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Cómo obtener la devolución de la doble retención de los dividendos empresas alemanas

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nuevos mensajes
  • Chris
    Senior Member
    • sep
    • 528

    #21
    Hola,

    Retomo este hilo porque creo que es mejor que crear uno nuevo, ya que son empresas alemanas.

    Resulta que tengo pago de dividendos de dos empresas alemanas: Allianz y Deutsche Post. Los dos pone explicitamente pago de dividendo. Es decir, no es un "Pago en Capital", como podría ser en otras empresas.

    Y resulta que la retencion en origen para Allianz es el 26.375 %, como debe ser, pero para Deutsche Post es cero (como ya me gustaría que fuera para todas, porque así no hay que preocuparse de la devolución). A alguien más le ha pasado?. Es que me estoy volviendo loco con todo esto. Y no se como declararlo a hacienda....

    Muchas gracias

    Comentario

    • Chris
      Senior Member
      • sep
      • 528

      #22
      Hola,

      Tuve un poco de tiempo para hacer Google en la cuestión de la Deutsche Post. De hecho no había encontrado estas FAQ antes mirando su pagina de "investors". Asi que pongo aquí lo que he encontrado por si a alguien le puede ser de utilidad también.



      En esta, hay una pregunta que dice

      Why are German-based shareholders not required to pay tax on the dividend?

      Since the dividend is being paid in full from the tax reserve account as defined by section 27 of the KStG - German Corporation Tax Act - (contributions not paid into the nominal capital), the payment for shareholders resident in Germany is made without deduction of capital gains tax and solidarity surcharge. For tax purposes the distribution is considered a refund on investment and reduces - according to fiscal authorities - acquisition costs. The dividend does not entitle recipients to a tax credit. For shareholders not resident in Germany the dividend is taxed according to the tax regulations of the corresponding country of residence.


      Y Luego

      What should foreign shareholders be aware of with regard to taxation?
      The tax treatment for foreign shareholders is based on the tax regulations of their respective country of domicile.


      Es decir que, efectivamente, los dividendos de esta compañia están libres de impuestos en Alemania. De ahí que no tenga retención en origen.

      Ahora, como esto vuelve a ser un caso raro, en el que no es "distribución de capital" (o por lo menos no se llama así), sino un dividendo que esta libre de impuestos para los alemanes, me queda la duda de si también está libre de impuestos en España. Aunque mucho me temo que no y que tendré que pagar el correspondiente 21%. En todo caso, lo bueno es que puedo tratar esta empresa como una empresa española más ya que no tengo que pedir devolución de la doble imposición.

      Si alguno de vosotros creo que me equivoco y que tengo que tratar esto como una "distribución de capital" en la que tampoco pago impuestos, sino que disminuyo el precio de compra, me gustaría que lo confirmaseis/dementiseis.

      Muchas gracias

      Comentario

      • rubiales
        Member
        • ago
        • 272

        #23
        Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
        Hola,

        Retomo este hilo porque creo que es mejor que crear uno nuevo, ya que son empresas alemanas.

        Resulta que tengo pago de dividendos de dos empresas alemanas: Allianz y Deutsche Post. Los dos pone explicitamente pago de dividendo. Es decir, no es un "Pago en Capital", como podría ser en otras empresas.

        Y resulta que la retencion en origen para Allianz es el 26.375 %, como debe ser, pero para Deutsche Post es cero (como ya me gustaría que fuera para todas, porque así no hay que preocuparse de la devolución). A alguien más le ha pasado?. Es que me estoy volviendo loco con todo esto. Y no se como declararlo a hacienda....

        Muchas gracias
        Hola Chris, la verdad es que nada puedo aportar sobre lo que comentas del "pago en capital", pues ahora estoy empezando con las inversiones en el extranjero, espero poder ayudar en breve. Una pregunta si me permites, en los dividendos de allianz cobrados, a parte de la retención en origen del 26.375% también te ha retenido un 19% la hacienda española (ya sea respecto a los dividendos totales brutos o respecto a los dividendos descontando la retención alemana)? Si no he entendido mal, con la declaración de la renta de este año se recupera el 19% (la retención de menor cantidad).

        Y según entiendo por lo que comenta mike en el primer post del hilo, aun sería posible recuperar un % (11% aproximadamente) de las retenciones enviando el documento adquirido en la hacienda española? Esto es realmente así?

        1 saludo.

        Comentario

        • h3po4
          Senior Member
          • abr
          • 4958

          #24
          Hola,

          He cobrado recientemente el dividendo (1€/acción) de 110 acciones de EON y me han retenido únicamente el 26,375%. De hecho el % ha sido incluso menor ya que 80€ aparecen como "dividendo" y los otros 30€ van "en lugar del dividendo", y de estos últimos no me han retenido nada.

          Entiendo que no tendré que pagar nada más por la primera parte y tendré que pagar el 26,375% de los 30€, ¿no?

          Mi broker es IB, y no recuerdo haber tenido que firmar nada especial con respecto a la Hacienda Alemana.

          Saludos.
          "La honestidad de un sistema político depende del nivel de exigencia de sus ciudadanos" --> !!!Seamos EXIGENTES!!!

          Comentario

          • rubiales
            Member
            • ago
            • 272

            #25
            Originalmente publicado por h3po4 Ver Mensaje
            Hola,

            He cobrado recientemente el dividendo (1€/acción) de 110 acciones de EON y me han retenido únicamente el 26,375%. De hecho el % ha sido incluso menor ya que 80€ aparecen como "dividendo" y los otros 30€ van "en lugar del dividendo", y de estos últimos no me han retenido nada.

            Entiendo que no tendré que pagar nada más por la primera parte y tendré que pagar el 26,375% de los 30€, ¿no?

            Mi broker es IB, y no recuerdo haber tenido que firmar nada especial con respecto a la Hacienda Alemana.

            Saludos.
            Y la retención española??? No lo acabo de entender. S2.

            Comentario

            • h3po4
              Senior Member
              • abr
              • 4958

              #26
              Originalmente publicado por rubiales Ver Mensaje
              Y la retención española??? No lo acabo de entender. S2.
              No ha habido ninguna retención adicional, nada de retención española con esa acción alemana.Yo tampoco lo entiendo .

              Saludos.

              PD: tampoco hubo retención adicional al 15% que corresponde con la bolsa USA (o la bolsa de Luxemburgo, no tengo claro la que "manda") con el ADR sobre Arcelor Mittal, que cotiza en NYSE.
              "La honestidad de un sistema político depende del nivel de exigencia de sus ciudadanos" --> !!!Seamos EXIGENTES!!!

              Comentario

              • rubiales
                Member
                • ago
                • 272

                #27
                Originalmente publicado por h3po4 Ver Mensaje
                No ha habido ninguna retención adicional, nada de retención española con esa acción alemana.Yo tampoco lo entiendo .

                Saludos.

                PD: tampoco hubo retención adicional al 15% que corresponde con la bolsa USA (o la bolsa de Luxemburgo, no tengo claro la que "manda") con el ADR sobre Arcelor Mittal, que cotiza en NYSE.
                Jeje. Bueno, al menos no soy el único que no lo entiende. Sería posible que en la declaración del año que viene (respecto al ejercicio fiscal del 2011) debieras devolver un 6% (la diferencia entre el 21% de retención española y el 15% de retención americana) de los divis de Arcelor y nada de los divis de EON (por ser la mayor retención)?

                S2.

                Comentario

                • Argos
                  Senior Member
                  • oct
                  • 1532

                  #28
                  Hola,

                  Creo que es parecido a lo que dice rubiales. Hay que ponerlo al año siguiente en la declaración española, y creo que hacienda españa no te retiene nada hasta que no lo pongas en esa declaración.

                  Si te han cobrado más del 21%, hacienda española no te va a devolver nada, porque ellos no te han cobrado nada, eso hay que gestionarlo con los formularios que correspondan en país en el que cotiza la empresa

                  Si te han cobrado menos del 21% hay que ponerlo en la declaración, hacienda te retendrá el % correspondiente hasta completar el 21%

                  Todo esto con paises que tengan el convenio para evitar la doble tributación, sino pagas en los dos sitios...

                  h3 lo que me suena raro es que sobre los 30 que te han pagado "in lieu" no te hayan aplicado el impuesto, a mí hasta ahora me lo han aplicado sobre el total "lieu" o no en las americanas...no se...

                  Saludos
                  "Aut viam inveniam aut faciam"

                  Comentario

                  • h3po4
                    Senior Member
                    • abr
                    • 4958

                    #29
                    Sí, entiendo que hay que hacerlo como decís.

                    Lo que me parece curioso, y entiendo que es por un tema de que IB no ha enviado a tiempo la info a Hacienda Española, es que en los datos enviados por Hacienda no aparece nada de IB. Todo lo que aparece es del depositario de ING, es decir, R4. Soy consciente de que el hecho de que no venga en los datos no exime del cumplimiento de la ley...

                    ... si bien también leí hace tiempo a un forero algo así como que Hacienda no tiene forma de enterarse de las operaciones sobre ADR de países extranjeros, como Petrobras... pero también, entiendo, Arcelor Mittal, por ejemplo. Desconozco la fiabilidad que pueda tener.

                    Argos, te he querido entender que es posible dejar la tributación de las acciones alemanas en el 21% a través del procedimiento de reclamación con el organismo alemán correspondiente. ¿es así?. ¿Aunque superes los 6.000€ en divis también funciona así?

                    En cuanto a los dividends payment in lieu (pago en lugar del dividendo)... aún no tengo ni idea del por qué. Este año ya llevo tres, y en ninguno de ellos ha habido retención por esta parte del pago (sí por la parte indicada como dividendo puro y duro): Abertis, EOAN y FCC. En todos los casos han sido cantidades menores o mucho menores que el pago principal y sobre el pago principal se aplicaba correctamente el 21% (26,375% con la alemana)

                    En fin, con el tiempo iremos resolviendo todas las dudas, je, je.

                    Saludos.
                    "La honestidad de un sistema político depende del nivel de exigencia de sus ciudadanos" --> !!!Seamos EXIGENTES!!!

                    Comentario

                    • Argos
                      Senior Member
                      • oct
                      • 1532

                      #30
                      Hola h3,

                      Deberías poder dejarlo en el 15% de retención en origen para las acciones alemanas despues de rellenar el impreso correspondiente, según lo que dice en la normativa:

                      Artículo 10
                      1. Los dividendos pagados por una sociedad residente de un Estado contratante a un
                      residente del otro Estado contratante pueden someterse a imposición en este último
                      Estado.
                      2. Sin embargo, estos dividendos pueden someterse a imposición en el Estado
                      contratante en que resida la sociedad que pague los dividendos y de acuerdo con la
                      legislación de este Estado, pero el impuesto así exigido no puede exceder del
                      a) 10 por 100 del importe bruto de los dividendos, si el beneficiario es una sociedad
                      (excluidas las sociedades de personas) que posea al menos el 25 por 100 del capital
                      de la sociedad que abona los dividendos, o si los dividendos proceden de la
                      distribución de los beneficios de una sociedad de personas;
                      b) 15 por 100 del importe bruto de los dividendos, en todos los demás casos.
                      Y luego el 6% restante hasta 21% lo deberías pagar en la declaración de hacienda del año siguiente. Lo de los 6000€ no se a que se refiere...

                      El formulario debería funcionar como el W-8BEN americano, una vez que lo tienes tramitado IB sólo debería retenerte el 15%, independientemente de lo que retenga la hacienda del país correspondiente. El resto hasta 21% es cosa tuya declararlo...

                      En este mismo hilo al principio hay varios posts que puse con algo de información de este tema también.

                      Lo del pago en lugar del dividendo, estoy empezando a pensar que al no ser realmente un pago de dividendo, sino una equivalencia, puede que en los casos que planteas de acciones alemanas y españolas, el descuento del impuesto no sea automático, como lo es en el caso del dividendo puro y duro, me da la sensación de que puede ir por ahí la cosa, pero estoy especulando.

                      En fin, con el tiempo iremos resolviendo todas las dudas, je, je.
                      Aunque sea a base de palos

                      Saludos.
                      Editado por última vez por Argos; 18/05/2012, 09:10:27.
                      "Aut viam inveniam aut faciam"

                      Comentario

                      • Allegretto
                        Senior Member
                        • feb
                        • 1213

                        #31
                        Muy buenas:

                        Pedazo de hilo, gracias por las aportaciones.

                        Aunque me salga un poco de la dinámica, ¿a cuantos tienes las E.ON fosfórico?. La estoy considerando seriamenta para largo plazo...
                        www.activandoelfuturo.com

                        Comentario

                        • Chris
                          Senior Member
                          • sep
                          • 528

                          #32
                          Originalmente publicado por rubiales Ver Mensaje
                          Hola Chris, la verdad es que nada puedo aportar sobre lo que comentas del "pago en capital", pues ahora estoy empezando con las inversiones en el extranjero, espero poder ayudar en breve. Una pregunta si me permites, en los dividendos de allianz cobrados, a parte de la retención en origen del 26.375% también te ha retenido un 19% la hacienda española (ya sea respecto a los dividendos totales brutos o respecto a los dividendos descontando la retención alemana)? Si no he entendido mal, con la declaración de la renta de este año se recupera el 19% (la retención de menor cantidad).

                          Y según entiendo por lo que comenta mike en el primer post del hilo, aun sería posible recuperar un % (11% aproximadamente) de las retenciones enviando el documento adquirido en la hacienda española? Esto es realmente así?

                          1 saludo.
                          Hola rubiales

                          Mi broker para las acciones de Allianz es suizo, así que no me retienen nada "en destino". Solo tengo la retención del 26.375%, como parece ser que pasa con los compañeros que tienen IB

                          Lo que yo creo que hay que hacer, aunque ya lo he preguntado alguna vez y nadie me lo ha podido confirmar es:

                          - Declarar los dividendos
                          - Pagar el 19% (o 21%) que te retendria España
                          - Deducir la doble imposición cuya máximo será el 19% (nunca el 26.385%) y seguro que será menos porque para que realmente sea el 19% tienes que tener muchos dividendos
                          - Despues, si quieres, pedir el resto hasta el 26.375% a la hacienda alemana

                          Vamos, yo asumo que hay que hacer las mismas cuentas como si el broker ya hubiera pagado el 19% (aunque en este caso al hacer la declaración, te la deducirían porque ya la has pagado).

                          En todo caso, nunca te devolveran 19% por doble imposición. Las formulas estan en el post #10 de este hilo, donde anilomjf lo explicó con detalle.

                          Comentario

                          • Chris
                            Senior Member
                            • sep
                            • 528

                            #33
                            Originalmente publicado por Argos Ver Mensaje
                            Hola h3,

                            Deberías poder dejarlo en el 15% de retención en origen para las acciones alemanas despues de rellenar el impreso correspondiente, según lo que dice en la normativa:



                            Y luego el 6% restante hasta 21% lo deberías pagar en la declaración de hacienda del año siguiente. Lo de los 6000€ no se a que se refiere...

                            El formulario debería funcionar como el W-8BEN americano, una vez que lo tienes tramitado IB sólo debería retenerte el 15%, independientemente de lo que retenga la hacienda del país correspondiente. El resto hasta 21% es cosa tuya declararlo...

                            En este mismo hilo al principio hay varios posts que puse con algo de información de este tema también.

                            Lo del pago en lugar del dividendo, estoy empezando a pensar que al no ser realmente un pago de dividendo, sino una equivalencia, puede que en los casos que planteas de acciones alemanas y españolas, el descuento del impuesto no sea automático, como lo es en el caso del dividendo puro y duro, me da la sensación de que puede ir por ahí la cosa, pero estoy especulando.



                            Aunque sea a base de palos

                            Saludos.
                            Pues si, debería ser como dices, pero no lo es. Además, hay una asimetría. Si eres alemán y tienes acciones españolas, funciona, pero al revés no. No puedes pedir la reducción a cero (o al 15% como debería ser el caso).

                            Date cuenta que el impreso a que haces referencia es para "residentes en Alemania" y debe llevar un sello de la hacienda alemana como que pagas tus impuestos allí. El impreso correspondiente a la situación inversa no existe.

                            De hecho, en el hilo http://www.invertirenbolsa.info/foro...as-extranjeras puedes ver el documento oficial del convenio, que esta en http://www.meh.es/Documentacion/Publ...5_Alemania.pdf (a no ser que haya cambiado) donde queda claro la asimetría para contribuyentes españoles y alemanes en este aspecto.

                            En fin, que no, que hay que pasar por todo y, si quieres recuperar el resto, hacer burocracia...

                            Comentario

                            • h3po4
                              Senior Member
                              • abr
                              • 4958

                              #34
                              Hola Argos,

                              Gracias por las explicaciones. Lo de los 6.000€ me refería al límite fiscal para los dividendos, a partir del cuál pagas el 25% de impuestos.

                              Saludos!

                              PD: Allegretto: están compradas a 13,985€, el 10/08/2011.
                              "La honestidad de un sistema político depende del nivel de exigencia de sus ciudadanos" --> !!!Seamos EXIGENTES!!!

                              Comentario

                              • Argos
                                Senior Member
                                • oct
                                • 1532

                                #35
                                Hola,

                                Date cuenta que el impreso a que haces referencia es para "residentes en Alemania" y debe llevar un sello de la hacienda alemana como que pagas tus impuestos allí. El impreso correspondiente a la situación inversa no existe.
                                Creo que ya lo he entendido Chris, hasta ahora había pensado que el formulario "DBA-Spanien Kapitalerträge" del caso alemán era el equivalente al W-8BEN americano, y no lo es. Con el W-8BEN consigues que no te retengan más del 15%, con el "DBA-Spanien Kapitalerträge" lo que haces es pedir que te devuelvan (a posteriori) lo que te han retenido por encima del 15%.

                                Pienso que tienes razón, el formulario que vinculaba yo es para que un ciudadano alemán con acciones españolas no al revés...gracias por las aclaraciones.

                                h3 ok, entendido lo de los 6000€

                                Argos, te he querido entender que es posible dejar la tributación de las acciones alemanas en el 21% a través del procedimiento de reclamación con el organismo alemán correspondiente. ¿es así?. ¿Aunque superes los 6.000€ en divis también funciona así?
                                Segun lo que comenta Chris, puedes recuperar lo que te cobren por encima del 15% de los dividendos alemanes, enviando el "DBA-Spanien Kapitalerträge", pero no hay ningún papel para evitar de entrada que te lo cobren, como pasa con el W8; lo de que sean más de 6000 euros debería ser indiferente para que los alemanes te devuelvan ese 11,38% restante, para lo único que te afecta es para el tramo español.

                                Saludos!
                                "Aut viam inveniam aut faciam"

                                Comentario

                                • rubiales
                                  Member
                                  • ago
                                  • 272

                                  #36
                                  Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
                                  Hola rubiales

                                  Mi broker para las acciones de Allianz es suizo, así que no me retienen nada "en destino". Solo tengo la retención del 26.375%, como parece ser que pasa con los compañeros que tienen IB

                                  Lo que yo creo que hay que hacer, aunque ya lo he preguntado alguna vez y nadie me lo ha podido confirmar es:

                                  - Declarar los dividendos
                                  - Pagar el 19% (o 21%) que te retendria España
                                  - Deducir la doble imposición cuya máximo será el 19% (nunca el 26.385%) y seguro que será menos porque para que realmente sea el 19% tienes que tener muchos dividendos
                                  - Despues, si quieres, pedir el resto hasta el 26.375% a la hacienda alemana

                                  Vamos, yo asumo que hay que hacer las mismas cuentas como si el broker ya hubiera pagado el 19% (aunque en este caso al hacer la declaración, te la deducirían porque ya la has pagado).

                                  En todo caso, nunca te devolveran 19% por doble imposición. Las formulas estan en el post #10 de este hilo, donde anilomjf lo explicó con detalle.
                                  Ok. Creo que ya lo entiendo. Pero entonces, los puntos 2 y 3 que comentas se anulan entre ellos, no?? Primero pagas el 19% y luego lo deduces?? Y lo ideal es, cuando acabe el año fiscal, enviar el documento a la hacienda alemana para que te devuelvan algo más.

                                  1 saludo.

                                  P.D. Dado que en renta 4 parece que van a subir (y de que manera) las comisiones de custodia de valores internacionales, este fin de semana me marco como objetivo entender la operativa de IB y, si todo va bien, abrir la cuenta la semana entrante.

                                  Comentario

                                  • OXO
                                    Junior Member
                                    • sep
                                    • 27

                                    #37
                                    Saludos a todos: Yo también tengo dudas a este respecto, aunque no tendré que hacer declaración hasta el año que viene, pero por lo que he leído, entiendo que el proceso en cuanto a Alemania es como dices:

                                    - Alemania te retiene el 26 y pico %
                                    - En España puede que te retengan el 19 o puede que no, dependiendo sobre todo de que tu broker -o más bien el banco con el que trabaja el broker- sea extranjero. De cualquier forma, entiendo que esto da más o menos igual, puesto que en la declaración tendrás que rellenar los datos correctos manualmente, se haya producido la retención o no.
                                    - Si estás dentro del límite de 1500€ exentos en España, ese 19 si ha sido retenido, se te devolverá. Si no se te retuvo, no lo pagarás. Si pasas de los 1500, la parte que exceda sí pagará el tipo que le corresponda.
                                    - Al año siguiente al pago, puedes reclamar a Alemania el porcentaje retenido que exceda del 15% al que le autoriza el acuerdo de doble imposición.

                                    En cuanto a que no haya retención de la hacienda española, como dije antes creo que tiene que ver con el banco con el que opera el broker. Yo estoy con clicktrade, que opera a través del Saxobank danés, y este año en el primer dividendo que he cobrado de RWE la hacienda española tampoco me ha retenido nada. Creo que IB también opera con Saxobank, así que por ahi deben ir los tiros. Otro problema adicional que podemos tener los que operamos con ambos brokers es que el documento para solicitar la devolución debe llevar sello físico del banco. ¿Tendríamos que enviarlo a IB o Clicktrade y que nos lo devolviesen sellado? ¿Valdría un fax, cosa que lo dudo muchísimo?. Al menos con ING tienes algunas oficinas físicas donde podrías resolverlo, pero con los brokers "virtuales" ¿cómo haces?.

                                    Con clicktrade el caso es aún más sangrante en el caso del W8 americano, pues te responden que ellos no tramitan nada de eso de ninguna de las maneras -como en cambio sí hace ING-. Pero que yo sepa tú tampoco puedes hacerlo por tu cuenta, así que con ellos los mercados americanos parece que quedan descartados...

                                    Comentario

                                    • Argos
                                      Senior Member
                                      • oct
                                      • 1532

                                      #38
                                      Hola,

                                      Con IB supongo que te refieres a Interactive Brokers, que yo sepa no tienen ninguna relación con Saxobank, IB no opera a través de nadie (eso tengo yo entendido).

                                      Sobre lo demás que comentas poco más que aportar aparte de lo que ya he ido comentando en el hilo, habrá que ver la declaración del año que viene a ver por donde van las cosas...

                                      Saludos.
                                      "Aut viam inveniam aut faciam"

                                      Comentario

                                      • OXO
                                        Junior Member
                                        • sep
                                        • 27

                                        #39
                                        Estás en lo cierto, quien opera con Saxobank es Activotrade, no IB. Mea culpa.

                                        S2

                                        Comentario

                                        • Invertirenbolsa
                                          Administrator
                                          • feb
                                          • 30819

                                          #40
                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Hola,

                                          OXO, esos detalles del fax y demás se los tienes que preguntar directamente a tu broker, ese tipo de procesos internos cambian de un broker a otro, y un mismo broker los puede cambiar con el tiempo.

                                          Un saludo.


                                          Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

                                          "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
                                          "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
                                          "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
                                          "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
                                          "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
                                          "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
                                          "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
                                          "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
                                          Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
                                          "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
                                          "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
                                          "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
                                          "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
                                          "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
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