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nuevos mensajes
  • yoe
    Senior Member
    • oct
    • 6924

    Originalmente publicado por DLS Ver Mensaje
    .

    No quiero ser pesimista pero un mundo futuro sin dinero en efectivo (en muchos sitios casi no existe) y acciones ómnibus etc. nos hace muy vulnerables. Me temo que si algunos gobernantes quieren hacer un "reset" de deudas lo tendrán fácil...

    Salu2
    No se si ocurrirá con las acciones, o con el ahorro, o ya está ocurriendo. En el fondo aumentar la presión fiscal hasta el extremo y obligar con penas astronómicas a informar hasta del último centimi que tengas en el extranjero, ya son formas de hacer "reset".

    un reset blando, pero reset al fin y al cabo.

    por el lado negativo, se me ocurre que un mercado único europeo permite por ejemplo una tasa tobin sin que nadie pueda escapar. Si quieres participar de uno de los mercados más grande del mundo vas a pasar por caja.

    Comentario

    • OsoPolar
      Member
      • nov
      • 351

      Edito post. Disculpad, error mío. Seguimos
      Archivos Adjuntos
      Editado por última vez por OsoPolar; 27/04/2016, 16:30:59.

      Comentario

      • Chris
        Senior Member
        • sep
        • 528

        Originalmente publicado por OsoPolar Ver Mensaje
        Bien no se si me quedo más tranquilo.... básicamente por la reputación de la fuente.

        Pero hay un punto que hemos comentado de pasada a veces en este u otros hilos y es el del certificado firmado de las acciones que tienes en el broker.

        Esto como se consigue?. Se le pide al broker?. Se le pide cada vez que varío mi cartera?. No sirve el extracto que tengo?. Porque si esto es así, por ejemplo, Interactive Brokers no lo tiene, que yo sepa, ING Direct tampoco. Si esta es nuestra "seguridad". como se hace?

        Comentario

        • Savrola
          Senior Member
          • ene
          • 577

          Los clientes de ING imagino que habréis recibido ayer, con nocturnidad y alevosía (el correo es de las 22.23h) la información sobre "Reforma del mercado de valores". En el texto solo anuncian el cambio de la fecha de pago de dividendos y que las operaciones pasan a estar gestionadas por la cuenta de segregación en lugar de individual. Adjuntan la modificación del contrato de custodia que son 8 páginas de letra minúscula.

          Si no fuera por lo que se dice en este foro yo no me hubiera enterado de lo que supone realmente el cambio.

          Dudo que nos compensen esa pérdida en seguridad con una rebaja de comisiones.

          Comentario

          • mavasan99
            Senior Member
            • jul
            • 569

            Al final, la única forma de proteger el patrimonio propio es la diversificación.

            Comentario

            • inversor esencial
              Member
              • jun
              • 118

              Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
              Bien no se si me quedo más tranquilo.... básicamente por la reputación de la fuente.
              Hola Chris...

              La reputación d ela fuente, ¿es buena, o no tan buena?

              Saludos!
              Mi hilo está aquí: inversor esencial

              Comentario

              • Arturo
                Member
                • sep
                • 320

                3. TARIFA POR MANTENIMIENTO DE CUENTA ABIERTA
                Cada tipo de Cuenta tendrá un coste anual asociado, que se liquidará trimestralmente.
                - Cuenta Diaria y Cuentas Propias: sin coste.
                - Cuenta de Clientes con Segregación Ómnibus: 1.000 Euros/año.
                - Cuenta de Cliente Individual y Cuenta de Cliente con Segregación Individualizada: 1.000Euros/año.
                - Cuenta Individual Especial de Intermediario Financiero (y la Cuenta Individual que el Intermediario Financiero use como cuenta propia): 1.000 Euros/año.
                Extraído de las tarifas de BME Clearing

                Entiendo que ningún bróker "normal" está en disposición de ofrecer cuentas con segregación individualizada si la comisión por cuenta son 1000 € al año.

                Lo dicho, espero que por lo menos BME mejore beneficios con esta "normalización" del mercado europeo.
                «Toda frase breve acerca de la economía es intrínsecamente falsa», Alfred Marshall.

                Comentario

                • Chris
                  Senior Member
                  • sep
                  • 528

                  Originalmente publicado por inversor esencial Ver Mensaje
                  Hola Chris...

                  La reputación d ela fuente, ¿es buena, o no tan buena?

                  Saludos!

                  Creo que no deberíamos empezar una discusión sobre esto en este hilo, que debería concentrarse en en tema del cambio de negociación.

                  En todo caso, la fuente no merece mucha credibilidad, aunque algunas de las cosas que dice pueden ser ciertas y tienen su lógica.

                  Si quieres más información, creo que el post adecuado para seguir es http://www.invertirenbolsa.info/foro...tres-pacientes (ultimas entradas...)

                  Comentario

                  • inversor esencial
                    Member
                    • jun
                    • 118

                    Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
                    Creo que no deberíamos empezar una discusión sobre esto en este hilo, que debería concentrarse en en tema del cambio de negociación.

                    En todo caso, la fuente no merece mucha credibilidad, aunque algunas de las cosas que dice pueden ser ciertas y tienen su lógica.

                    Si quieres más información, creo que el post adecuado para seguir es http://www.invertirenbolsa.info/foro...tres-pacientes (ultimas entradas...)
                    Ok, me parece acertada la observación.

                    Gracias por el enlace.

                    Saludos
                    Mi hilo está aquí: inversor esencial

                    Comentario

                    • saysmus
                      Senior Member
                      • oct
                      • 2502

                      Hala venga! Más tranquilidad....

                      Los brókeres avisan de que la reforma de la Bolsa elevará las compras fallidas


                      Libros de inversión, finanzas, economía, juegos de mesa de finanzas y más en: Invirtiendo Poco a Poco

                      Blog: Invirtiendo Poco a Poco
                      Twitter: @invirtiendopap

                      Comentario

                      • OsoPolar
                        Member
                        • nov
                        • 351

                        Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
                        Creo que no deberíamos empezar una discusión sobre esto en este hilo, que debería concentrarse en en tema del cambio de negociación.

                        En todo caso, la fuente no merece mucha credibilidad, aunque algunas de las cosas que dice pueden ser ciertas y tienen su lógica.

                        Si quieres más información, creo que el post adecuado para seguir es http://www.invertirenbolsa.info/foro...tres-pacientes (ultimas entradas...)


                        No estaba al tanto del tema. Disculpad...!

                        Comentario

                        • Tamaki
                          Senior Member
                          • feb
                          • 4144

                          "los clientes de Interdin que tuvieran saldos en efectivo recibirán una comunicación del Fogain para que informen del importe de dichos saldos. Por el contrario, los que tuvieran valores (bonos, acciones o participaciones en fondos de inversión de otras gestoras) simplemente tienen que dar a Interdin la orden de traspasar dichos títulos a cualquier otra entidad de su elección. Eso se debe a que, como explica la CNMV en el comunicado para los clientes de Banco Madrid, "los clientes de Banco de Madrid podrán disponer de sus valores y fondos de inversión traspasando su cartera a otra entidad de su elección ya que en ningún caso forman parte del balance ni son propiedad de la entidad en concurso".

                          "la obsesión de la CNMV desde el principio ha sido apartar el patrimonio de los inversores de dicha masa, ya que es propiedad de los clientes y no de la entidad. Para ello, adoptó una política de tierra quemada antes siquiera de que se designara administrador, con el nombramiento de Cecabank como depositaria de los fondos y sicav de Banco Madrid, y de Renta 4 como gestora de los mismos. Un portavoz de la CNMV explica que "el objetivo de la CNMV, con la normativa en la mano, es que los titulares de valores y los partícipes de los fondos no sean 'absorbidos' por la masa concursal y puedan recuperar su dinero, es decir, que no se vean afectados por el concurso, más allá del valor de sus activos".

                          La CNMV asegura que la ley está de su parte


                          "Para afianzar su posición ante el administrador, la CNMV incluye un argumento jurídico en su comunicación a los clientes de Banco Madrid: "En efecto, el traslado de la custodia de los valores de un cliente de Banco Madrid a otra entidad está permitido y debe atenderse en cualquier caso aun en la situación de concurso de acreedores en que se encuentra inmersa la entidad."
                          MI CARTERA

                          Comentario

                          • Cristiandj
                            Member
                            • dic
                            • 167

                            Madre mia , esto no se sabe ni como cogerlo ahora todo el mundo que queramos estar un poco mas seguro tendremos que cambiar toda la cuenta de valores a otro broker con sus comisiones que conlleva y dudo que quede alguna que lo sigan teniendo en nominativo con los gastos que les lleva asi que podeis ayudarme o decirme que es lo que vais/vamos hacer?
                            Gracias de antemano

                            Mi hilo: Por un futuro mejor

                            Comentario

                            • propietario
                              Junior Member
                              • abr
                              • 25

                              Hola a todos,

                              Voy a intentar aportar algo de luz ante la alarmante falta de información por parte de nuestros brokers.

                              He recurrido a la fuente más fiable, la Ley de Mercados y Valores: https://www.boe.es/boe/dias/2015/10/...2015-11435.pdf

                              Hay un apartado que habla sobre si un broker entra en concurso, lo que yo entiendo es que nuestras acciones están separadas por ley del balance del broker y que podemos pedir que las trasladen a otro broker. Además, si el broker no tuviera suficientes acciones para cubrir las nuestras (porque haya cometido algún fraude) pasamos a ser acreedores del broker. Creo que en un concurso los acreedores son los primeros en cobrar.

                              Resumiendo, estamos muy bien protegidos ante cualquier problema que pueda surgir.

                              No obstante os dejo el texto porque creo que puedo haber cometido algún error de interpretación (el lenguaje legal no es lo más claro del mundo):


                              Artículo 15. Traslado de valores y regla de la prorrata.


                              1. Declarado el concurso de una entidad encargada de la llevanza del registro de valores representados mediante anotaciones en cuenta o de una entidad participante en el sistema de registro, los titulares de valores anotados en dichos registros gozarán del derecho de separación respecto de los valores inscritos a su favor y lo podrán ejercitar solicitando su traslado a otra entidad, todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 102.2 y 193.2.e).

                              2. A efectos de lo previsto en este artículo, el Juez del concurso y los órganos de la administración concursal velarán por los derechos que deriven de operaciones en curso de liquidación en el momento en que se declare el concurso de alguna de las entidades a las que se refiere el apartado anterior, atendiendo para ello a las reglas del correspondiente sistema de compensación, liquidación y registro.


                              3. Los depositarios centrales de valores y demás entidades encargadas de la llevanza del registro de valores representados mediante anotaciones en cuenta garantizarán la integridad de las emisiones de valores. Los sistemas de registro gestionados por depositarios centrales de valores deberán ofrecer las suficientes garantías para que no existan descuadres entre el registro central y los registros de detalle. A tal fin, además de lo dispuesto en esta ley, reglamentariamente se establecerán los mecanismos

                              de supervisión a cargo de los depositarios centrales de valores y los sistemas de control de sus entidades participantes, las situaciones en las que las posibles incidencias tendrán que ser notificadas a las autoridades supervisoras, así como los mecanismos y plazos
                              para la resolución de las mismas.


                              4. En todo caso y sin perjuicio de lo previsto en el apartado anterior, cuando los saldos de valores con un mismo código de identificación ISIN (International Securities Identification Number) anotados en el conjunto de cuentas generales de terceros de una entidad participante en el registro central no resulten suficientes para satisfacer completamente los derechos de los titulares de los valores con el mismo código de identificación ISIN inscritos en el registro de detalle mantenido por dicha entidad participante, se distribuirá el saldo anotado en dicho conjunto de cuentas generales deterceros a prorrata según los derechos de los titulares inscritos en el registro de detalle.Los titulares perjudicados ostentarán un derecho de crédito frente a la entidad participantepor los valores no entregados.

                              5. Cuando existan derechos reales limitados u otra clase de gravámenes sobre losvalores, y sin perjuicio de los pactos entre el garante y el beneficiario de la garantía, unavez aplicada la regla de la prorrata, dichos gravámenes se entenderán constituidos sobreel resultado de la prorrata y de los créditos frente a la entidad participante que, en su caso,existan por la parte no satisfecha en valores.

                              Comentario

                              • OsoPolar
                                Member
                                • nov
                                • 351

                                Originalmente publicado por Cristiandj Ver Mensaje
                                Madre mia , esto no se sabe ni como cogerlo ahora todo el mundo que queramos estar un poco mas seguro tendremos que cambiar toda la cuenta de valores a otro broker con sus comisiones que conlleva y dudo que quede alguna que lo sigan teniendo en nominativo con los gastos que les lleva asi que podeis ayudarme o decirme que es lo que vais/vamos hacer?
                                Gracias de antemano
                                ....lo que deberíamos hacer es montar un broker de B&H con custodia indiviual.
                                Siento responder medio en coña pero esto supera mi capacidad (que tampoco es mucha). Recuerdo que una de mis primeras consultas cuando me inicié en el B&H a Gregorio a través de algún hilo fue si existía la posibilidad de custodiar tus propias acciones, aunque fuera en papel. No recuerdo respuesta satisfactoria en este sentido.
                                Entiendo que quien "juega" a la bolsa a comprar y vender no le interesa el tema de la custodia. Pero aquellos que compramos sin ninguna intención de vender no entiendo por qué no existe solución para nosotros... realmente tenemos necesidades muy diferentes a los especuladores.
                                Editado por última vez por OsoPolar; 27/04/2016, 16:40:52.

                                Comentario

                                • OsoPolar
                                  Member
                                  • nov
                                  • 351

                                  Originalmente publicado por propietario Ver Mensaje
                                  Los titulares perjudicados ostentarán un derecho de crédito frente a la entidad participantepor los valores no entregados.[/I]

                                  Alguna idea de lo que vale un derecho de crédito frente a una entidad que ha muerto? En ese sentio me refiero tambien al "timing" del proceso. Existe algun precedente similar (ya imagino que con cuentas omnibus no)?

                                  Comentario

                                  • spas
                                    Senior Member
                                    • nov
                                    • 726

                                    Sí, además de volver a las acciones en papel deberíamos también recuperar la negociación bajo el sistema de corros y abolir el dinero de plástico...

                                    Vamos a ver, un poco de cordura. Lo que se está haciendo en España es igualarse a los sistemas de negociación y custodia que llevan años implantados en Europa. En países como Reino Unido, Alemania y Holanda; que nos son repúblcias bananeras precisamente. Y ya no os digo en Estados Unidos, en el que este tipo de cuentas llevan funcionando y asegurando protección al patrimonio de millones de ahorradores durante años.

                                    No veáis fantasmas donde no los hay. Si os quedáis más tranquilos diversificad la cartera en un par de brokers sistémicos, conocidos y regulados. Centraros en invertir bien, seleccionar buenas empresas y ser felices.

                                    Abrazos

                                    Comentario

                                    • AveFenix+20
                                      Senior Member
                                      • feb
                                      • 1321

                                      Gracias a todos por los aportes.
                                      Cartera ING: 🇪🇦 TEF-IDR-SAN-BBVA-CBK-SAB-BKT-MAP-GCO-LDA-REE-ENG-IBE-NTGY-ELE-REP-AENA-LOG-ACS-FER-ANA-FCC-MRL-COL-GEST-CIE-TLGO-VDR-MCM-IBG-GRF-FAE-EBRO-VIS-ITX; 🇬🇧 BRBY-DGE-BATS; 🇺🇲 TROW-MMM-GIS-ADM-KMB-NKE 🇨🇳 BABA (ADR).

                                      Mi hilo personal: http://www.invertirenbolsa.info/foro...-Avef%E9nix-20
                                      ​​​​​

                                      Comentario

                                      • frst88
                                        Member
                                        • oct
                                        • 174

                                        Originalmente publicado por Cristiandj Ver Mensaje
                                        Madre mia , esto no se sabe ni como cogerlo ahora todo el mundo que queramos estar un poco mas seguro tendremos que cambiar toda la cuenta de valores a otro broker con sus comisiones que conlleva y dudo que quede alguna que lo sigan teniendo en nominativo con los gastos que les lleva asi que podeis ayudarme o decirme que es lo que vais/vamos hacer?
                                        Gracias de antemano
                                        A cual? ninguno te va a ofrecer cuentas nominativas, el mínimo a pagar son 1.000€ anuales

                                        En todo el mundo se funciona así, no se acaba el mundo, ahora lo que toca es que eliminen las comisiones de custodia ya que ahora ya no custodian nada
                                        Blog Finanzasmania

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                                        • OsoPolar
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                                          • nov
                                          • 351

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          A ver, pregunta sin coñas, esto que acaban de hacer es un cambio de condiciones de contrato por lo tanto tenemos derecho a desistir el contrato... y por lo tanto a traspasar las acciones de forma gratuita.

                                          Me equivoco?

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