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Dudas Declaración Dividendos

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  • nineok
    Member
    • oct
    • 278

    #21
    buenos días a todos,

    Estoy analizando el RPD de las posibles empresas que vaya a seleccionar y a la hora de elegir el país donde invertir me salen unas diferencias bastante grandes por temas fiscales. Estoy haciendo una comparación de:
    - RPD bruto
    - RPD neto
    - RPD neto + DRIP (porcentaje de acciones que la compañía re-compra. veo que en las empresas punteras en USA y UK es bastante habitual)

    tengo 2 dudas a la hora de como se hace la declaración de los dividendos:

    lugar de declaración de los dividendos:
    - Si yo compro una compañía francesa en la bolsa americana, donde tributan los dividendos? por ejemplo, si yo compro SANOFI en el NYSE, los dividendos serán los mismos que el Sanofi "original"? Lo mismo sucede por ejemplo con AXA seguros.

    - Lo mismo sucede con varias empresas de Suiza. En Suiza retienen un 35% y en USA por ejemplo un 15%!

    calculo de la retención en origen:
    - por ejemplo en USA: si yo tengo unos dividendos de 1000€, me "quitan el 15%. Si tengo unos dividendos de 50.000€, la retención sigue siendo de sigue siendo del 15%.

    - a la hora de hacer el cálculo de las retenciones, si estoy casado en gananciales el cálculo sería de la siguiente manera?
    - llega la cuantía del dividendo neto de origen
    - ese dividendo se considera bruto en españa y por tanto tiene que tributar el porcentaje remanente entre el 15% de USA y la franja que estaría aquí. Estoy casado en gananciales (pero la declaración la hacemos separadamente), este dividendo que llega de USA se divide en dos partes iguales para cada uno? eso podría evitar ciertos saltos en las franjas de tributación (no se si se ve la imagen que he subido).

    Haga clic en la imagen para ver una versión más grande

Nombre:	fiscalidad dividendos.JPG
Visitas:	1
Size:	56,6 KB
ID:	397580

    gracias por la posible ayuda!!!!!
    Twitter: @nineok1

    hilo:
    https://www.invertirenbolsa.info/for...CTO-NINEOK-9oK

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    • saysmus
      Senior Member
      • oct
      • 2502

      #22
      Buenas,

      Los dividendos están sujetos a la retención de origen del país en el que la empresa tiene la sede independientemente del mercado en el coticen. Por tanto, en Sanofi pagarás un 30% de origen por ser francesa aunque la compres en el NYSE.

      A tu segunda cuestión (la de gananciales), creo que la respuesta es como dices, pero a ver si alguien con más experiencia en la materia te lo puede corroborar.

      Un saludo!!
      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

      Blog: Invirtiendo Poco a Poco
      Twitter: @invirtiendopap

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      • mauriestu
        Member
        • may
        • 167

        #23
        Buenas tardes,

        En relación a la fiscalidad de los divindendos tengo una pregunta:

        Veo varios hilos dedicados a la recuperación del exceso de retención por los dividendos en varios países. Entiendo que con ese trámite lo que se espera es obtener un efecto de caja, es decir, te devuelva o no la hacienda extranjera nunca será más que lo que regularizas con la declaración de la renta, no?

        Gracias de antemano,

        Comentario

        • Master Of Disaster
          Senior Member
          • dic
          • 1397

          #24
          Originalmente publicado por mauriestu Ver Mensaje
          Veo varios hilos dedicados a la recuperación del exceso de retención por los dividendos en varios países. Entiendo que con ese trámite lo que se espera es obtener un efecto de caja, es decir, te devuelva o no la hacienda extranjera nunca será más que lo que regularizas con la declaración de la renta, no?
          Son cosas diferentes. Lo que reclamas a la Hacienda extranjera es lo que te han retenido de más sobre lo que estipula el convenio para evitar la doble imposición entre España y ese país. Por ejemplo, si el convenio entre España y Suiza estipula una retención máxima del 15 % a los inversores residentes en el otro país, y la Hacienda suiza te retiene el 35 %, como a los residentes en Suiza, puedes reclamarle ese 20 % cobrado de más. Otra cosa es que luego el trámite sea tan complicado o tan caro que no te merezca la pena intentarlo.

          En cambio, lo que haces en la declaración de la renta es informarle a Hacienda de los impuestos que has pagado a la Hacienda extranjera, con un máximo de lo que estipule el convenio con ese país, para que lo descuente de los impuestos que te toca pagar en España por los dividendos.

          Comentario

          • mauriestu
            Member
            • may
            • 167

            #25
            Originalmente publicado por Master Of Disaster Ver Mensaje
            Son cosas diferentes. Lo que reclamas a la Hacienda extranjera es lo que te han retenido de más sobre lo que estipula el convenio para evitar la doble imposición entre España y ese país. Por ejemplo, si el convenio entre España y Suiza estipula una retención máxima del 15 % a los inversores residentes en el otro país, y la Hacienda suiza te retiene el 35 %, como a los residentes en Suiza, puedes reclamarle ese 20 % cobrado de más. Otra cosa es que luego el trámite sea tan complicado o tan caro que no te merezca la pena intentarlo.

            En cambio, lo que haces en la declaración de la renta es informarle a Hacienda de los impuestos que has pagado a la Hacienda extranjera, con un máximo de lo que estipule el convenio con ese país, para que lo descuente de los impuestos que te toca pagar en España por los dividendos.
            Muchísimas gracias Master of Disaster, por lo que dices, entiendo que si también tienes acciones españolas y el dividendo de estas es el suficiente, el efecto neto por las dos vías sigue siendo el mismo; lo único que difiere es el momento de obtención de la liquidez, con una vía lo obtienes a los x meses y con la otra en tu declaración de la renta.
            Pero al final es lo mismo, te ves sujeto a la imposición acordada en el tratado entre España y el otro país, ¿no?

            Lo digo porque leyendo en hilos lo engorroso de solicitar la devolución haría nada interesante invertir en bolsas extranjeras.

            Un saludo,

            Comentario

            • Master Of Disaster
              Senior Member
              • dic
              • 1397

              #26
              Originalmente publicado por mauriestu Ver Mensaje
              por lo que dices, entiendo que si también tienes acciones españolas y el dividendo de estas es el suficiente, el efecto neto por las dos vías sigue siendo el mismo
              No, porque en la declaración de la renta sólo puedes declarar, como retención en origen, como máximo lo que marque el convenio para evitar la doble imposición con el país en cuestión. En el ejemplo que puse, si el convenio entre España y Suiza marca el 15 %, aunque en Suiza te hayan retenido el 35 %, sólo puedes poner el 15 % en tu declaración de la renta. Por eso, si quieres que te devuelvan todo lo que te hayan cobrado indebidamente, además tienes que reclamar a la Hacienda suiza el 20 % que no le puedes reclamar a la española.

              Comentario

              • Invertirenbolsa
                Administrator
                • feb
                • 30760

                #27
                Hola,

                nineok, además de lo que te ha dicho saysmus, en EEUU te van a retener el 15% cobres 1.000 ó 50.000, sí.

                Y al hacer 2 declaraciones, todos los dividendos que cobréis (españoles o extranjeros) se dividen en 2, sí, y cada uno ponéis vuestra mitad en la declaración de cada uno. Así "saltas" menos de tramo, sí.

                mauriestu, te pongo un ejemplo de lo que te dice Master, que es correcto.

                Imagina que cobras 1.000 euros de empresas alemanas y la Hacienda alemana te retiene el 26%, que son 260 euros.

                De esos 260 euros, 150 los puedes recuperar con sólo hacer la declaración del IRPF (que los recuperes todos, o sólo una parte depende del resto de datos de tu declaración, pero lo más probable es que recuperes todo o casi todo).

                Los otros 110 euros son los que tienes que reclamar a la Hacienda alemana.


                Saludos.


                Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
                "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

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                Comentario

                • haxorcist
                  Junior Member
                  • mar
                  • 13

                  #28
                  Buenos días,

                  disculpad si esta pregunta se ha resuelto en otro hilo.

                  LA cosa es que en Julio cobre dividendos de IAG tanto el ordinario como otro extraordinario. Entonces mi broker ( Clicktrade ) me ha hecho retencion del 19% en el ordinario pero nada en el extraordinario, esto es asi? De cara a la fiscalidad... como tengo que declarar los extraordinarios en la declaracion?

                  Gracias y perdon si es una pregunta duplicada o respondida en otro hilo.

                  Saludos!

                  Comentario

                  • Natural Killer
                    Member
                    • abr
                    • 42

                    #29
                    Buenos días, haxorcist.

                    IAG, este año ha pagado en Julio un dividendo ordinario de 0.165 € por acción (está pendiente el de Diciembre) y ha abonado una PRIMA DE EMISIÓN (lo que tú llamas dividendo extraordinario) de 0.35 € por acción.

                    Los pagos de primas de emisión no tienen retención y no tienes que "declararlos" como dividendo porque no lo son. Simplemente, te reducen el precio de compra de las acciones y, por tanto, aumentan la posible plusvalía o reducen la minusvalía. Sólo tienen efecto en la declaración de IRPF del año en el que vendas las acciones.

                    Imagina que has comprado 100 acciones de IAG a 6 euros.
                    En Julio te pagan 16,5 € menos el 19% (dividendo ordinario, que sí hay que declarar)
                    En Julio también, te pagan 35 € (prima de emisión), sin retenciones.

                    Tu valor de compra antes del pago de la prima era (100 x 6) + comisiones y cánones al comprar.
                    Y tras el pago de la prima pasa a ser (100 x (6-0.35)) + comisiones y cánones al comprar.

                    Si luego las vendes a 7 (obviaré las comisiones y cánones para simplificar, que se suman al precio de compra y se restan al de venta)
                    Si no hubieran pagado prima, tu plusvalía hubiera sido (100 x 7) - (100 x 6) = 700-600 = 100 €
                    Como han pagado prima, tu plusvalía aumenta a (100 x 7) - (100 x (6-0.35)) = 700-565 = 135 €
                    La diferencia es justo el importe de la prima de emisión total... y es ahí cuando hacienda te cobra (no se olvidan, no).

                    La prima de emisión equivale a que la empresa "te devuelve" parte de lo que pagaste en el momento de comprar las acciones. Y es interesante tenerla en cuenta, por ejemplo, si quieres venderlas, porque en el ejemplo (sin comisiones ni cánones), para obtener 100 € de beneficio bruto (1 € por acción) no tendrías que esperar a que llegasen a 7 €, sino sólo a 6,65 € (porque tu nuevo precio de compra es 6-0.35=5,65 €). O, también, si quieres "promediar" a la baja o al alza, tienes que tener en cuenta que tu precio de compra tras un abono de prima de emisión ha bajado automáticamente, y hacer los cálculos con el nuevo precio.

                    Por tanto, y por resumir, si no vendes las acciones en 2019, el pago de la prima de emisión no te afecta en la declaración. Sí, en cambio, los dos dividendos que se habrán abonado (Julio y Diciembre) y que tienes que declarar.

                    Saludos.
                    Editado por última vez por Natural Killer; 30/11/2019, 08:23:57. Razón: añadir y aclarar conceptos
                    Avatar : Símbolo armenio de la Eternidad.

                    Cartera (Fondo Eternity) : SAN (comprada a precios hiperinflados), TEF (idem, heredadas), MAP, BME, CABK, REP, ELE, ENG, REE, IAG, ACS, LOG, AENA, MRL y alguna cosilla más incluyendo acciones excluídas de cotización...
                    En el registro histórico, otras empresas (REP -reincidente-, BBVA) que compré y vendí sin apenas beneficios, y algunos auténticos timos (DTE).

                    Lema : La primera vez que me engañes será culpa tuya. La segunda vez será culpa mía.

                    Comentario

                    • haxorcist
                      Junior Member
                      • mar
                      • 13

                      #30
                      Originalmente publicado por Natural Killer Ver Mensaje
                      Buenos días, haxorcist.

                      IAG, este año ha pagado en Julio un dividendo ordinario de 0.165 € por acción (está pendiente el de Diciembre) y ha abonado una PRIMA DE EMISIÓN (lo que tú llamas dividendo extraordinario) de 0.35 € por acción.

                      Los pagos de primas de emisión no tienen retención y no tienes que "declararlos" como dividendo porque no lo son. Simplemente, te reducen el precio de compra de las acciones y, por tanto, aumentan la posible plusvalía o reducen la minusvalía. Sólo tienen efecto en la declaración de IRPF del año en el que vendas las acciones.

                      Imagina que has comprado 100 acciones de IAG a 6 euros.
                      En Julio te pagan 16,5 € menos el 19% (dividendo ordinario, que sí hay que declarar)
                      En Julio también, te pagan 35 € (prima de emisión), sin retenciones.

                      Tu valor de compra antes del pago de la prima era (100 x 6) + comisiones y cánones al comprar.
                      Y tras el pago de la prima pasa a ser (100 x (6-0.35)) + comisiones y cánones al comprar.

                      Si luego las vendes a 7 (obviaré las comisiones y cánones para simplificar, que se suman al precio de compra y se restan al de venta)
                      Si no hubieran pagado prima, tu plusvalía hubiera sido (100 x 7) - (100 x 6) = 700-600 = 100 €
                      Como han pagado prima, tu plusvalía aumenta a (100 x 7) - (100 x (6-0.35)) = 700-565 = 135 €
                      La diferencia es justo el importe de la prima de emisión total... y es ahí cuando hacienda te cobra (no se olvidan, no).

                      La prima de emisión equivale a que la empresa "te devuelve" parte de lo que pagaste en el momento de comprar las acciones. Y es interesante tenerla en cuenta, por ejemplo, si quieres venderlas, porque en el ejemplo (sin comisiones ni cánones), para obtener 100 € de beneficio bruto (1 € por acción) no tendrías que esperar a que llegasen a 7 €, sino sólo a 6,65 € (porque tu nuevo precio de compra es 6-0.35=5,65 €). O, también, si quieres "promediar" a la baja o al alza, tienes que tener en cuenta que tu precio de compra tras un abono de prima de emisión ha bajado automáticamente, y hacer los cálculos con el nuevo precio.

                      Por tanto, y por resumir, si no vendes las acciones en 2019, el pago de la prima de emisión no te afecta en la declaración. Sí, en cambio, los dos dividendos que se habrán abonado (Julio y Diciembre) y que tienes que declarar.

                      Saludos.
                      Muchas gracias Natural Killer por la explicacion. Esta muy claro

                      Saludos!

                      Comentario

                      • Invertirenbolsa
                        Administrator
                        • feb
                        • 30760

                        #31
                        Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                        Hola,

                        Entendido, Padawan. Es como dices, y como dice rocky.

                        Por las ventas de derechos se paga el mismo 19%-23% que por los dividendos, pero los derechos son ganancia patrimonial, y los dividendos rentas mobiliarias.

                        Hay algunas diferencias, como que la venta de derechos se puede compensar directamente con pérdidas en venta de acciones, fondos, etc, y los dividendos se compensan con ese límite del 25%.


                        Saludos.


                        Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                        "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                        "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                        "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                        "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                        "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                        "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                        "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                        "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                        Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                        "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                        "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                        "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                        "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                        "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
                        "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

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