Buenas tardes y muchas gracias a todos los que ayudáis en este interesantísimo foro.
Hace unos días le planteé a Gregorio en el blog una duda referente a la regla de los dos meses. Os la traslado aquí pues necesito vuestra ayuda:
Hola. Ando un poco liado con la regla de los dos meses. Le planteo mi caso a ver si podría ayudarme.
– El día 02/06/17 compro 1000 acciones de una compañia y las vendo ese mismo día con 300 euros de pérdida.
– El día 03/06/17 compro 1000 acciones de la misma compañia y las vendo ese mismo día con 200 euros de pérdida.
– El día 05/06/17 compro 1000 acciones de la misma compañía que todavía conservo.
Mi pregunta es, ¿puedo compensar las dos pérdidas con otras ganancias o ninguna? No tengo claro el concepto de recompra dentro de los dos primeros meses si me afecta a la primera compra, a la segunda o a las dos.
Gracias.
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Gregorio me contestó que en principio no podía compensar ninguna pero que si me interesaba podía compensar la primera de ellas pues existía una respuesta vinculante de Hacienda que así lo decía y me remitía a este subforo de fiscalidad donde podría encontrar el enlace a dicha respuesta vinculante, pero no doy con ella. ¿Podríais indicarme el enlace de esa respuesta vinculante y si véis claro en el caso que planteo que pueda compensarme la primera de las ventas?
Muchísimas gracias de antemano y un cordial saludo.
Hace unos días le planteé a Gregorio en el blog una duda referente a la regla de los dos meses. Os la traslado aquí pues necesito vuestra ayuda:
Hola. Ando un poco liado con la regla de los dos meses. Le planteo mi caso a ver si podría ayudarme.
– El día 02/06/17 compro 1000 acciones de una compañia y las vendo ese mismo día con 300 euros de pérdida.
– El día 03/06/17 compro 1000 acciones de la misma compañia y las vendo ese mismo día con 200 euros de pérdida.
– El día 05/06/17 compro 1000 acciones de la misma compañía que todavía conservo.
Mi pregunta es, ¿puedo compensar las dos pérdidas con otras ganancias o ninguna? No tengo claro el concepto de recompra dentro de los dos primeros meses si me afecta a la primera compra, a la segunda o a las dos.
Gracias.
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Gregorio me contestó que en principio no podía compensar ninguna pero que si me interesaba podía compensar la primera de ellas pues existía una respuesta vinculante de Hacienda que así lo decía y me remitía a este subforo de fiscalidad donde podría encontrar el enlace a dicha respuesta vinculante, pero no doy con ella. ¿Podríais indicarme el enlace de esa respuesta vinculante y si véis claro en el caso que planteo que pueda compensarme la primera de las ventas?
Muchísimas gracias de antemano y un cordial saludo.
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