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Duda minimo exento de 5500 Euros

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  • ¡alfinlibre!
    Member
    • dic
    • 67

    Duda minimo exento de 5500 Euros

    Libros

    Consulta aquí qué empresas tienen los inversores en sus carteras en las estadísticas de Invertirenbolsa.info



    Hola!

    He vuelto este año de UK y el año que viene tendré que hacer la declaración de la renta por primera vez después de muchos años fuera, así que me estoy poniendo un poco al día sobre la fiscalidad en España para prepararme sobre cómo va a afectar a mis rentas por dividendos y ganancias de capital.

    Tenía en mente que hay un mínimo exento de 5500 Euros para un soltero sin hijos como yo. Pero acabo de leer un artículo de una asesoría inglesa que me hace dudar sobre si lo he entendido bien, en concreto dice esto:

    "These allowances are not given as a deduction against income (as in the UK), but instead are given as a tax credit against the total tax payable.

    Finally, each taxpayer can apply €2,000 per annum as deductible expenses (‘gasts deducible general’) on earned income."


    Este es el artículo completo: https://www.blevinsfranks.com/news/a...and-allowances

    Yo antes entendía que esos 5500 euros exentos serían a descontar de la renta, pero este artículo me hace pensar que son a descontar de los impuestos, lo que sinceramente me parece demasiado bonito para ser verdad.

    Por poner un ejemplo, yo entendía que si mi único ingreso este año son 10500 euros vía dividendos, debido a este mínimo exento, para calcular los impuestos a pagar tendría que descontar esa cifra del total y del restante pagar impuestos. Es decir, 10500 - 5500 = 5000 * 20%(ej) = 1000 Euros a pagar de impuestos. (Cifras inventadas)

    Según lo que dice el artículo creo entender que no sería así sino calculando primero los impuestos y luego descontando esos 5500. Es decir 10500 * 20% = 2100 - 5500 = 0 Impuestos y todavía me quedarían 3400 deducibles para otras rentas.

    Y la parte en la que dice que se pueden aplicar 2000 euros al año en gastos deducibles también me pilla totalmente por sorpresa, pero ahí ni siquiera se me ocurre qué tipos de gastos se podrían deducir y que pruebas habría que aportar.

    Alguien que lo tenga más claro podría arrojar un poco de luz sobre este asunto?

    Muchas gracias.
    En 2016, cuando aún tenía 33 años alcancé la Libertad Financiera.

    Con el propósito principal de compartir cómo lo conseguí, cómo ha transformado mi vida y aprender haciéndolo, he creado el blog:



    alfinlibre.net

  • #2
    soltero y sin hijos son 5550 exentos por que ese es el minimo personal y entre 2000 y 5700 mas por rentas de trabajo, si vives solo de dividendos y cobras de ellos menos de 6500 podrias sacar de un plan de pensiones hasta 5700 pagar solo el 19% de 950, en cambio i cobras mas de 6500 de dividendos solo podrias sacar 2000 del plan de pensiones.

    Comentario

    • ¡alfinlibre!
      Member
      • dic
      • 67

      #3
      Gracias minimalista.

      Pero entonces esos 5500 son a descontar del total de dividendos que cobre? Porque este artículo que comento arriba daba a pensar que sería del total de impuestos a pagar.

      Si cobro más de 5500 en dividendos y tengo rentas del trabajo por otro lado (puede que el paro), el mínimo exento de esa parte sería de 2000 sólamente?

      Saludos.
      En 2016, cuando aún tenía 33 años alcancé la Libertad Financiera.

      Con el propósito principal de compartir cómo lo conseguí, cómo ha transformado mi vida y aprender haciéndolo, he creado el blog:



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      • mariasfer
        Banned
        • jul
        • 158

        #4
        Originalmente publicado por Sibariam Ver Mensaje
        Por poner un ejemplo, yo entendía que si mi único ingreso este año son 10500 euros vía dividendos, debido a este mínimo exento, para calcular los impuestos a pagar tendría que descontar esa cifra del total y del restante pagar impuestos. Es decir, 10500 - 5500 = 5000 * 20%(ej) = 1000 Euros a pagar de impuestos. (Cifras inventadas)
        Es como pensabas Sibariam. Se restan las deducciones y mínimos exentos a los ingresos y a lo que queda se le aplica el % de tributación correspondiente. El artículo se debe referir a otra cosa o es incorrecto.

        Saludos

        Comentario

        • ¡alfinlibre!
          Member
          • dic
          • 67

          #5
          Gracias mariasfer, ya me parecía a mi que era demasiado bonito para ser verdad...
          En 2016, cuando aún tenía 33 años alcancé la Libertad Financiera.

          Con el propósito principal de compartir cómo lo conseguí, cómo ha transformado mi vida y aprender haciéndolo, he creado el blog:



          alfinlibre.net

          Comentario


          • #6
            Originalmente publicado por Sibariam Ver Mensaje
            Gracias minimalista.

            Pero entonces esos 5500 son a descontar del total de dividendos que cobre? Porque este artículo que comento arriba daba a pensar que sería del total de impuestos a pagar.

            Si cobro más de 5500 en dividendos y tengo rentas del trabajo por otro lado (puede que el paro), el mínimo exento de esa parte sería de 2000 sólamente?

            Saludos.
            como mejor se ve es con ejemplos. si cobras 5550 de dividendos no pagas nada y puedes sacar de un plan de pensiones hasta 5700 sin pagar nada, si cobras mas de 6500 de dividendos no pagarías nada de los primeros 5550, por los 450 restantes hasta 6000 pagarías 19%, el 21% hasta 27000 y el 23% a partir de esa cantidad y podrias sacar hasta 2000 euros de un plan de pensiones por los que no pagarías nada.

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            • Ceroceroseix
              Senior Member
              • may
              • 1312

              #7
              Originalmente publicado por mariasfer Ver Mensaje
              Se restan las deducciones y mínimos exentos a los ingresos y a lo que queda se le aplica el % de tributación correspondiente. El artículo se debe referir a otra cosa o es incorrecto.
              No es así como se aplica el mínimo personal y familiar al que estáis haciendo referencia, y efectivamente lo que dice el artículo es parcialmente incorrecto, al menos lo que ha pegado Sibariam.

              «These allowances are not given as a deduction against income (as in the UK), but instead are given as a tax credit against the total tax payable.»

              «Estas desgravaciones no se dan como una deducción de los ingresos (como en UK), pero sin embargo se ofrecen como un crédito fiscal del total de impuestos a pagar.»
              Para entender cómo se aplica actualmente el mínimo personal y familiar (cuyo importe es de 5.500 €, como decís) me remito a lo que expliqué hace ya un par de añitos (¡cómo pasa el tiempo!) en este mensaje que andará perdido por el foro. En él se puede ver una comparativa entre cómo se aplicaba hasta 2014 y cómo se aplica a partir de 2015, y también cuál es su efecto real sobre el importe del impuesto. El primer gráfico se puede ver mejor en el último Manual de la Renta de 2017 (en la página 79 –101 del pdf–).

              Creo que gráficamente se ve todo muy claro y no necesita más explicación. En cualquier caso, las explicaciones están dadas en el mensaje: se hace pasar el importe del mínimo personal por la escala del IRPF (general o del ahorro, según donde se esté aplicando) y esa cantidad se resta de la cuota a pagar, no se resta directamente el importe de los 5.500 € a los ingresos brutos.

              Por tanto, en el caso que plantea Sibariam...

              Originalmente publicado por Sibariam Ver Mensaje
              Por poner un ejemplo, yo entendía que si mi único ingreso este año son 10500 euros vía dividendos, debido a este mínimo exento, para calcular los impuestos a pagar tendría que descontar esa cifra del total y del restante pagar impuestos. Es decir, 10500 - 5500 = 5000 * 20%(ej) = 1000 Euros a pagar de impuestos. (Cifras inventadas)

              Según lo que dice el artículo creo entender que no sería así sino calculando primero los impuestos y luego descontando esos 5500. Es decir 10500 * 20% = 2100 - 5500 = 0 Impuestos y todavía me quedarían 3400 deducibles para otras rentas.
              ... el segundo supuesto es incorrecto. Hasta 2014 se aplicaba este mínimo personal según el primer supuesto (en realidad, sería un 19 % actualmente = 950 €), pero desde 2015 se aplica así:
              (6.000 - 5.500) x 0,19 + 4.500 x 0,21 = 1.040 €

              Unos 100 euritos más, que el Estado siempre va necesitado y nunca llega a fin de mes.

              Y por cierto, por si no queda claro en el gráfico del manual (se indica, pero no sé si se interpreta bien), el mínimo personal se aplica primero a los ingresos de la parte general (trabajo entre ellos) y, lo que sobre (si sobra algo), se aplica a la parte del ahorro (dividendos y ganancias con compraventa de acciones, fondos y demás elementos patrimoniales). Así que el ejemplo es válido si no se tienen ingresos por trabajo.

              En cuanto a lo otro...

              «Finally, each taxpayer can apply €2,000 per annum as deductible expenses (‘gasts deducible general’) on earned income.»

              «Finalmente, cada contribuyente puede aplicar 2.000 € anuales como gastos deducibles... sobre los ingresos devengados.»
              ... me remito también a lo que comenté en este otro mensaje en el que sucintamente explicaba a otro compañero cómo pasar sus ingresos brutos por salario a la base imponible general. En él aparecen varias reducciones de los ingresos brutos, entre los que están esos gastos deducibles con carácter general cuyo importe actual son 2.000 €.

              Saludos.
              Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
              Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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              • mariasfer
                Banned
                • jul
                • 158

                #8
                Gracias por el matiz, 006.

                Te comento otro: no son 5.500€ sino 5.550€ :-)

                Al hilo de lo último que comentas, la deducción de 2.000€: Alguien que no trabaje pero vive de las rentas (dividendos) y saca cada año una parte de su plan de pensiones, ¿tiene derecho a esa deducción también?

                Y una última por si te lo hubieras planteado: ¿Cuál sería el óptimo fiscal para una pareja casada en gananciales con hijos, y que vivan de las rentas? ¿Cada uno con su cartera, incluidos los hijos con el límite de ¿1800€ en dividendos? y al menos uno sacando una cantidad anual de su plan de pensiones? Qué deducciones aplicarían en este caso?
                - conjunta: 5.550 + deducción por hijos + 2.000 + 3.400 (conjunta)?
                - por separado: 2x5.550 + 2x(1/2 deducción por hijos) + 2.000 (o el doble si los dos sacan dinero de sus planes pensiones)?

                ¿Cuál sería un profesional óptimo para aclarar y optimizar todos estos temas de un modo personalizado? Me refiero no a alguien que te haga la declaración de la renta sino que te asesore sobre cómo proceder a medio plazo (y con la incertidumbre de los cambios constantes en el IRPF, claro está)

                Gracias por tu ayuda

                Saludos

                Comentario

                • Ceroceroseix
                  Senior Member
                  • may
                  • 1312

                  #9
                  Originalmente publicado por mariasfer Ver Mensaje
                  Gracias por el matiz, 006.

                  Te comento otro: no son 5.500€ sino 5.550€ :-)
                  Tienes razón, es que no se pueden hacer ciertas cosas a ciertas horas. Es más, una cosa que no indiqué es que esa cantidad es sólo para los que no tienen a su cargo descendientes, ni ascendientes, ni discapacidades ni otras cuantías que puedan ser aplicables en determinadas autonomías. Todos esos conceptos forman parte del mínimo personal y familiar, y es la suma total de todo ello la que se aplica como indiqué en mi mensaje anterior, no sólo los 5.550 €.

                  Originalmente publicado por mariasfer Ver Mensaje
                  Al hilo de lo último que comentas, la deducción de 2.000€: Alguien que no trabaje pero vive de las rentas (dividendos) y saca cada año una parte de su plan de pensiones, ¿tiene derecho a esa deducción también?
                  No, esa partida de 2.000 € de gastos deducibles con carácter general sólo se aplica a los rendimientos del trabajo. La parte del ahorro no cuenta con esa partida.

                  Originalmente publicado por mariasfer Ver Mensaje
                  Y una última por si te lo hubieras planteado: ¿Cuál sería el óptimo fiscal para una pareja casada en gananciales con hijos, y que vivan de las rentas? ¿Cada uno con su cartera, incluidos los hijos con el límite de ¿1800€ en dividendos? y al menos uno sacando una cantidad anual de su plan de pensiones? Qué deducciones aplicarían en este caso?
                  - conjunta: 5.550 + deducción por hijos + 2.000 + 3.400 (conjunta)?
                  - por separado: 2x5.550 + 2x(1/2 deducción por hijos) + 2.000 (o el doble si los dos sacan dinero de sus planes pensiones)?

                  ¿Cuál sería un profesional óptimo para aclarar y optimizar todos estos temas de un modo personalizado? Me refiero no a alguien que te haga la declaración de la renta sino que te asesore sobre cómo proceder a medio plazo (y con la incertidumbre de los cambios constantes en el IRPF, claro está).
                  Si los dos miembros de la pareja tienen ingresos sale mejor, evidentemente, hacer declaración separada, así cada uno puede aprovechar su mínimo personal de 5.550 €. Se pierde la deducción por declaración conjunta, pero se gana otro mínimo personal que es mayor. Pero hay que llegar a ese límite de ingresos para no perder parte de su efecto, por ejemplo, con 2.000 € rescatados del plan de pensiones (que son rendimientos del trabajo y sí permitiría aprovechar esa partida de gastos generales deducibles) y los 5.550 + resto del mínimo cobrados en dividendos. Es lo que pones en tu segundo ejemplo.

                  Un asesor fiscal debería saber mejor que nadie estas cosas. Es cuestión de buscar uno contrastado y no un mero hacedor de declaraciones. No me he visto en la necesidad de momento y tampoco creo que sea imprescindible. Quizá una consulta para confirmar estas ideas y hacerle alguna más, y luego poder hacerlo uno mismo hasta que haya cambios (en la fiscalidad o en los ingresos a declarar). Tampoco son tantas cosas, salvo que tengas otras cosas más complejas que declarar y optimizar.

                  Saludos.
                  Editado por última vez por Ceroceroseix; 29/09/2018, 20:27:35.
                  Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                  Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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                  • ¡alfinlibre!
                    Member
                    • dic
                    • 67

                    #10
                    Mil gracias ceroceroseis.

                    Me ha quedado totalmente claro! Y me alegro de que al menos lo de los 2000 euros de deducción a las rentas del trabajo si sean reales.

                    Un saludo.
                    En 2016, cuando aún tenía 33 años alcancé la Libertad Financiera.

                    Con el propósito principal de compartir cómo lo conseguí, cómo ha transformado mi vida y aprender haciéndolo, he creado el blog:



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                    • Underhill
                      Member
                      • may
                      • 158

                      #11
                      Originalmente publicado por Ceroceroseix Ver Mensaje
                      Tienes razón, es que no se pueden hacer ciertas cosas a ciertas horas. Es más, una cosa que no indiqué es que esa cantidad es sólo para los que no tienen a su cargo descendientes, ni ascendientes, ni discapacidades ni otras cuantías que puedan ser aplicables en determinadas autonomías. Todos esos conceptos forman parte del mínimo personal y familiar, y es la suma total de todo ello la que se aplica como indiqué en mi mensaje anterior, no sólo los 5.550 €.



                      No, esa partida de 2.000 € de gastos deducibles con carácter general sólo se aplica a los rendimientos del trabajo. La parte del ahorro no cuenta con esa partida.



                      Si los dos miembros de la pareja tienen ingresos sale mejor, evidentemente, hacer declaración separada, así cada uno puede aprovechar su mínimo personal de 5.550 €. Se pierde la deducción por declaración conjunta, pero se gana otro mínimo personal que es mayor. Pero hay que llegar a ese límite de ingresos para no perder parte de su efecto, por ejemplo, con 2.000 € rescatados del plan de pensiones (que son rendimientos del trabajo y sí permitiría aprovechar esa partida de gastos generales deducibles) y los 5.550 + resto del mínimo cobrados en dividendos. Es lo que pones en tu segundo ejemplo.

                      Un asesor fiscal debería saber mejor que nadie estas cosas. Es cuestión de buscar uno contrastado y no un mero hacedor de declaraciones. No me he visto en la necesidad de momento y tampoco creo que sea imprescindible. Quizá una consulta para confirmar estas ideas y hacerle alguna más, y luego poder hacerlo uno mismo hasta que haya cambios (en la fiscalidad o en los ingresos a declarar). Tampoco son tantas cosas, salvo que tengas otras cosas más complejas que declarar y optimizar.

                      Saludos.
                      Un matiz respecto de lo marcado en negrita, el rescate de un plan de pensiones tiene la consideración de rendimiento del trabajo y, por tanto, sí que podrías aplicar la deducción por trabajo, como si fuera cualquier otro rendimiento (por ejemplo, laboral).

                      El rescate de plan de pensiones en un supuesto de independencia financiera por dividendos es una alternativa bastante buena que puede dar lugar a que incluso esté exento según se vaya haciendo.

                      Comentario


                      • #12
                        Tienes toda la razon, yo llevo 2 años rescatando el plan de pensiones poco a poco y no he pagado ni 1 céntimo por los rescates.

                        Comentario

                        • Ceroceroseix
                          Senior Member
                          • may
                          • 1312

                          #13
                          Originalmente publicado por Underhill Ver Mensaje
                          Un matiz respecto de lo marcado en negrita, el rescate de un plan de pensiones tiene la consideración de rendimiento del trabajo y, por tanto, sí que podrías aplicar la deducción por trabajo, como si fuera cualquier otro rendimiento (por ejemplo, laboral).
                          Correcto, pero ya había aclarado ese extremo en ese mismo mensaje.

                          Si los dos miembros de la pareja tienen ingresos sale mejor, evidentemente, hacer declaración separada, así cada uno puede aprovechar su mínimo personal de 5.550 €. Se pierde la deducción por declaración conjunta, pero se gana otro mínimo personal que es mayor. Pero hay que llegar a ese límite de ingresos para no perder parte de su efecto, por ejemplo, con 2.000 € rescatados del plan de pensiones (que son rendimientos del trabajo y sí permitiría aprovechar esa partida de gastos generales deducibles) y los 5.550 + resto del mínimo cobrados en dividendos. Es lo que pones en tu segundo ejemplo.
                          Editado por última vez por Ceroceroseix; 03/10/2018, 19:19:44.
                          Aquí está la última versión de mi excel para gestión de carteras (v 7.1)
                          Aquí mi herramienta para descarga de cotizaciones en excel (v 2.0)

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                          • Invertirenbolsa
                            Administrator
                            • feb
                            • 30760

                            #14
                            Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                            Muchas gracias, 006 y minimalista.


                            Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                            "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                            "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                            "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                            "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                            "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                            "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                            "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                            "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                            Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                            "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                            "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                            "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
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                            "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
                            "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

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