He ido consultando y recopilando info, pero tengo dudas que me gustaría compartir por si pudierais ayudarme
El caso es que me gustaría abrir una cuenta de valores para el hijo de mi prima Elvira. El niño es menor, tiene 11 años. Empiezo con las dudas:
1. Entiendo que hay que abrir una cuenta de valores donde el niño sea titular y luego incluir un representante legal (por ser menor de edad). En este punto... ¿Es necesario incluir a padre y madre del niño como representantes o con incluir a 1 de los dos es suficiente?
2. Implicaciones fiscales. ¿Los dividendos que reciba el niño, deben declararse en la Renta o solo si superan el límite que hay establecido como obligación para declarar por RCM (más de 1.600€ anuales para 2017)?
La lógica me dice que no hay necesidad de hacer la declaración si no se supera los 1.600€, pero en algún sitio del foro creí leer que los dividendos debían meterse en las declaraciones de los padres (lo que quizás es que ya se daba por entendido que eran más de 1.600€ y puede que no interpretara bien el mensaje)
3. Puede que no sea obligatorio, pero interese que el niño presente la declaración.
Es decir, si presenta el niño declaración, al no tener ingresos seguro que le devuelven las retenciones. ¿Es correcto?
4. ¿Se puede elegir entre que presente el niño la declaración o se imputen los dividendos a los padres?
5. En caso de que se imputen los dividendos a los padres... ¿Se debe hacer a los 2 por igual o se puede decidir de imputar el 100% de los dividendos del niño a 1 de los 2 padres? Es que el* marido de mi prima no llega al mínimo y si se le imputarán a él los dividendos del niño, le devolverian las retenciones.
6. ¿O el criterio de imputación en la declaración de los padres debe ser el mismo de si se incluye como representante legal o no en la cuenta de valores?
Gracias
El caso es que me gustaría abrir una cuenta de valores para el hijo de mi prima Elvira. El niño es menor, tiene 11 años. Empiezo con las dudas:
1. Entiendo que hay que abrir una cuenta de valores donde el niño sea titular y luego incluir un representante legal (por ser menor de edad). En este punto... ¿Es necesario incluir a padre y madre del niño como representantes o con incluir a 1 de los dos es suficiente?
2. Implicaciones fiscales. ¿Los dividendos que reciba el niño, deben declararse en la Renta o solo si superan el límite que hay establecido como obligación para declarar por RCM (más de 1.600€ anuales para 2017)?
La lógica me dice que no hay necesidad de hacer la declaración si no se supera los 1.600€, pero en algún sitio del foro creí leer que los dividendos debían meterse en las declaraciones de los padres (lo que quizás es que ya se daba por entendido que eran más de 1.600€ y puede que no interpretara bien el mensaje)
3. Puede que no sea obligatorio, pero interese que el niño presente la declaración.
Es decir, si presenta el niño declaración, al no tener ingresos seguro que le devuelven las retenciones. ¿Es correcto?
4. ¿Se puede elegir entre que presente el niño la declaración o se imputen los dividendos a los padres?
5. En caso de que se imputen los dividendos a los padres... ¿Se debe hacer a los 2 por igual o se puede decidir de imputar el 100% de los dividendos del niño a 1 de los 2 padres? Es que el* marido de mi prima no llega al mínimo y si se le imputarán a él los dividendos del niño, le devolverian las retenciones.
6. ¿O el criterio de imputación en la declaración de los padres debe ser el mismo de si se incluye como representante legal o no en la cuenta de valores?
Gracias
Comentario