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nuevo sistema de compensacion, registro y liquidacion

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nuevos mensajes
  • solacros
    Member
    • jul
    • 348

    Originalmente publicado por spas Ver Mensaje
    Centraros en invertir bien, seleccionar buenas empresas y ser felices.
    No lo podría haber dicho mejor.
    Wall Street gana su dinero en base a la actividad, yo gano dinero en base a la inactividad. (en ello estoy :P)

    Comentario

    • OsoPolar
      Member
      • nov
      • 351

      Originalmente publicado por solacros Ver Mensaje
      No lo podría haber dicho mejor.
      Cierto. Centrarse ahora en econtrar un buen broker con buenas condiciones puesto que el anterior (ING) ha perdido su aliciente principal, es una forma de centrarse en invertir bien.

      Como decía, sabemos si esta modificación unilateral del contrato permite desistir de forma gratuita (traspasando la cartera a otro borker)?

      Comentario

      • frst88
        Member
        • oct
        • 174

        Originalmente publicado por OsoPolar Ver Mensaje
        Cierto. Centrarse ahora en econtrar un buen broker con buenas condiciones puesto que el anterior (ING) ha perdido su aliciente principal, es una forma de centrarse en invertir bien.

        Como decía, sabemos si esta modificación unilateral del contrato permite desistir de forma gratuita (traspasando la cartera a otro borker)?
        En mi opinión no, porque no hay ningún broker que te ofrezca ese producto ya, por tanto no puedes justificar que te vas al broker X que si me ofrece lo que antes tenía

        Además de que es un cambio normativo obligado para todos
        Blog Finanzasmania

        Comentario

        • OsoPolar
          Member
          • nov
          • 351

          Estamos seguros?
          A mi me ha parecido entender que existe la posibilidad de tener cuenta nominativa. Es decir, el banco decide que no quiere pagar el sobrecoste de mantener su trato conmigo y me cambia el trato de forma unilateral.
          El banco podría asumir el coste de mantener mi cuenta nominativa tal y como era hasta ahora. No quiere. Cambia los términos del contrato de forma unilateral... pues tendría que avisar con x días de antelación y darme la opción a desistir sin perjuicio económico.

          digo yo...

          Comentario

          • DanielF
            Senior Member
            • abr
            • 752

            El problema es que no es el banco quien cambia las condiciones del contrato unilateralmente, sino que éstas les vienen impuestas por la nueva regulación del mercado.

            Si quieres una cuenta nominativa, a partir de ahora toca pagar 1.000€/mes quien la quiera tener....

            Ahora me surge otra duda, al pasar a cuentas generalistas las empresas dejan de saber quienes son sus accionistas?
            Hasta ahora nos enviaban directamente a nuestro domicilio correo postal con balances, informes, perspectivas de futuro... etc porque tenian nuestros datos al ser un registro nominativo de los accionistas (salvo los de cuentas omnibus)... a partir de ahora como van a tener esos datos?

            Comentario

            • mavasan99
              Senior Member
              • jul
              • 569

              yo ya me mareo de tanto leer diferencias entre cuentas omnibus y nominativas y ya no sé ni qué es mejor,

              voy a ir al grano, a lo que realmente interesa a ver si me sabéis responder:

              la normativa que protege las cuentas corrientes frente la quiebra de un banco; mediante la cual el banco de españa cubre hasta 100.000€ (creo que 40.000€ el banco holandés que cubre a ING)
              ¿se aplica también en las cuentas de valores?

              saludos.

              Comentario

              • DanielF
                Senior Member
                • abr
                • 752

                En ING (matriz en Holanda) la garantia de depositos cubre hasta 20.000€

                Comentario

                • packor
                  Senior Member
                  • sep
                  • 534

                  Se ha repetido cientos de veces.
                  Las "garantías", son 100.000€ en las cuentas, y 20.000€ en las inversiones.


                  ¿Mis fondos en ING DIRECT están cubiertos por el Fondo de Garantía de Depósitos?
                  ING DIRECT opera con la supervisión del Banco Central de Holanda y la cobertura del Sistema de Garantía de Depósitos Holandés:

                  Esto implica una protección de hasta 100.000 euros por titular, que es la misma cantidad que se garantiza en España. Por ejemplo, si eres titular de una cuenta en ING DIRECT, dispondrás de una garantía hasta 100.000 euros. Si en tu cuenta hay 2 titulares, entre ambos recibiréis como garantía hasta 200.000 euros. Y si además, tienes un hijo menor de edad y es titular de una cuenta de menores, tendrás asegurados hasta otros 100.000 euros adicionales.

                  El Sistema de Garantía de Depósitos se constituye en todos los países miembros de la Unión Europea como desarrollo de la directiva comunitaria 94/19/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 30 de mayo de 1994, relativa a los sistemas de garantía de depósitos.

                  También contamos con la supervisión del Banco de España, la CNMV y la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones:

                  ING DIRECT, al igual que todos los bancos que operan en España, está sujeto a la normativa del Banco de España (inscrito como sucursal en el registro del Banco de España con el nº 1465) y además es miembro de la Asociación Española de Banca (AEB).

                  Los productos de inversión que comercializamos cuentan con las coberturas otorgadas por la regulación española:

                  · Los Planes de Pensiones NARANJA son gestionadas por entidades establecidas en España y supervisadas por la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGS)

                  · Los Fondos de Inversión comercializados por ING DIRECT se encuentran bajo supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV).

                  · Las acciones depositadas en ING DIRECT a través del servicio Broker NARANJA se encuentran bajo supervisión de la Comisión Nacional del Mercado de Valores y adicionalmente cuentan con la garantía del Sistema de Garantía de Inversiones Holandés.
                  Respuestas a las preguntas más frecuentes acerca del banco online ING: ¿cómo obtener el código IBAN?, ¿qué es SEPA?, ¿están mis ahorros protegidos?


                  S2.

                  Comentario

                  • Dieg0_14
                    Member
                    • ene
                    • 182

                    Acabo de preguntar a mi (otro) broker Ahorro.com acerca de la reforma y el cambio a cuentas "omnibus" y me han contestado lo siguiente:

                    "En cuanto a la Reforma, le indicamos un texto explicativo.

                    Nos ponemos en contacto con Ud. en relación con la preocupación mostrada sobre las implicaciones de la Reforma del Sistema de Compensación, Liquidación y Registro de valores en el mercado español de renta variable, que entrará en vigor el próximo día 27 de abril de 2016.

                    A continuación queremos aclararle algunos aspectos de su actual situación y de las implicaciones que la referida reforma tiene en su operativa, que como podrá comprobar, son relevantes a nivel del mercado financiero, pero muy reducidos en lo que a Ud. le respecta:

                    - Ante todo y para su confort, sus posiciones en productos financieros (renta fija, renta variable, derivados, fondos de inversión, liquidez, etc), se mantienen como hasta ahora registrados en una cuenta valor (la “Cuenta Valor”) abierta a su nombre de forma individual en Ahorro Corporación Financiera, S.V., S.A. (“ACF”). Este aspecto no cambia.


                    - Asimismo, esta fase de la Reforma únicamente afecta a la Renta Variable Española (su operativa en Bolsa Española), por lo que toda su operativa en otros productos no se ve afectada, y se seguirá actuando como hasta ahora (derivados, fondos de inversión, renta fija privada y pública, etc).

                    - Respecto a la Renta Variable nacional, el principal cambio es que se incluye un nuevo proceso compensación, liquidación y registro, del que destacamos:

                    Ø Compensación: Aparece la nueva figura de la compensación, que antes no existía en nuestra regulación. En este sentido, surge la figura de BME Clearing como entidad de contrapartida central (ECC) encargada de compensar las operaciones (hacer de comprador en todas las operaciones de venta, y vendedor en todas las de compra, para todas las operaciones del mercado español). Por ello, es necesario que los intermediarios en el mercado se hagan miembros de BME Clearing y aperturen cuentas en el mismo para poder compensar las operaciones ejecutadas en el mercado en nombre de sus clientes. A estos efectos, le informamos del tipo de cuenta que ACF (o en su caso, CECABANK, S.A.) va a utilizar para esta nueva operativa de compensación es una Cuenta de clientes con segregación general, llevando ACF el registro de detalle de la misma.


                    Ø Registro: Una vez compensadas las operaciones, se liquidan y registran las mismas a través de las cuentas abiertas en IBERCLEAR, que como Depositario Central de los Valores es el encargado del Registro Central. La Reforma introduce como novedad que en el Registro Central se pueda abrir un nuevo tipo de cuenta gestionada por la entidad participante pero abierta en nombre del cliente (Cuentas individuales de terceros). No obstante, ACF continuará, a través de CECABANK, S.A., registrando las operaciones en el Registro Central utilizando cuentas generales de tercero, como venía realizando hasta la fecha, sin perjuicio de la existencia y llevanza del Registro de detalle por parte de ACF donde figuran sus posiciones individualizadas, que se corresponde con los valores que usted tiene registrados en su Cuenta Valor de forma individual y segregada. Prácticamente la totalidad del sector ha optado por este tipo de cuentas.


                    Sin perjuicio de lo anterior y para su tranquilidad, sus posiciones estarán siempre registradas es su Cuenta Valor en ACF de forma individual como hasta ahora, y la utilización de las cuentas globales en BME CLEARING e IBERCLEAR, es la práctica habitual en los mercados financieros internacionales, que tras la reforma se ha implantado en España para la Renta Variable nacional.


                    Esperamos que la presente aclaración y explicación le haya tranquilizado, poniéndonos a su disposición para cualquier aclaración adicional que requiera.
                    Reciba un cordial saludo,"

                    Llama la atención la coletilla de que "el registro seguirá como hasta ahora" porque, según tengo entendido, ACF utilizaba cuentas nominativas.

                    Lo bueno de este broker, que ya comenté, en su día es que está adherido al FOGAIN y sus comisiones no son muy malas....¿qué opinais?
                    Mi proyecto de futuro

                    Mi cartera

                    Comentario

                    • Chris
                      Senior Member
                      • sep
                      • 528

                      Tengo una pregunta relacionada con este cambio. Hasta ahora, los brokers con cuentas Omnibus no aceptaban traspasos entrantes de acciones.

                      Con esta reforma, no podremos traspasar acciones de un broker a otro?

                      Comentario

                      • OsoPolar
                        Member
                        • nov
                        • 351

                        Originalmente publicado por DanielF Ver Mensaje
                        El problema es que no es el banco quien cambia las condiciones del contrato unilateralmente, sino que éstas les vienen impuestas por la nueva regulación del mercado.

                        Si quieres una cuenta nominativa, a partir de ahora toca pagar 1.000€/mes quien la quiera tener....

                        Ahora me surge otra duda, al pasar a cuentas generalistas las empresas dejan de saber quienes son sus accionistas?
                        Hasta ahora nos enviaban directamente a nuestro domicilio correo postal con balances, informes, perspectivas de futuro... etc porque tenian nuestros datos al ser un registro nominativo de los accionistas (salvo los de cuentas omnibus)... a partir de ahora como van a tener esos datos?


                        Te lo pondré de otra forma.

                        Se trata de un cambio de comisiones. Ahora me cobran 1.000€ al mes para lo que antes me cobraban 11€/valor/semestre si no hacía ninguna compra durante ese semestre, o bien me cambian el contrato a otra cosa que no quiero y que no es la que tenía.

                        Ante este cambio de precios de comisión, tengo derecho a no aceptarlo y desistir el contrato (traspasar) sin que eso me genere un coste?

                        Comentario

                        • bernard.madox
                          Junior Member
                          • dic
                          • 16

                          Editado
                          Editado por última vez por bernard.madox; 28/04/2016, 23:28:00.

                          Comentario

                          • bernard.madox
                            Junior Member
                            • dic
                            • 16

                            Hola a todos,

                            Desde que inicie este hilo en el foro a principios de diciembre hasta hoy he aprendido mucho sobre como funciona en españa el registro, la compensacion y la liquidacion de valores. Gracias todos los que habeis aportado informacion en este hilo.

                            Me queda claro que hemos malinterpretado muchos de nosotros conceptos basicos de bolsa, el principal concepto erroneo es el termino "acciones nominativas". muchos sino todos pensabamos que eso significaba que en RCV (registro central de valores, iberclear vamos) teniamos una cuenta a nuestro nombre , con nuestro nif y nuestra acciones. Gran error, iberclear jamas admitio cuentas nominativas, podeis leer las respuesta de BME a las preguntas de Gregorio en las primeras paginas de este hilo.
                            Hemos visto como los broker sin mentir no nos han dicho la verdad durante años. Lo que ellos llaman nominativas no era otra cosa que una cuenta global para todos sus clientes en RCV y un registro INTERNO Y NOMINATIVO con el detalle de esa cuenta.

                            Conclusiones, la reforma apenas cambia nada en el registro de valores todo sigue igual, cuenta global en RCV y detalle en el broker.
                            Lo preocupante para mi, que casi nadie conociera realmente como funcionaba el registro de valores español, que llevamos años huyendo de broker low cost y de acciones extranjeras por miedo a las omnibus mientras teniamos todas nuestras acciones en ese mismo tipo de cuentas pagando una pasta de comisiones....
                            El cambio importante se da en la liquidacion y compensacion y de eso se habla menos pero aqui si que hay cambios y aumento de la inseguridad( en mi opinion).

                            En fin a ver que pasa los proximos meses, suerte a todos.

                            Un saludo.

                            Comentario

                            • mavasan99
                              Senior Member
                              • jul
                              • 569

                              Originalmente publicado por packor Ver Mensaje
                              Se ha repetido cientos de veces.
                              Las "garantías", son 100.000€ en las cuentas, y 20.000€ en las inversiones.
                              muchas gracias por la respuesta packor, entonces, si quiebra el banco/broker ¿el banco de españa me cubre hasta 20.000€ mi cuenta de valores?

                              gracias.
                              saludos.

                              Comentario

                              • spas
                                Senior Member
                                • nov
                                • 726

                                Cómo q el Banco de España??? Leed las condiciones de ING. El fondo de garantía holandés. Sería de traca, quiebra una compañía holandesa y responde el Banco de España. En tal caso no sería el Banco de España sino el fondo español diseñado para ello.

                                Mavasan como buen novato te recomiendo leer las condiciones de los brokers. Allí se explica todo. Tómate tu tiempo

                                Comentario

                                • Subcero
                                  Member
                                  • oct
                                  • 227

                                  Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
                                  Tengo una pregunta relacionada con este cambio. Hasta ahora, los brokers con cuentas Omnibus no aceptaban traspasos entrantes de acciones.

                                  Con esta reforma, no podremos traspasar acciones de un broker a otro?
                                  Me uno a esta pregunta de Chris, porque aunque aun no lo he decidido, es bastante probable que cambie de ING a Interactive Brokers. ¿Alguien puede arrojar algo de luz sobre esto?

                                  Muchas gracias de antemano!
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                                  Empezando mi proyecto a Largo Plazo

                                  Comentario

                                  • mavasan99
                                    Senior Member
                                    • jul
                                    • 569

                                    Originalmente publicado por spas Ver Mensaje
                                    Cómo q el Banco de España??? Leed las condiciones de ING. El fondo de garantía holandés. Sería de traca, quiebra una compañía holandesa y responde el Banco de España. En tal caso no sería el Banco de España sino el fondo español diseñado para ello.

                                    Mavasan como buen novato te recomiendo leer las condiciones de los brokers. Allí se explica todo. Tómate tu tiempo
                                    gracias por la resupuesta,
                                    sí, bueno, ya sé que ing es holandés, pero yo me refería a los bancos españoles, me gustaría saber como actúa el fondo de garantía español frente a las cuentas de valores,
                                    es que todo lo que leo referente al fondo de garantía se habla de que cubre "depósitos de valores con importes garantizados"
                                    y no sé exactamente que es eso.
                                    y bueno que, a parte de saber las condiciones de cada broker, como tú bien dices, también es importante saber si se tiene cobertura por el fondo de garantía.

                                    saludos.

                                    P.D: he encontrado este artículo en referencia a esto, está bastante bien explicado
                                    ¿Son los depósitos los únicos productos asegurados por el Fondo de Garantía de Depósitos (FGD)? Por su nombre es fácil pensar que sí, pero lo cierto es que hay más productos financieros que están garantizados por el FGD.

                                    por lo visto es el fogain (fondo garantía de inverisiones) el que te cubre la cuenta de valores en caso de quiebra del depositario

                                    por lo visto cubre hasta 100.000€ como el fgd (fondo garantía de depósitos) por persona y entidad
                                    esta es la lista de entidades cubiertas por el fogain
                                    Editado por última vez por mavasan99; 29/04/2016, 15:06:16.

                                    Comentario

                                    • saysmus
                                      Senior Member
                                      • oct
                                      • 2502

                                      Originalmente publicado por Chris Ver Mensaje
                                      Tengo una pregunta relacionada con este cambio. Hasta ahora, los brokers con cuentas Omnibus no aceptaban traspasos entrantes de acciones.

                                      Con esta reforma, no podremos traspasar acciones de un broker a otro?
                                      Yo creo que esto era debido a traspaso de carteras entre cuentas nominativas y ómnibus. Ahora que todas son ómnibus no debería haber ningún problema.

                                      Un saludo!
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                                      Comentario

                                      • austero
                                        Junior Member
                                        • ene
                                        • 10

                                        Hola a todos,

                                        Lo primero decir que soy fan de los libros de Gregorio y coincido con el en muchas cosas de las que dice (Bueno hasta ahora, este cambio de escenario con las cuentas omnibus cambia muchas cosas para mi claro).

                                        Llevo 5 años en esto de la bolsa, y siempre creí que con ING mis acciones eran nominativas (igual he estado confundido todo este tiempo) con la seguridad jurídica que ello me daba, comparable a la inversión en pisos.
                                        Es más siempre se ha dicho que al ser nominativas aunque incluso hubiese una guerra mundial, eran inversiones muy seguras porque pasada la guerra, las acciones seguían siendo tuyas y sus beneficios correspondientes.

                                        Para mí con este cambio de escenario a cuentas omnibus, la seguridad jurídica de las acciones no es mayor que la de cualquier otro producto financiero (fondos pensiones, ETF, etc), que en mi opinión ahora es mucho menor que por ejemplo la inversión inmobiliaria (cosa que antes si era comparable).

                                        Por lo tanto, ahora ya me parece de alto riesgo tener todo el patrimonio de una vida invertido en acciones omnibus. No tiene mucho sentido que diversifiquemos en 20 empresas y en distintos países por diversificar el riesgo, y que todo nuestro patrimonio dependa de renta4, degiro, ahorro.com o el broker que sea, por mucho que me digan que no pasa nada. La historia esta llena de quiebras de empresas y muy grandes. Para mi no es muy lógico pensar que hay que diversificar porque Coca Cola, o REE pueden quebrar, pero renta4 es muy improbable que quiebre.

                                        Analizada la nueva situación, siempre me gusta buscar soluciones a los problemas. Se me ocurren algunas posibles soluciones:

                                        - Diversificar en brokers- pero claro si se recomienda diversificar en al menos 10-20 empresas, para mi el riesgo ahora es similar o mayor con los brokers, con lo cual tendríamos que diversificar en 10-20 brokers.....ufff un follón....

                                        - Diversificar en tipo inversiones - La inversión inmobiliaria, en taxis, etc ahora creo que ganan mas valor.

                                        - Buscar la posibilidad de tener acciones nominativas - No creo que sea ilegal ni imposible tener acciones nominativas (aunque a lo mejor solo es para los ricos).
                                        Conozco una persona que ya es mayor y tiene acciones del Santander heredadas de su padre. Esas acciones deben ser de los años 60 que estoy casi seguro que en esa época eran nominativas (igual debe tener hasta certificado o contrato de esas acciones). ¿Y ahora que pasa? ¿se las roban? ¿pasan a ser propiedad de un broker?

                                        ¿Y que pasa con Bill Gates, Amancio Ortega, etc, no tienen acciones nominativas a nombre de sus empresas?¿van a poner todo su inmenso patrimonio en manos de unos pequeños broker comparados con sus fortunas?
                                        ¿O es que de lo que se trata es de lo de siempre, que los ricos tienen empresas de inversión que esas si pueden ser propietarias de acciones nominativas con su seguridad jurídica y el pueblo solo puede tener omnibus?

                                        Agradecería que Gregorio o alguna otra persona nos explicase este último punto y si es posible tener acciones nominativas o es totalmente imposible e ilegal. Y cual sería el sistema para tenerlas (crear una sociedad de inversión, etc). Muchas gracias.

                                        Un saludo

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                                        • Tamaki
                                          Senior Member
                                          • feb
                                          • 4147

                                          Libros de Gregorio Hernández Jiménez (invertirenbolsa.info)
                                          Es posible tener una cuenta de segregacion individual (ISA)
                                          El titular serias tu conjuntamente al Broker.
                                          El coste es elevado.
                                          MI CARTERA

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