguiente cuando venda las acciones de telefonica que compré a 8,48 al día siguiente.
                                Algún experto en el tema me puede decir que es lo correcto?
                                Gracias de antemano!!

                                Comentario

                                • matefinanciero
                                  Member
                                  • ago
                                  • 295

                                  #76
                                  Hola...

                                  Una consulta, vamos haciendo la declaración poco a poco, ya que sería mi primera vez que la hago yo mismo.

                                  Para los que "apostamos" en Popular y perdimos, como lo declaro? Yo fui entrando y ampliando siempre por los dividendos opcionales, vía derechos.

                                  Como precio de compra tengo que poner la media de todas esas adquisiciones y precio de venta 0 ?

                                  Gracias
                                  MI CARTERA
                                  MI WEB

                                  Comentario

                                  • Chris
                                    Senior Member
                                    • sep
                                    • 528

                                    #77
                                    Originalmente publicado por el aprendiz Ver Mensaje
                                    Hola...

                                    Una consulta, vamos haciendo la declaración poco a poco, ya que sería mi primera vez que la hago yo mismo.

                                    Para los que "apostamos" en Popular y perdimos, como lo declaro? Yo fui entrando y ampliando siempre por los dividendos opcionales, vía derechos.

                                    Como precio de compra tengo que poner la media de todas esas adquisiciones y precio de venta 0 ?

                                    Gracias
                                    Si lo tienes todo anotado es facil. Suma todo lo que pagaste para comprar acciones, incluyendo compra de derechos, todas las comisiones, etc... Vamos todo lo que salió de tu cuenta para tener las acciones. Ese es el precio de compra. El de venta cero. Si, en algun momento vendiste derechos (antes del 2016, creo, cuando todavía no tributaban), lo que te ingresaron por la venta (que ya tiene restadas las comisiones) lo restas al precio de compra.

                                    Comentario

                                    • saysmus
                                      Senior Member
                                      • oct
                                      • 2502

                                      #78
                                      Originalmente publicado por IVANTR Ver Mensaje
                                      Buenos días. Soy nuevo en el foro y no sé del todo si estoy escribiendo en el lugar adecuado.
                                      Tengo una pregunta. Tenía en 2017 unos 3000 euros de beneficios por compra venta de acciones, operaciones cerradas, y tenía 20.000 euros abiertos en acciones de telefonica a 9,20 a las que le perdía 1500 euros. No me sabía la regla esa de los dos meses, y decidí vender en diciembre a 8,48, con perdidas de 1500 euros para compensar los 3000 euros de beneficios y pagar menos impuestos, y volver a comprar otra vez acciones de telefonica a 8,48 el dia siguiente. He leido en foros que esas perdidas de telefonica las tengo que meter en la declaración, marcando una casilla de valores homogeneos, de tal manera que no puedo "compensar" esas perdidas con las ganancias del año. Pero en otro foro he leido que si, que lo puedo meter al año siguiente cuando venda las acciones de telefonica que compré a 8,48 al día siguiente.
                                      Algún experto en el tema me puede decir que es lo correcto?
                                      Gracias de antemano!!
                                      Buenas,

                                      Debes declarar la plusvalía de 3.000€
                                      Debes declarar la minusvalía de 1.500€ y marcar la casilla "No imputación de pérdidas por recompra de valores homogéneos". (no podrás compensártelas por haber incumplido la regla).
                                      Efectivamente podrás compensarte esas pérdidas cuando vendas los valores que compraste incumpliendo la regla de los 2 meses.

                                      Estoy preparando un artículo sobre cómo declarar la venta de acciones donde viene todo esto y que publicaremos la semana que viene, pero te lo adelanto .

                                      Un saludo!!
                                      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

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                                      • IVANTR
                                        Junior Member
                                        • abr
                                        • 2

                                        #79
                                        Muchas gracias saysmus.
                                        Entonces por lo que te entiendo, si por ejemplo vendo los valores que compre al día siguiente, dentro de 6 meses, dices que podré declarar la minusvalia de los 1.500 EUR en la declaración del año que viene? Entonces el tema este de los dos meses aplica solo a la declaración de un año en concreto, pero si que te puedes beneficar en la declaración del año siguiente?
                                        No tengo ni idea, pero parece algo raro...
                                        Espero ese artículo que vas a publicar como agua de mayo!!!

                                        Comentario

                                        • matefinanciero
                                          Member
                                          • ago
                                          • 295

                                          #80
                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Gracias Chris.

                                          Aprovecho y pregunto de nuevo...la casilla es la 0310 (Importe global de las transmisiones efectuadas en 2017)?? debería de dar de alta la sociedad Popular y meter los datos, es así?

                                          Cuando pongo valor "de transmisión" = 0€ no me lo permite, a alguien mas le pasó?

                                          En un apartado hace la pregunta si se ha re comprado valores homogéneos durante 2 meses...yo creo que sí, que debo hacer??

                                          Gracias de nuevo
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