Buenas tardes,
Tengo una duda que por más que busco y leo no soy capaz de resolver. A ver si podéis ayudarme.
La empresa para la cual trabajo, del IBEX35, nos ofreció un plan de acciones a los empleados y me acogí. Durante un año, cada mes nos descontaban de la nómina una cantidad de dinero con la que se compraban acciones de la empresa, y la empresa nos recompensaba con el mismo número de acciones. Las acciones de recompensa quedaban bloqueadas durante un año desde la última compra, y nos serían entregadas en el segundo aniversario tras la primera compra…
En julio de 2017 me fueron transferidas las acciones de recompensa, ya libres, y no estuvieron sujetas a IRPF (siempre y cuando las mantuvieran por 3 años más). En la actualidad mantengo todas estas acciones (compradas + recompensa + compradas por reinversión de dividendos) en la entidad de UK que se encarga de gestionar el plan de acciones de empleados.
El junio de 2018 compré, a título personal, acciones de esta empresa para la cual trabajo a través de mi banco (en un número superior al total de acciones que tengo en la entidad gestora de UK). Y poco después las vendí (todas las de mi banco).
Ahora, al preparar la declaración de IRPF me asaltan las siguientes dudas:
La verdad es que estoy hecho un lío. Y tener que pagar IRPF por ellas me parece injusto, porque en realidad mantengo exactamente las mismas acciones con las que la empresa me recompensó, por lo que no he incumplido la condición. Sin embargo, atendiendo a la norma fiscal FIFO, se supone que las he vendido… ¡pese a que allí están, en la cuenta de UK!
Fijaos que si la compra-venta de acciones a nivel personal que hice a través de mi banco la hubiera realizado en junio de 2017 (antes del plazo que debía transcurrir para tener derecho a recibir las acciones de recompensa, la entidad gestora de UK me hubiera entregado igualmente las acciones de recompensa puesto que, efectivamente, ellos las tendrían allí depositadas, no les constaría ninguna venta). Rocambolesco.
¿Qué opináis? ¿Cómo debo declararlo?
Muchas gracias de antemano y un saludo!
Tengo una duda que por más que busco y leo no soy capaz de resolver. A ver si podéis ayudarme.
La empresa para la cual trabajo, del IBEX35, nos ofreció un plan de acciones a los empleados y me acogí. Durante un año, cada mes nos descontaban de la nómina una cantidad de dinero con la que se compraban acciones de la empresa, y la empresa nos recompensaba con el mismo número de acciones. Las acciones de recompensa quedaban bloqueadas durante un año desde la última compra, y nos serían entregadas en el segundo aniversario tras la primera compra…
En julio de 2017 me fueron transferidas las acciones de recompensa, ya libres, y no estuvieron sujetas a IRPF (siempre y cuando las mantuvieran por 3 años más). En la actualidad mantengo todas estas acciones (compradas + recompensa + compradas por reinversión de dividendos) en la entidad de UK que se encarga de gestionar el plan de acciones de empleados.
El junio de 2018 compré, a título personal, acciones de esta empresa para la cual trabajo a través de mi banco (en un número superior al total de acciones que tengo en la entidad gestora de UK). Y poco después las vendí (todas las de mi banco).
Ahora, al preparar la declaración de IRPF me asaltan las siguientes dudas:
- ¿Debo considerar que tanto las acciones del plan de empleados que tengo en la entidad de UK, como las acciones que compré a título personal en mi banco son títulos homogéneos?
- Si es que sí, ¿sólo a efectos de cómputo de plusvalías según FIFO, o también a efectos de haber incumplido la cláusula de mantener las acciones de recompensa por 3 años y, por tanto, ahora debo hacer una declaración complementaria del 2017 para tributar por las acciones regaladas?
La verdad es que estoy hecho un lío. Y tener que pagar IRPF por ellas me parece injusto, porque en realidad mantengo exactamente las mismas acciones con las que la empresa me recompensó, por lo que no he incumplido la condición. Sin embargo, atendiendo a la norma fiscal FIFO, se supone que las he vendido… ¡pese a que allí están, en la cuenta de UK!
Fijaos que si la compra-venta de acciones a nivel personal que hice a través de mi banco la hubiera realizado en junio de 2017 (antes del plazo que debía transcurrir para tener derecho a recibir las acciones de recompensa, la entidad gestora de UK me hubiera entregado igualmente las acciones de recompensa puesto que, efectivamente, ellos las tendrían allí depositadas, no les constaría ninguna venta). Rocambolesco.
¿Qué opináis? ¿Cómo debo declararlo?
Muchas gracias de antemano y un saludo!
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