Libros


Busca todo lo que quieras en Invertirenbolsa.info con este buscador personalizado de Google:
Búsqueda personalizada

Declaración de la Renta 2015. Dudas sobre las casillas a rellenar

Colapsar
Este es un tema pegajoso.
X
X
 
  • Filtrar
  • Tiempo
  • Mostrar
Limpiar Todo
nuevos mensajes
  • Amura
    Member
    • mar
    • 339

    #61
    Originalmente publicado por seroc Ver Mensaje
    Hola compañeros,haber si hay por aqui algun matrimonio con un hijo que haga la renta individual,a mi el Padre me pone 2600€de desgrabacion en cada declaracion y no creo que sea posible,de que manera hay que hacerla para que esa cantidad se divida entre las dos declaraciones?

    Gracias.

    Justo donde metes el nombre del niño y su fecha de nacimiento se abren dos desplegables, que son la vinculación, tienes que poner la 3 y otra vez la 3, con eso se aplicará la desgravación del 50%.

    Edito, para añadir que por la cantidad de 2600 entiendo que tu hijo es menor de tres años, entonces es correcta la deducción, 2400 por el primer hijo + 2800 ( menor de tres años)= 5200/2=2600.
    Un saludo
    Editado por última vez por Amura; 12/04/2016, 23:21:23. Razón: Añadir
    " Estoy en desacuerdo con tus ideas, pero defiendo tu sagrado derecho de expresarlas "

    " When the going gets tough, the tough just keep walking "

    Comentario

    • Subcero
      Member
      • oct
      • 227

      #62
      Buenos días compañer@s,

      Es la primera vez que tengo que hacer la declaración de la renta tras haber empezado a invertir en bolsa. Tengo más o menos claro que solo en el momento de la venta de acciones es cuando realmente hay que pagar impuestos etc... pero tengo otra pregunta:

      He leído este artículo: http://www.bolsamania.com/declaracio...idad-acciones/

      Hacia la parte final del artículo habla sobre incluir las comisiones de custodia y compra/venta en la declaración... cito textualmente el párrafo de interés:

      --------------------

      "Gastos que puedes incluir por tus acciones en el IRPF

      Además del dinero que hayas ganado o perdido, al hacer la declaración de la renta también podrás incluir los gastos de tu operativa. En concreto, podrás imputar a tu resultado, es decir, restar del beneficio obtenido.Los gastos imputables son los siguientes:
      • Gastos de administración y depósito de valores negociables. Se considerarán como gasto los importes que las empresas de servicios de inversión, entidades de crédito u otras entidades financieras repercutan sobre sus clientes y que, de acuerdo con la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores, tengan por finalidad retribuir la prestación derivada de la realización por cuenta de sus titulares del servicio de depósito de valores representados en forma de títulos o de la administración de valores representados en anotaciones en cuenta” (artículo 26 de la Ley de IRPF).
      • Comisiones de compra-venta. Este es un gasto que sólo se puede imputar en el caso de las acciones y que tu bróker tendrá que remitirte de forma detallada para poder incluirlo en tu declaración de IRPF.

      Estos gastos los restarás directamente del beneficio que hayas obtenido, siempre y cuando tu banco o bróker no lo haya hecho al remitirte la información fiscal."

      -----------------

      Es esto así? Se pueden desgravar las comisiones de compra del broker?
      La verdad es que no había escuchado esto antes.

      En mi caso estoy con ING pero no he pagado comisiones de custodia (hago más de una compra al semestre, por lo que estoy exento de pagar esa comisión) pero comisiones de compra/venta evidentemente sí he pagado. Deberia incluir los 8€ que cobra ING por cada compra, además de la comisión más baja por compra de derechos? Si es así y alguno lo tiene fresco, sabéis en qué parte de la declaración de la renta se hace?

      Muchas gracias de antemano!!
      Editado por última vez por Subcero; 13/04/2016, 15:21:42.
      Promoción de 100€ para abrirte una cuenta broker en ING --> Escríbeme por privado!
      Promoción de 50€ para abrirte una cuenta nómina en ING --> Escríbeme por privado!

      Empezando mi proyecto a Largo Plazo

      Comentario

      • rulita
        Senior Member
        • mar
        • 955

        #63
        Originalmente publicado por Goldman Ver Mensaje
        No hace falta detallar las operaciones. Si tienes muy pocas lo puedes hacer porque es poco tiempo pero si hay muchas es un infierno. Yo las agrupo por broker. Trabajo con 3 brokers difierentes. En entidad emisora pongo por ejemplo ING, valor transmision la plusvalia o minusvalia y ya está. Llevo años haciéndolo así y nunca me han dicho nada
        Muchas gracias, Goldman. Me voy aclarando poco a poco...


        Subcero, efectivamente los gastos de custodia y administración de valores se deducen. A mí me aparecen en el borrador de forma automática. Es el caso de uno-e.
        En el caso de ING en el extracto de ejecuciones del broker ya viene incluido con la comisiones, pero que yo sepa solo te sirve eso para cuando vendas acciones, porque se calcula el precio final tanto el de compra como el de venta, con las comisiones correspondientes.
        Editado por última vez por rulita; 13/04/2016, 17:38:35.
        mi cartera

        Comentario

        • Subcero
          Member
          • oct
          • 227

          #64
          Originalmente publicado por rulita Ver Mensaje
          Subcero, efectivamente los gastos de custodia y administración de valores se deducen. A mí me aparecen en el borrador de forma automática. Es el caso de uno-e.
          En el caso de ING en el extracto de ejecuciones del broker ya viene incluido con la comisiones, pero que yo sepa solo te sirve eso para cuando vendas acciones, porque se calcula el precio final tanto el de compra como el de venta, con las comisiones correspondientes.
          Gracias Rulita.

          Entiendo que entonces el momento en el que se deducen/desgravan las comisiones de compra/venta y las de custodia es a la hora de vender únicamente porque es cuando se tiene en cuenta el importa bruto de compra y venta de las acciones (precio acciones + comisiones compra/venta), verdad?
          Por el momento no he vendido acciones así que no se aplicaría a mi caso. Perdón por insistir, pero es que todo el tema que rodea la declaración de la renta me resulta un poco complejo porque es la segunda vez que me toca hacerla

          Gracias!
          Promoción de 100€ para abrirte una cuenta broker en ING --> Escríbeme por privado!
          Promoción de 50€ para abrirte una cuenta nómina en ING --> Escríbeme por privado!

          Empezando mi proyecto a Largo Plazo

          Comentario

          • rulita
            Senior Member
            • mar
            • 955

            #65
            Las de compraventa a la hora de vender, pero no es que las pongas aparte, sino que el precio de compra es lo que te cuestan las acciones más comisión y el precio de venta se calcula igual (lo que te cuestan las acciones más la comisión -al fin y al cabo es lo que nos cuesta de forma efectiva-); las de custodia se deducen siempre, se deducen del cobro de los dividendos creo; lo voy a mirar en un minuto te digo.

            Efectivamente así es. Viene en la casilla 34 de la declaración.
            Editado por última vez por rulita; 13/04/2016, 18:33:57.
            mi cartera

            Comentario

            • Invertirenbolsa
              Administrator
              • feb
              • 30808

              #66
              Hola,

              esfperdy, las retenciones de los dividendos extranjeros van en la 528, sí.

              Gonzalor, las pérdidas de años anteriores van en la casilla 383. Pon sólo la cantidad que necesites compensar.

              En la 025 se ponen los dividendos brutos (españoles y extranjeros) y la retención en España (de los españoles y de los extranjeros), y en la 528 se pone el dividendo bruto extranjero, y la retención extranjera.

              molly, las ventas de acciones van en la 285, sí. Y las operaciones con derivados en la 300 (tipo 5).

              rulita, el maxímo que recuperas tiene como tope el tipo medio de gravamen, así que puedes recuperar menos de lo retenido en el extranjero. El impuesto de la Reina no se debe meter como retención, aunque hay gente que lo mete y se lo devuelven.

              No es obligatorio reclamar lo no recuperado al país extranjero, lógicamente.

              Las acciones (casilla 285) son el punto 1, sí. Se pueden agrupar. Entidad emisora es "BBVA", es texto libre, algo descriptivo. Si se agrupan, "Operaciones del broker X".

              Iru, lo tienes en la sección de Fiscalidad de las inversiones y pregunta todas las dudas que tengas.

              Subcero, las comisiones de mantenimiento de cada año se ponen en la casilla 025 (y luego aparecen en la 034). Las de compra y de venta no, esas se tienen en cuenta al vender, para calcular la plusvalía o minusvalía.


              Saludos.


              Gestionar dinero es algo que absolutamente todo el mundo, sin excepción, va a tener que hacer a lo largo de su vida. No solamente es imposible vivir sin gestionar dinero, sino que la forma en que se gestione es una de las cosas que más determinan la vida de una persona, para bien o para mal, en todos los sentidos. Libros publicados:

              "Conoce la Bolsa y deja de tenerle miedo (Todo el mundo puede aprender a invertir en Bolsa)" (Nota: Este libro es la "Guía para principiantes")
              "Educación financiera partiendo de cero (Aprenda a gestionar su dinero para transformar su vida)"
              "Cómo invertir en Bolsa a largo plazo partiendo de cero (Consiga la jubilación que se merece)"
              "Más cosas sobre la Bolsa (Aprende más para invertir mejor)"
              "Análisis técnico y velas japonesas para inversores de medio y largo plazo partiendo de cero (Es mucho más fácil de lo que crees)"
              "Opciones y futuros partiendo de cero (También es mucho más fácil de lo que crees)"
              "Pensiones públicas: La esclavitud de nuestra época (Así empobrecen a la población para controlarla y manipularla)"
              "¡Haz que el dinero sea tu amigo! (Te acompañará toda la vida)"
              Novela: "Proyecto Sal (¿Podrás cambiar el Mundo?)"
              "La Economía funcionará cuando TÚ la entiendas (Se trata de TU vida, de verdad)"
              "Novela: Tú a la UCO y yo a la UDEF (Firmes ante el Poder)"
              "Psicología para ganar dinero y tranquilidad con la Bolsa (Invierte mejor para vivir mejor)"
              "Papá, ¿Qué es el dinero? (Así educaría financieramente a mi hijo)"
              "Crea tu propia Asociación o Partido político (Es posible cambiar el Sistema)"
              "Libros para aprender idiomas con historias (storytelling)"

              Gregorio Hernández Jiménez en Youtube
              Gregorio Hernández Jiménez en Twitter
              Gregorio Hernández Jiménez en Instagram
              Gregorio Hernández Jiménez en Facebook
              Gregorio Hernández Jiménez en Linkedin

              Comentario

              • iban
                Member
                • feb
                • 462

                #67
                Y para rematar asesor fiscal!!! yo ya no tengo palabras.

                Gracias

                Comentario

                • proyecto33
                  Senior Member
                  • mar
                  • 1162

                  #68
                  Originalmente publicado por iban Ver Mensaje
                  Y para rematar asesor fiscal!!! yo ya no tengo palabras.

                  Gracias
                  Gregorio yo creo que si publicas un minilibro todos los años aclarando lo de la Renta y sus casillas mas de uno te lo compramos...piénsalo.

                  Comentario

                  • Rufo
                    Member
                    • ene
                    • 163

                    #69
                    Originalmente publicado por proyecto33 Ver Mensaje
                    Gregorio yo creo que si publicas un minilibro todos los años aclarando lo de la Renta y sus casillas mas de uno te lo compramos...piénsalo.
                    Yo entre ellos, mañana mismo

                    Comentario

                    • Iruxelc
                      Member
                      • sep
                      • 336

                      #70
                      compro sin pensar xD, maldita declaracion de la renta me hace sentir hasta mal, pensando que voy a hacer algo ilegal joder, por si hago algo mal.

                      Comentario

                      • xuanxo
                        Senior Member
                        • sep
                        • 1449

                        #71
                        Hola gente

                        A ver si me ayudan a solventar unas dudas.

                        - Cuando ha habido una venta de derechos, provenientes de acciones, (vamos, que no se el precio de compra de estos, pero sí el de venta), ¿cómo puedo computar estos en la declaración? ¿cómo consigo este dato de coste de compra, si desconozco a como se compensaban en su día?

                        - He tenido un abono por parte de una compañía de seguros. ¿donde lo reflejo?

                        - En el borrador, me indica que revise unos puntos, entre este que cito:
                        Rendimientos explicitos de capital mobiliario, base imponible del ahorro REA
                        Se han incorporado gastos en la casilla 34 de la base imponible del ahorro. Si corresponden a la base imponible general, modifique y traslade su contenido en la declaracion a la casilla 44, pag. 3.

                        Ignoro de que puede ser. ¿alguna idea a que se puede deber?

                        gracias

                        Comentario

                        • Rufo
                          Member
                          • ene
                          • 163

                          #72
                          Originalmente publicado por xuanxo Ver Mensaje
                          - En el borrador, me indica que revise unos puntos, entre este que cito:
                          Rendimientos explicitos de capital mobiliario, base imponible del ahorro REA
                          Se han incorporado gastos en la casilla 34 de la base imponible del ahorro. Si corresponden a la base imponible general, modifique y traslade su contenido en la declaracion a la casilla 44, pag. 3.

                          Ignoro de que puede ser. ¿alguna idea a que se puede deber?
                          Mira los "datos incorporados", y ahí te detalla lo que es, o al menos te da mas datos.

                          Las otras dos preguntas, no sé responderlas.

                          Un saludo

                          Comentario

                          • koinskyy
                            Member
                            • jun
                            • 37

                            #73
                            Hola,

                            ¿es en la casilla 383 dónde se ponen las minusvalías por venta de unas acciones para que se puedan compensar con los dividendos cobrados del 2015? Es que el programa PADRE no me deja incluir ninguna cantidad, la escribe en la pantalla pero luego no la lleva a la casilla correspondiente.

                            Muchísimas gracias por adelantado.
                            Un saludo
                            Editado por última vez por koinskyy; 15/04/2016, 20:45:40.

                            Comentario

                            • iban
                              Member
                              • feb
                              • 462

                              #74
                              Me he leído los post anteriores y sigo con dudas en los dividendos extranjeros.

                              Por seguir con el ejemplo del dividendo alemán de 100.
                              Cobro 100 y en origen me retienen 26
                              A España llegan 74 de los que me retienen el 19%, es decir 14.

                              En la casilla 528 entiendo que pongo dividendos cobrados 100 y retención 15.
                              ¿Pero en la casilla 025 que hay que poner? ¿Cobrados 100 y retenidos 26+14? ¿Cobrados 74 y retenidos 14?

                              Saludos
                              Ibán

                              Comentario

                              • Iruxelc
                                Member
                                • sep
                                • 336

                                #75
                                Dudas facilillas de momento xD (es mi primera vez que la quiero hacer yo)

                                a ver el programa padre de Bizkaia por lo que veo es diferente, porque aqui no hay numeros de casillas o por lo menos yo no mevo por ningun lado, alguien me lo puede confirmar?

                                Y otra duda el programa me pone ya las ventas que he realizado, las compras las tengo que meter yo a mano, hasta ahi bien, pero si por ejemplo:
                                tengo 3 compras de abertis a diferentes fechas, osea 3 lotes de acciones, y luego tengo solo 1 venta entera? que fecha de compra hay que poner? la primera de todas?

                                Luego tema dividendos extranjeros, yo uso IB que no manda nada a hacienda, puedo agrupar todos los dividendos cobrados supongo no? y la doble retencion internacional ni idea donde sale...
                                edit 1: yo no tengo doble retencion internacional, porque solo tengo lo retenido en origen que es el 15%.

                                Bueno pues eso si alguien sabe...

                                Un saludo y gracias!!
                                Editado por última vez por Iruxelc; 19/04/2016, 10:53:23.

                                Comentario

                                • josito83
                                  Member
                                  • dic
                                  • 76

                                  #76
                                  Buenas,

                                  estoy liado con el borrador, y me ha saltado el aviso de que tengo datos no incorporados, al mirarlos, he comprobado que son ventas de títulos sobrantes, de cuando hacen los scripts dividends.

                                  Entiendo que hasta que no venda las acciones, este dinero no debo incluirlo en la declaración, pero me ha saltado el aviso y ya me he mosqueado. ¿No hace falta que no meta en la declaración, no?

                                  Un saludo y gracias!

                                  Me auto respondo, ya que he visto la respuesta de forero CEN:
                                  "Hola, lo de los derechos es solo anotación informativa, no hay que ponerlo en la declaración hasta que vendas las acciones. "
                                  Editado por última vez por josito83; 19/04/2016, 17:11:05. Razón: Encontrada la respuesta

                                  Comentario

                                  • Felipe
                                    Member
                                    • jun
                                    • 77

                                    #77
                                    Originalmente publicado por Invertirenbolsa Ver Mensaje

                                    Las acciones (casilla 285) son el punto 1, sí. Se pueden agrupar. Entidad emisora es "BBVA", es texto libre, algo descriptivo. Si se agrupan, "Operaciones del broker X".

                                    Hola, Gregorio.

                                    Según creo, veo más sencillo agrupar todas las operaciones de un broker concreto en lugar de indicarlas todas y cada una por separado en la declaración.

                                    Entonces, ¿por qué razón alguien elegirá la opción de ir metiendo los datos de cada operación una por una? Parece más lógico, que todo el mundo agrupara todas las operaciones del broker, ¿no?

                                    Un saludo.

                                    Comentario

                                    • xuanxo
                                      Senior Member
                                      • sep
                                      • 1449

                                      #78
                                      Originalmente publicado por josito83 Ver Mensaje
                                      Buenas,

                                      estoy liado con el borrador, y me ha saltado el aviso de que tengo datos no incorporados, al mirarlos, he comprobado que son ventas de títulos sobrantes, de cuando hacen los scripts dividends.

                                      Entiendo que hasta que no venda las acciones, este dinero no debo incluirlo en la declaración, pero me ha saltado el aviso y ya me he mosqueado. ¿No hace falta que no meta en la declaración, no?

                                      Un saludo y gracias!

                                      Me auto respondo, ya que he visto la respuesta de forero CEN:
                                      "Hola, lo de los derechos es solo anotación informativa, no hay que ponerlo en la declaración hasta que vendas las acciones. "
                                      Hola

                                      No es que esté yo muy puesto, pero si ha habido ventas, creo que hay que incluirlas. Aúnque sea de derechos.
                                      Yo las he incluido.

                                      saludos

                                      Comentario

                                      • josito83
                                        Member
                                        • dic
                                        • 76

                                        #79
                                        Originalmente publicado por xuanxo Ver Mensaje
                                        Hola

                                        No es que esté yo muy puesto, pero si ha habido ventas, creo que hay que incluirlas. Aúnque sea de derechos.
                                        Yo las he incluido.

                                        saludos
                                        Hola,
                                        Creo que no, según lo leído en el foro, pero quedo a la espera de que alguien que este puesto en el tema lo confirme.

                                        Gracias por la respuesta!

                                        Comentario

                                        • xuanxo
                                          Senior Member
                                          • sep
                                          • 1449

                                          #80
                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Originalmente publicado por josito83 Ver Mensaje
                                          Hola,
                                          Creo que no, según lo leído en el foro, pero quedo a la espera de que alguien que este puesto en el tema lo confirme.

                                          Gracias por la respuesta!
                                          .

                                          Parece ser que tienes razón....

                                          Si eres accionista o tienes intención de comprar acciones, te interesa saber cómo tributan los derechos de suscripción preferente en la Declaración de la Renta. Este concepto también aparece en el reparto de dividendos en forma de acciones (Scrip Dividend).


                                          Aunque a partir del 2017, ya cambia.

                                          A cambiar el borrador de nuevo...jeje
                                          Editado por última vez por xuanxo; 20/04/2016, 08:45:54.

                                          Comentario

                                          Trabajando...
                                          X