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Cómo obtener la devolución de la doble retención de los dividendos empresas alemanas

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  • iban
    Member
    • feb
    • 462

    Añado, por completar la información, que en mi caso eran acciones depositadas en DeGiro y en Clicktrade. La devolución la solicité en una cuenta de ING, así que no es necesaria ninguna relación entre la cuenta en la que se cobran los dividendos y la cuenta en la que se solicita el ingreso.

    Saludos y suerte con el trámite.

    PD: Y gracias a MarE de nuevo por la información que me ha permitido realizar la solicitud

    Comentario

    • Delp
      Member
      • jun
      • 213

      .

      Vaya tela.
      Editado por última vez por Delp; 18/01/2020, 05:55:28. Razón: .
      REE, ENG,TEF, MAP, GCO, ELE, IBE, ACS, SAN, AENA, VIS, VID, NTGY, CIE, MRL, LDA, EBRO, ITX, ALV, IFX, MBG, DTG, BAS, BMW, VZ, T, D, SO, PPL, SRE, GIS, KHC, KO, KMB, APD, LMT, MSFT, META, INTC, MMM, PG, JNJ, TROW, IBM, KD, CTRE, SPG, NG, SVT, DGE, GSK, HLN, AV, BT, URW, UNA, ASML, ENX.

      ,,Immerhin hat das den Staat zur Hölle gemacht, daß ihn der Mensch zu seinem Himmel machen wollte.“
      Johann Christian Friedrich Hölderlin (1770 - 1843).

      Comentario

      • gorrion1978
        Senior Member
        • dic
        • 1223

        Hola.

        Ayer, la hacienda alemana me abonó el exceso de retención en los dividendos de BMW de los últimos años.

        Fue una gran sorpresa para mi y de hecho ha tardado tantos meses en ocurrir que ya lo daba por perdido, además, en conversaciones por email con la hacienda alemana insistían, al igual que suizos y franceses, en que sin el maldito "Tax Voucher" me abstuviera de solicitar nada, yo al final, cansado de emails y más emails durante un par de meses lo rellené todo lo mejor que supe y envié toda la documentación por correo y fue hace tanto tiempo que ya ni me acuerdo de los documentos que envié, aunque quienes participáis en este hilo seguro que os sabéis la documentación al dedillo mejor que yo.

        Osea, que se puede.

        Los alemanes han sido formales devolviendo ese dinero, aunque esto también ha sido un "a ver si cuela", me explico, se quedan con un dinero que legalmente no les corresponde y como casi nadie protesta ni dice nada, pues nunca devuelven ese dinero y cuando alguien indaga intentan desanimarte con el "Tax Voucher", pero cuando finalmente les llega la documentación, aún sin el dichoso "Tax Voucher", no tienen más remedio que ceder, porque seguramente, con la ley en la mano, TENEMOS RAZÓN y si la documentación presentada es la justa y necesaria y los datos son correctos, antes de meterse en problemas legales, pues te devuelven la pasta.

        También es cierto que siempre que trato con personas de Alemania suelen demostrar una educación, una honradez y un saber estar fuera de serie, eso también habrá influido seguro, siempre he admirado su cultura profundamente y cuando estoy allí tengo sensación de estar en el auténtico primer mundo en muchos sentidos, no veo esa "picaresca" propia de los países latinos y eso me encanta.

        Saludos.
        "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

        Jiddu Krisnahmurti.

        Comentario

        • Rasputin
          Member
          • feb
          • 152

          Yo envié la documentación el pasado día 25. ya os contaré.

          Comentario

          • WAM
            Member
            • ene
            • 263

            Pues yo he enviado 3 veces la documentación en los últimos 4-5 años. Y siempre me han contestado que me falta el tax voucher.

            Como veo que algunos habéis tenido éxito, le he escrito un email al señor que revisa mi solicitud (es siempre el mismo empleado). Y le he dicho que quiero el mismo trato. Y que por qué a mí no me devuelven y a otros sí.

            Y me ha respondido lo siguiente, atención: sólo devuelven excepcionalmente cuando es la primera solicitud y son importes bajos.

            Y en la carta que envían a los agraciados les avisan de que la devolución es excepcional, y que santo tomás, una y no más. Que a la siguiente se lo deniegan, a no ser que envíen el tax voucher.

            Lo de importes bajos no sé cuánto es. La primera vez que solicité la devolución creo que eran unos 50€ y la última vez 125€. Tampoco es un importe tan alto, pienso yo.

            Copio el email que he recibido con toda esta información. Está en alemán, toca usar el traductor.

            Por cierto, mi última solicitud de devolución es de 2018, y en la respuesta que me han dado pone 2016, se ha despistado el empleado de la hacienda alemana con mis solicitudes.

            Sehr geehrter xxxxxxxxxx,


            zunächst möchte ich festhalten, dass Ihnen keine Ablehnung Ihres Erstattungsantrages zugegangen ist, sondern eine Kurzmitteilung, in dem Sie gebeten wurden, die fehlenden Unterlagen nachzureichen.


            Sie haben mir keine Steuerbescheinigungen der inländischen/deutschen Depot-/Zahlstelle nach Muster III gemäß § 50d Absatz 1 Satz 4 EStG in Verbindung mit § 45a Absatz 2 EStG sowie BMF-Schreiben vom 03.12.2014 zugesandt, sondern lediglich die Dividendengutschriftanzeigen der ING Direct (Spanien). Wie Sie meiner Kurzmitteilung entnehmen können, reichen diese für Dividendengutschriftanzeigen seit dem 01.01.2012 nicht mehr aus. In Ihrem letzten Antrag vom 07.01.2016, hier eingegangen am 26.01.2016 (GZ: ES1600091) hatte ich bereits um Zusendung dieser Unterlagen gebeten, diese haben Sie seinerzeit auch nicht beibringen können, weshalb Sie den Antrag damals zurückgenommen haben. Bitte haben Sie Verständnis, dass ich bei Folgeanträgen nicht anders entscheiden kann. Diese Vorgehensweise wird prinzipiell so angewendet.


            Es kann allerdings vorkommen, dass in Ausnahmefällen auf die Einreichung (z. B.: erster Antrag mit geringen Erstattungsbeträgen) auf die Einreichung/ Anforderung der Steuerbescheinigungen verzichtet wird. Hierauf werden die Antragsteller aber im Bescheid (Hinweis 81) aufmerksam gemacht und es wird entsprechend vermerkt. Stellen dann diese Antragsteller einen Folgeantrag, wo die Steuerbescheinigungen erneut fehlen, werden entweder die Unterlagen nachgefordert oder es erfolgt eine sofortige Ablehnung (also die Nichteinreichung der Unterlagen spätestens beim 2. Antrag folgt unweigerlich zur Ablehnung). Das ist bei allen Ländern so, nicht nur bei Spanien.


            Ich bedauere Ihnen keine anderslautende Nachricht geben zu können.



            En fin, espero que os sea útil.

            Personalmente le doy bastante importancia a este asunto. De hecho ya no tengo compañías alemanas, y eso que alguna me gusta. Pero no me gusta que se queden con mi dinero.

            Saludos.

            Comentario

            • iban
              Member
              • feb
              • 462

              Pues yo sí tengo la nota 81 esa, pero la verdad al tenerla en papel no me molesté en teclearla para meterla en el traductor. En una primera revisión sí parece poner lo que dices del aviso. Empieza así:


              Die Steuerbescheinigung wurde nicht vorgelegt. Die Kapitalertragsteuererstattung kann nur unter Vorlage einer Bescheinigung in Sinne des...


              Mal asunto.

              En mi caso la solicitud si fue la primera, la cantidad unos cientos de euros, no llega a mil.

              Comentario

              • gorrion1978
                Senior Member
                • dic
                • 1223

                No tenía ni idea WAM.

                Yo es la primera vez que lo solicito, sí.

                ¿Pero no os resulta contradictorio que lo den la primera vez como haciéndonos un favor y luego te lo denieguen?

                Si actúan así, eso no tiene demasiado sentido, con la ley en la mano o lo deniegan siempre o lo conceden siempre, luego no entiendo porque hacen esa excepción, ¿Cómo pueden legalmente concederlo la primera vez sin Tax Voucher y denegarlo todas las veces siguientes por no pasar por el aro del Tax Voucher? Lo lógico sería que lo denegasen siempre si la ley se lo permite.

                Me huele a chanchullo a 3 kilómetros, es un "a ver si cuela" de manual, una administración pública que te hace un favor..., no sé, algo no cuadra, claro, ¿Quién va a perder su tiempo y dinero con un abogado demandando a la hacienda alemana por unos cientos de euros? Pero si alguien lo hace porque se lo pueda permitir a lo mejor le dan la razón fácilmente y eso es lo que les da miedo y por eso ese favor excepcional inicial.

                Que cosa más curiosa, los alemanes no tienen fama de ser arbitrarios en cuestiones burocráticas precisamente, exigentes hasta la extenuación sí y eso lo he vivido yo en primera persona, pero arbitrarios no.

                Que no pongo en duda nada de lo que aquí contáis, yo solo pienso en voz alta como quien dice, nada más.

                Saludos.
                "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

                Jiddu Krisnahmurti.

                Comentario

                • iban
                  Member
                  • feb
                  • 462

                  Completo la nota 81 que he recibido:

                  81
                  Die Steuerbescheinigung wurde nicht vorgelegt. Die Kapitalertragsteuererstattung kann nur unter Vorlage einer Bescheinigung in Sinne des §45a Abs. 2 EStG bein Bundeszentralant für Steuern beantragt werden (§50d Abs. 1 S. 3 und 4 EStG). Der Kapitalertragsteuerabzug wird nicht mehr von der ausschüttenden Kapitalgesellschaft, sondern von der Dividende auszahlenden oder gutschreibenden Stelle (hier: die Zahlstelle) vorgenommen. Als Zahlstellen gelten: inländiche Kredir- oder Finanzdienstleistungsinstitute, inländische Wertpapierhandelsunternehmen oder inländischeWertpapierhandelsbanken, welche die Anteile verwahren oder verwalten und die Kapitalerträge auszahlen bzw. gutschreiben oder die Kapitalerträge an eine ausländische Stelle auszahlen. Die nach amtlichen Muster vorgeschriebene Bescheinigung wird den Aktionär durch die Zahlstelle ausgestellt.

                  Y pasada por el traductor:

                  El certificado fiscal no fue presentado. La devolución de impuestos de retención solo se puede solicitar después de la presentación de un certificado dentro del significado de §45a (2) EStG en la Oficina Federal de Impuestos (§ 50d (1) oraciones 3 y 4 EStG). La deducción de impuestos sobre las ganancias de capital ya no es realizada por la empresa distribuidora, sino por el agente pagador o el agente de crédito (aquí: el agente pagador). Los agentes pagadores son: instituciones nacionales de servicios financieros o de crédito, concesionarios de valores nacionales o bancos nacionales de negociación de valores que mantienen o administran las unidades y pagan o acreditan los ingresos de inversiones o pagan los ingresos de inversiones a una entidad extranjera. El certificado requerido por el modelo oficial será emitido al accionista por el agente pagador.

                  El texto no es del todo claro, no dice que no te lo vayan a volver a devolver pero visto lo que le han dicho a WAM, tiene toda la pinta.
                  Editado por última vez por iban; 01/02/2019, 17:34:35.

                  Comentario

                  • Delp
                    Member
                    • jun
                    • 213

                    Soy de la misma opinión, que Gorrión. No tienen ninguna fama de ser arbitrarios, en estas cuestiones. Me sorprendo yo también, bastante, porque he vivido y estudiado en Alemania, no mucho tiempo, pero lo suficiente. Pero dado lo que aquí se escribe, entonces efectivamente pinta un poco mal. Perdiendo ese 11,375%, en origen, igual te sale una RPD en BMW del 4,8% y quizás del 6,1% en Daimler, con las últimas cotizaciones. No sé. Vaya tela. Saludos y muchas gracias.
                    Editado por última vez por Delp; 01/02/2019, 20:04:33. Razón: .
                    REE, ENG,TEF, MAP, GCO, ELE, IBE, ACS, SAN, AENA, VIS, VID, NTGY, CIE, MRL, LDA, EBRO, ITX, ALV, IFX, MBG, DTG, BAS, BMW, VZ, T, D, SO, PPL, SRE, GIS, KHC, KO, KMB, APD, LMT, MSFT, META, INTC, MMM, PG, JNJ, TROW, IBM, KD, CTRE, SPG, NG, SVT, DGE, GSK, HLN, AV, BT, URW, UNA, ASML, ENX.

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                    Comentario

                    • En Acción
                      Senior Member
                      • ene
                      • 528

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                      Ofrezco mi experiencia como escritor a quien esté interesado en escribir un libro sobre Bolsa (o lo que se tercie)

                      MP: FB, SPCE, TROW, PINS, FSLY, QS, AHT, BABA, GGAL, GBIO

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                      • En Acción
                        Senior Member
                        • ene
                        • 528

                        Originalmente publicado por MarE Ver Mensaje
                        Hola a todos,

                        Escribo para contaros que, casi exactamente 3 meses después de mandar el papeleo, acabo de recibir en mi broker ING el ingreso correspondiente a la devolución por exceso de retención del dividendo de Daimler de este año. Creo que lo he detallado en posts anteriores pero repito el proceso por si a alguien le viene bien.

                        No he pagado por ningún papel: he utilizado únicamente los formularios de la web alemana y extractos gratuitos de ING.

                        1.- Descargo de la web de la AET el certificado 01 de Residencia Fiscal en España. Es un pdf editable. Lo relleno, imprimo, y llevo a mi delegación de Hacienda a sellar. Una semana mas tarde lo recibo sellado en mi correo postal.

                        2.- Descargo de la web alemana el formulario que nos corresponde, que según las instrucciones alemanas es el que está en inglés, junto con su anexo. También son pdfs editables, los relleno e imprimo. Asustan a primera vista, pero orientándome con la copia en inglés y con la explicación que da la OCU basada en el formulario antiguo, relleno las 3 copias exactamente igual.

                        3.- De la web de ING saco:
                        - el justificante de cobro del dividendo de Daimler, con el desglose de retenciones practicadas.
                        - el certificado de titularidad de la cuenta de abono, donde figuran mi nombre completo y DNI.

                        4.- Me acerco a mi oficina de ING y me sellan ambos. No me ponen ninguna pega, le ponen el sello fechado a todo.

                        5.- Cojo todo lo anterior, incluyendo DNI original y fotocopia y el certificado del Paso 1, y vuelvo a mi Delegación a Hacienda porque hace falta sellar las tres copias de los formularios alemanes. Aquí se puede complicar el asunto dependiendo del funcionario que nos toque. En mi caso tuve suerte: la señora que me atendió sabía de qué le hablaba, no puso ninguna pega, fue a buscar a su jefa al despacho, y consiguió que me llevase todo sellado en el momento. Ellos se quedan con una de las copias.

                        6.- Meto todo en un sobre, incluyendo una carta en inglés con muchas gracias y saludos por atenderme y que aquí quedo esperando mis euros, danke schön. Remito todo por correo ordinario (coste 2,60e) incluyendo fotocopia de DNI, a fecha 19 de mayo 2018 a la dirección postal:

                        Bundeszentralamt für Steuern
                        Referat St III 3
                        D-53221 Bonn

                        7.- Recibo el ingreso de devolución a fecha de hoy 27 de agosto 2018.



                        No me han devuelto una cantidad importante, pero me ha hecho ilusión comprobar que el trámite funciona, que la eficiencia alemana no es un cliché, y que puedo seguir invirtiendo tranquilamente en valores alemanes sin que me frene la doble retención.

                        Un saludo!

                        Llevo leyendo el hilo desde el principio y te juro que se me han saltado las lágrimas.

                        Muchas gracias por la info.
                        Ofrezco mi experiencia como escritor a quien esté interesado en escribir un libro sobre Bolsa (o lo que se tercie)

                        MP: FB, SPCE, TROW, PINS, FSLY, QS, AHT, BABA, GGAL, GBIO

                        Comentario

                        • HJucar
                          Junior Member
                          • feb
                          • 6

                          Buenas tardes,
                          soy nuevo en este interesante foro, y lo primero daros las gracias por las numerosas y trabajadas aportaciones del mismo.
                          Mi interés está también en como recuperar el exceso de lable imposición sobre el cobro de dividendos alemanes.
                          Gracias y enhorabuena especialmente a MarE, a Iban y a Gorrion1978 por compartir en el foro que han conseguido la devolución sin aportar el Tax Voucher del Broker (que tiene coste, y coste elevado).
                          Me han parecido muy interesantes sus aportaciones y la revelación del formulario alemán para solicitar la devolución, en alemán, inglés y francés, que a veces conseguís sellar en la Hacienda española y enviais.
                          Me llama la atención sobremanera que algunos han conseguido la devolución, pero ésta es habitualmente rechazada, citando el funcionario del BMF alemán el documento de 03-12-2014, modelo III, que exige el Tax Voucher con coste.
                          En el impreso de la AEAT, Kapital/Erträge, figuran las instrucciones para cumplimentarlo , le llaman "Notas Explicativas" y habitualmente están al dorso de la hoja en español.
                          En la Nota nº 4 indica los justificantes que se han de acompañar, indicando que siempre se debe acompañar del CERTIFICADO ALEMÁN DEL PAGO DE IMPUESTOS de rentas del Capital.
                          Vamos que hemos avanzado poco, parece ser exigible el Tax Voucher.
                          Pero dice a continuación "EN LOS SIGUIENTES CASOS BASTA SIN EMBARGO UNA NOTA DE ABONO (...) DE UN INSTITUTO DE CRÉDITO : Cuando en la fecha indicada en el nº 2 la persona con derecho al reembolso ha tenido EL CAPITAL EN DEPÓSITO EN UN INSTITUTO DE CRÉDITO ALEMÁN O EXTRANJERO (custodia de valores) y en esa fecha le correspondía tambien el derecho a la percepción de rentas."

                          Dicho de otra forma si yo no lo entiendo mal, si los valores -acciones- las tenemos depósitadas en un Banco Alemán o ESPAÑOL, BASTA con el Certificado que emite este Banco, por supuesto sin coste.
                          No se si de la lectura vosotros obtenéis tambien la misma conclusión.

                          Comentario

                          • gorrion1978
                            Senior Member
                            • dic
                            • 1223

                            Muchas gracias Hjucar

                            Yo creo que he tenido suerte por ser la primera vez que lo presentaba y como ya dije, ha tardado tantos meses que creí que ese dinero estaría perdido para siempre.

                            Lo único que puedo decirte ahora mismo es que cuando creas que todos los documentos están listos, aunque no tengas el dichoso "Tax Voucher", que lo presentes, si a mi me lo admitieron, a ti tendrían que admitírtelo también, no dejes de presentarlo porque pienses que te falta algo, porque pareces bastante concienzudo y seguro que lo presentas a la perfección.

                            Yo presenté mi DNI, resguardos impresos del bróker sin sellar por el propio bróker, el kapital/Eträger, un documento que conseguí en hacienda de residencia fiscal española que me costó una reclamación porque los funcionarios de hacienda decían que ellos no tienen porque saber nada de inglés y que ese documento tenía que estar en español y que yo recuerde ahora, y mi memoria aquí no es todo lo precisa que me gustaría, nada más.

                            No incluí ninguna carta de ningún tipo porque me dio la sensación de que si daba demasiada información habría problemas, así que le "eché un poco de morro" y lo presenté sin esa carta, que por otra parte, salvo para agradecerles su trabajo, de poco habría servido.

                            Pero esto es solo mi opinión, es que como les mandes una carta donde les digas que no tienes el Tax Voucher, igual se lo estás "recordando", no sé si me explico.

                            Saludos.
                            "No es signo de buena salud el estar bien adaptado a una sociedad profundamente enferma".

                            Jiddu Krisnahmurti.

                            Comentario

                            • MarE
                              Member
                              • may
                              • 90

                              Originalmente publicado por Miguel en Acción Ver Mensaje
                              Llevo leyendo el hilo desde el principio y te juro que se me han saltado las lágrimas.

                              Muchas gracias por la info.
                              No fue para tanto, Miguel, se trataba de 20 euros :-)

                              No es por desanimarte ni por desanimarme yo, pero en mensajes posteriores WAM cuenta su propia batalla y las respuestas recibidas, y no termina de quedarnos claro qué criterio siguen para efectuar o descartar la devolución. Que si la primera vez sí y que luego no, que si se trata cantidades pequeñas sí pero que si no, no... (??). Este mayo repetiré el trámite a ver qué pasa.

                              Originalmente publicado por HJucar
                              Dicho de otra forma si yo no lo entiendo mal, si los valores -acciones- las tenemos depositadas en un Banco Alemán o ESPAÑOL, BASTA con el Certificado que emite este Banco, por supuesto sin coste.
                              No se si de la lectura vosotros obtenéis tambien la misma conclusión.


                              Hola HJucar. Hace tiempo que he renunciado a entender nada. Al igual que gorrion, creo que algunos hemos tenido simplemente suerte, que veremos si se repite con los cobros y devoluciones de este año. No cuento mucho con ello y creo que voy a recibir la misma respuesta que ha estado recibiendo WAM, en la que exigirán el Tax Voucher del depositario alemán. Ya lo veremos y ya lo contaremos.

                              En cualquier caso, como suele decir Gregorio, cuantos mas seamos efectuando este trámite anticuado, antes actualizarán y automatizarán todo este (estúpido) proceso.


                              Iberdrola, Enagas, Ebro, Naturgy, Repsol, Inditex, Mapfre, Grifols, Unilever, Logista, Telefonica, Santander, BBVA, JNJ, Intel, Viscofan, MCM, Faes, Diageo, BATS, Babcock, BASF, Bayer, ADM, Altria, Pepsi, Abbvie, Lockheed, ACS, Acciona, REE, Vidrala, Azkoyen, Catenon

                              Comentario

                              • HJucar
                                Junior Member
                                • feb
                                • 6

                                Muchas gracias Gorrion1978 y MarE por vuestra aportación y por dar ánimos. Por cierto se me olvidó citar a Arkio que tambien obtuvo la devolución sin tax Voucher. Gracias y enhorabuena también Arkio.
                                Como yo veo la cuestión es que no se trata de tener suerte, sino de saber como se debe aplicar el Convenio España Alemania correctamente y no de forma aleatoria. Se me está perdiendo la fe en la Administración alemana que unas veces paga sin Tax Voucher y otras no. No me parece un comportamiento adecuado para una Administración que presume de seriedad y buen hacer.
                                Me está resultando una actuación algo pícara la de la administración de Hacienda alemana.
                                Por eso, gracias a las aportaciones de este foro, he empezado a pensar que con buena o mala fe no lo hace correctamente, y eso siempre será exigible: Que se atengan a lo establecido en el Convenio para bien o para mal. Y ahí es donde me cruje que en las instrucciones del impreso DAB Kapital/Erträge dice claramente que "si están depositadas las acciones en una institución, un banco, alemán o español, no es necesario enviar el Tax Voucher, basta el certificado, gratuito, del banco de depósito" y ver que la Hacienda alemana no las respeta y pide la documentación que se le antoja.
                                Saludos y suerte a todos.

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                                • yolan
                                  Member
                                  • oct
                                  • 242

                                  Visto lo visto, a mí sólo se me ocurre hacer la solicitud, y en caso de venir denegada por faltar el Tax Voucher, responder a la Hacienda Alemana haciendo constar lo que comenta HJucar.

                                  Es decir, en mi respuesta incluiría el escrito alemán de denegación (para que sepan de qué va el tema), junto con un escrito mío indicando que el Tax Voucher no se incluye atendiendo a la cláusula "xxx" .. y ahí hacer copia&pega de lo que ellos mismos indican en el formulario.

                                  Y a ver qué responden.

                                  Quizás lo intente este año por primera vez, ya os contaré cómo me va.
                                  Saludos

                                  Comentario

                                  • juanoide
                                    Member
                                    • oct
                                    • 84

                                    Originalmente publicado por MarE Ver Mensaje
                                    Hola a todos,

                                    Escribo para contaros que, casi exactamente 3 meses después de mandar el papeleo, acabo de recibir en mi broker ING el ingreso correspondiente a la devolución por exceso de retención del dividendo de Daimler de este año. Creo que lo he detallado en posts anteriores pero repito el proceso por si a alguien le viene bien.

                                    No he pagado por ningún papel: he utilizado únicamente los formularios de la web alemana y extractos gratuitos de ING.

                                    1.- Descargo de la web de la AET el certificado 01 de Residencia Fiscal en España. Es un pdf editable. Lo relleno, imprimo, y llevo a mi delegación de Hacienda a sellar. Una semana mas tarde lo recibo sellado en mi correo postal.

                                    2.- Descargo de la web alemana el formulario que nos corresponde, que según las instrucciones alemanas es el que está en inglés, junto con su anexo. También son pdfs editables, los relleno e imprimo. Asustan a primera vista, pero orientándome con la copia en inglés y con la explicación que da la OCU basada en el formulario antiguo, relleno las 3 copias exactamente igual.

                                    3.- De la web de ING saco:
                                    - el justificante de cobro del dividendo de Daimler, con el desglose de retenciones practicadas.
                                    - el certificado de titularidad de la cuenta de abono, donde figuran mi nombre completo y DNI.

                                    4.- Me acerco a mi oficina de ING y me sellan ambos. No me ponen ninguna pega, le ponen el sello fechado a todo.

                                    5.- Cojo todo lo anterior, incluyendo DNI original y fotocopia y el certificado del Paso 1, y vuelvo a mi Delegación a Hacienda porque hace falta sellar las tres copias de los formularios alemanes. Aquí se puede complicar el asunto dependiendo del funcionario que nos toque. En mi caso tuve suerte: la señora que me atendió sabía de qué le hablaba, no puso ninguna pega, fue a buscar a su jefa al despacho, y consiguió que me llevase todo sellado en el momento. Ellos se quedan con una de las copias.

                                    6.- Meto todo en un sobre, incluyendo una carta en inglés con muchas gracias y saludos por atenderme y que aquí quedo esperando mis euros, danke schön. Remito todo por correo ordinario (coste 2,60e) incluyendo fotocopia de DNI, a fecha 19 de mayo 2018 a la dirección postal:

                                    Bundeszentralamt für Steuern
                                    Referat St III 3
                                    D-53221 Bonn

                                    7.- Recibo el ingreso de devolución a fecha de hoy 27 de agosto 2018.



                                    No me han devuelto una cantidad importante, pero me ha hecho ilusión comprobar que el trámite funciona, que la eficiencia alemana no es un cliché, y que puedo seguir invirtiendo tranquilamente en valores alemanes sin que me frene la doble retención.

                                    Un saludo!
                                    gracias shur!

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                                    • capri53
                                      Member
                                      • jul
                                      • 33

                                      Buenas noches:

                                      Estoy mirando el tema de la devolución de la doble imposición en acciones extranjeras pues se acerca la Renta y es mi primer año con este gran problema (para mí).
                                      De lo que he leído he llegado a la conclusión de que si es un país con Convenio como pasa con EE.UU. no hay gran problema, que directamente en la propia declaración te devuelven ese 15%, pero en el caso de otros países como Alemania, Francia, Bélgica, Suiza... ¿hay que rellenar un papel por cada país y mandarlo al correspondiente? Porque vaya lío.
                                      La mayoría de mis acciones son españolas pero tengo unas cuantas de EE.UU. y alguna europea. Agradecería que alguien me dijera si lo he entendido bien.

                                      Gracias de antemano y saludos.

                                      Comentario

                                      • Rasputin
                                        Member
                                        • feb
                                        • 152

                                        Pues ha funcionado. Unos seis meses después de enviar la documentación a Bonn, recibí primero la transferencia y un par de días después la carta.

                                        Originalmente publicado por Rasputin Ver Mensaje
                                        Qué desastre, tenia todos los documentos preparaditos para ir a Correos. Igual aun así lo hago, pero ya por confirmar lo que contáis con un rechazo más. Ante esta situación, la única solución que veo es reclamación colectiva contra el Broker por precio abusivo del voucher, primero directa, después al Banco de España y después a juzgados. Podría llegar a ser un tema para ADICAE.

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                                        • inversor_es
                                          Junior Member
                                          • ago
                                          • 17

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por MarE Ver Mensaje
                                          Hola a todos,

                                          Escribo para contaros que, casi exactamente 3 meses después de mandar el papeleo, acabo de recibir en mi broker ING el ingreso correspondiente a la devolución por exceso de retención del dividendo de Daimler de este año. Creo que lo he detallado en posts anteriores pero repito el proceso por si a alguien le viene bien.

                                          No he pagado por ningún papel: he utilizado únicamente los formularios de la web alemana y extractos gratuitos de ING.

                                          1.- Descargo de la web de la AET el certificado 01 de Residencia Fiscal en España. Es un pdf editable. Lo relleno, imprimo, y llevo a mi delegación de Hacienda a sellar. Una semana mas tarde lo recibo sellado en mi correo postal.

                                          2.- Descargo de la web alemana el formulario que nos corresponde, que según las instrucciones alemanas es el que está en inglés, junto con su anexo. También son pdfs editables, los relleno e imprimo. Asustan a primera vista, pero orientándome con la copia en inglés y con la explicación que da la OCU basada en el formulario antiguo, relleno las 3 copias exactamente igual.

                                          3.- De la web de ING saco:
                                          - el justificante de cobro del dividendo de Daimler, con el desglose de retenciones practicadas.
                                          - el certificado de titularidad de la cuenta de abono, donde figuran mi nombre completo y DNI.

                                          4.- Me acerco a mi oficina de ING y me sellan ambos. No me ponen ninguna pega, le ponen el sello fechado a todo.

                                          5.- Cojo todo lo anterior, incluyendo DNI original y fotocopia y el certificado del Paso 1, y vuelvo a mi Delegación a Hacienda porque hace falta sellar las tres copias de los formularios alemanes. Aquí se puede complicar el asunto dependiendo del funcionario que nos toque. En mi caso tuve suerte: la señora que me atendió sabía de qué le hablaba, no puso ninguna pega, fue a buscar a su jefa al despacho, y consiguió que me llevase todo sellado en el momento. Ellos se quedan con una de las copias.

                                          6.- Meto todo en un sobre, incluyendo una carta en inglés con muchas gracias y saludos por atenderme y que aquí quedo esperando mis euros, danke schön. Remito todo por correo ordinario (coste 2,60e) incluyendo fotocopia de DNI, a fecha 19 de mayo 2018 a la dirección postal:

                                          Bundeszentralamt für Steuern
                                          Referat St III 3
                                          D-53221 Bonn

                                          7.- Recibo el ingreso de devolución a fecha de hoy 27 de agosto 2018.



                                          No me han devuelto una cantidad importante, pero me ha hecho ilusión comprobar que el trámite funciona, que la eficiencia alemana no es un cliché, y que puedo seguir invirtiendo tranquilamente en valores alemanes sin que me frene la doble retención.

                                          Un saludo!
                                          Buenas tardes, muchas gracias por la información. Me gustaría pedirte que pusieras de nuevo el enlace del punto 2 actualizado, es decir la documentación de la hacienda alemana, el enlace actual no funciona y no soy capaz de encontrar el formulario necesario, gracias de antemano.

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