Buenos días,
Como me estoy haciendo ya todo tipo de lios os pregunto a la comunidad a ver si me sabeis orientar:
Tengo una minusvalia por la venta de un inmueble del año 2014, que por falta de conocimientos, hasta esta declaracion, no he hecho nada con ello, y me queda poder compensar este año con el que viene.
El caso es que leyendo y leyendo y buscando he encontrado que SI que se pueden mezclar compensaciones, es decir, inmuebles con venta de acciones, eso lo tengo claro, pero obtengo informacion contradictoria sobre si puedo compensarlo con los dividendos obtenidos este año (entiendo que con la parte deducida de los rendimientos por dividendos), y encuentro lo de que se puede hacer hasta el limite del 20% este año y del 25% se supone en 2018.
yo meto mi perdida patrimonial en la casilla 417 tal y como me dice el borrador pero lo unico que me compensa es una venta de derchos del santander (me devuelve la parte retenida) asi que pienso que igual tengo que meterlo tambien en alguna otra casilla que hable de porcentajes pero ni idea, y estoy ya desesperada.
Por favor, lo primero ¿estoy equivocada en mis conocimientos y no se puede compensar la perdida de ganancia patrimonial del inmueble de 2014 con "algo" de los dividendos de este año? si si que se puede ¿me sabeis decir en que casilla meter mi perdida ganancial para que salga?
Muchas gracias
Como me estoy haciendo ya todo tipo de lios os pregunto a la comunidad a ver si me sabeis orientar:
Tengo una minusvalia por la venta de un inmueble del año 2014, que por falta de conocimientos, hasta esta declaracion, no he hecho nada con ello, y me queda poder compensar este año con el que viene.
El caso es que leyendo y leyendo y buscando he encontrado que SI que se pueden mezclar compensaciones, es decir, inmuebles con venta de acciones, eso lo tengo claro, pero obtengo informacion contradictoria sobre si puedo compensarlo con los dividendos obtenidos este año (entiendo que con la parte deducida de los rendimientos por dividendos), y encuentro lo de que se puede hacer hasta el limite del 20% este año y del 25% se supone en 2018.
yo meto mi perdida patrimonial en la casilla 417 tal y como me dice el borrador pero lo unico que me compensa es una venta de derchos del santander (me devuelve la parte retenida) asi que pienso que igual tengo que meterlo tambien en alguna otra casilla que hable de porcentajes pero ni idea, y estoy ya desesperada.
Por favor, lo primero ¿estoy equivocada en mis conocimientos y no se puede compensar la perdida de ganancia patrimonial del inmueble de 2014 con "algo" de los dividendos de este año? si si que se puede ¿me sabeis decir en que casilla meter mi perdida ganancial para que salga?
Muchas gracias
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