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Fiscalidad compensación de minusvalías (regla de los "2 meses" y cómo evitarla) ejercicio 2007 (declaración que se presenta en Mayo-Junio de 2008)

Las pérdidas patrimoniales en acciones, fondos, inmuebles, derivados, etc. pueden compensarse entre sí con las ganacias patrimoniales, para establecer la base imponible del ahorro . Hay que sumar todas las ganacias generadas y restarle todas las pérdidas. El resultado es la base imponible del ahorro, que tributa al 18% .
Por ejemplo, si se ha obtenido una gananacia de 5.000 euros con la venta de unas acciones de Telefónica y una pérdida de 3.000 euros con la venta de un fondo de inversión, la base imponible del ahorro es 2.000 euros (5.000 – 3.000 = 2.000), y habrá que pagar 360 euros (18% de 2.000).
Para poder compensar las minusvalías es necesario no comprar valores homogéneos a los que generaron la pérdida en los 2 meses anteriores y posteriores . En caso de hacerlo habrá que esperar a vender esos nuevos valores, y que transcurran 2 meses sin volver a comprarlos, para poder compensar esa minusvalía. Esto es válido tanto para acciones como para fondos de inversión y ETF's. Ejemplos:
  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero y se vuelven a comprar el 3 de Febrero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 3 de febrero y pasen 2 meses desde dicha venta.
     
  • Se venden unas acciones del BBVA con pérdidas el 3 de Enero. El 2 de Enero se habían comprado acciones del BBVA (que no son las que se vendieron el 3 Enero). Es decir se tenían 100 acciones del BBVA, el 2 de Enero se compran 100 más (lo que hace un total de 200 acciones en cartera) y el 3 de Enero se venden 100 acciones, con lo que quedan en cartera las 100 acciones que se tenían previamente a las operaciones realizadas el 2 y 3 de Enero. En este caso NO se puede compensar la minusvalía generada el 3 de enero hasta que se vendan las acciones compradas el 2 de Enero y pasen 2 meses desde dicha venta.
A los derivados (opciones y futuros ) no les afecta esta regla de los 2 meses . Pueden comprarse y venderse continuamente y las minusvalías siempre se pueden compensar.
Hay ocasiones en las que un inversor tiene una posición en un valor que quiere mantener a largo plazo, pero le gustaría generar una minusvalía para compensarla con otras plusvalías que ya tiene sin tener que estar 2 meses fuera del valor. Es posible hacerlo utilizando futuros sobre acciones (o CFD's) de la siguiente forma;
Se venden las acciones que generan la minusvalía e inmediatamente se compran futuros sobre esas acciones. Una vez transcurridos 2 meses se venden los futuros y se recompran las acciones . Por ejemplo, el 3 de Enero se venden 100 acciones de BBVA e inmediatamente se compra 1 contrato de futuro sobre acciones de BBVA (1 contrato representa 100 acciones). Una vez transcurridos los 2 meses se vende el futuro y se compran 100 acciones de BBVA. De esta forma se ha estado posicionado en todo momento con 100 acciones de BBVA (o su equivalente) y a la vez se ha podido compensar la minusvalía.
Al vender el futuro y comprar las acciones hay 2 alternativas:
  1. Vender el futuro en el mercado de futuros y dar una orden de compra de acciones en el mercado de acciones.
     
  2. Mantener el futuro hasta la fecha de vencimiento y ejercerlo , momento en el cual entregaremos el dinero y a cambio recibiremos las acciones

La elección entre una y otra depende de lo que suceda con el precio del futuro desde que se compra hasta que transcurren los 2 meses:

  • Si el precio del futuro ha bajado es preferible vender el futuro y comprar las acciones, ya que al vender el futuro generamos una nueva minusvalía que podremos compensar con otras plusvalías.
     
  • Si el precio del futuro ha subido es mejor ejercitarlo a vencimiento, ya que de esta forma evitamos generar una plusvalía. Si compramos el futuro a 16 y lo vendemos a 18 habremos generado una plusvalía de 200 euros (cada contrato de futuro representa 100 acciones) y deberemos pagar por ella. En cambio si ejercitamos ese mismo futuro estaremos comprando 100 acciones a 16 euros (aunque en el mercado estén a 18), con lo que pasaremos a tener las 100 acciones en nuestra cartera sin haber generado ninguna plusvalía con el futuro. Ejercitar un futuro a 16 euros supone pagar 1.600 euros y recibir 100 acciones, independientemente del precio que tenga dicho futuro en el mercado, lo cual no genera ninguna plusvalía porque no se está vendiendo nada.
La regla de los 2 meses (1 año en algunos mercados extranjeros) también puede evitarse utilizando, además de CFD's, ADR's, o acciones preferentes, si son similares, en cuanto a su comportamiento en Bolsa, a las ordinarias.
En el caso de los fondos de inversión o ETF's, se puede comprar un fondo de inversión o ETF que sea similar.
Nota: Si buscas la fiscalidad de otro ejercicio distinto a este puedes encontrarla en la sección de Fiscalidad de las inversiones
Comentarios (484)
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Buenos días. Supongamos: tengo 10 acciones. En septiembre 2022 vendo 5 con pérdidas. En octubre 2022 las vuelvo a comprar. Presento la declaración de ese año, declaro las pérdidas y estoy a la espera de poner dicha cantidad en la casilla 395 cuando las venda definitivamente. En noviembre 2023 vendo de nuevo 5 acciones, que según FIFO serían las primeras cinco. ¿Puedo ya poner la pérdida generada en 2022 (en la casilla 395) o se entiende que dichas acciones vendidas son de las cinco primeras y hasta que no venda las otras 5 (que compré en octubre 2022) no lo podré hacer? ¿En ese caso cuántos años disponemos para poder hacerlo e introducirlo en la casilla 395? Gracias.
Pepe A.
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Buenas tardes Gregorio,

Primero de todo felicitarte por todo lo que haces!!

Mi dudas surgen con el siguiente caso:

03/08/22: compro 935 acciones
04/08/2022: compro 250 acciones
05/08/2022: compro 200 acciones
09/08/2022: compro 200 acciones
10/08/2022: compro 400 acciones
11/08/2022: compro 300 acciones
15/08/2022: compro 150 acciones

19/08/2022: vendo 300 acciones
14/09/2022: vendo 1000 acciones
23/09/2022: vendo 1135 acciones

No he vuelto a comprar esta acción.

Aplicando la regla FIFO la primera venta genera beneficios y las dos últimas pérdidas.
En la última me quedo a 0 acciones, por lo que entiendo que esas 1135 acciones las puedo compensar.

Las anteriores 1000 acciones podría compensarlas?

Gracias!!
Jorge
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Hola Jorge, y muchas gracias.

Como el 23-9-2022 vendes todas las acciones y no vuelves a comprar en los 2 meses siguientes, entonces puedes compensar todas las pérdidas que hayas tenido con todas esas operaciones.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenos días, quería preguntar si podía compensarme alguna pérdida para la siguiente acción española en la renta de 2022:

9-5-2022 Compra 57
11-5-2022 Venta 57 --> Con beneficios
10-6-2022 Compra 42
20-6-2022 Venta 42 --> Con beneficios
-------------------------------------
12-7-2022 Compra 55
14-7-2022 Compra 45
18-7-2022 Venta 45 --> 45 Con pérdidas
28-7-2022 Compra 58
18-8-2022 Compra 40
5-12-2022 Venta 153 --> Me quedo en 0 (40 pérdidas, 58 pérdidas, 45 pérdidas, 10 pérdidas)
6-12-2022 Compra 96
8-12-2022 Compra 102
13-12-2022 Venta 102 (6 con ganancias, 96 con pérdidas)

Acabo con 96 el 2022
--------------------------------
31-1-2023 Compra 85
2-2-2023 Venta 85
3-2-2023 Venta 96
7-3-2023 Compra 100
9-3-2023 Compra 100
20-3-2023 Compra 70
21-3-2023 Venta 70
24-3-2023 Compro 100
9-5-2023 Venta 100
8-6-2023 Compro 100
---------------------------------
Tengo 300 acciones a 18 de junio 2023
Padreo
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Hola Pedro.

No puedes compensar en 2022 las pérdidas correspondientes a las 96 acciones con las que acabas el año 2022 en cartera.

Saludos.
Comentario editado por última vez entre about 8 months ago y Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info) Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio,

A ver si te he entendido bien, yo he tenido una pérdida total de 294 acciones (sumando todas las acciones que he vendido en pérdidas en diferentes ventas). Yo podría compensar las últimas 198 (294 - 96 que mantengo)?

Pero, yo recompré 85 el 31 de enero y aún no las he vendido ya que a día de hoy tengo 300. Para hacer lo que comentas, no tendría que acabar el año 2023 con 96 también?
Pedro
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Hola Pedro,

El caso es que la situación a 31 de diciembre no se puede modificar ya en 2023. Por eso las 96 acciones que tenías el 31-12-2023 no las puedes compensar.

Si en 2023, antes de que acabe el plazo para presentar la declaración del IRPF, cumplieras la regla de los 2 meses con el resto de acciones (por ejemplo, vendiendo las 300 y comprando 3 contratos de futuros si quieres mantener la posición) entonces sí podrías compensar en 2022 las pérdidas de todas las acciones que no fueran esas 96 que tenías al acabar 2022.

Si mantienes 300 al acabar el plazo para presentar la declaración del IRPF, entonces no puedes compensar en 2022 las pérdidas que estén bloqueadas por esas 300 acciones.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio,

Enero del 22 Compro 50 Acciones de Adidas
Enero del 22 Vendo 50 Acciones de Adidas con pérdidas

Febrero del 22 Compro 50 Acciones de Adidas
Febrero del 22 Vendo 50 Acciones de Adidas con ganancias

Julio del 22 Compro 50 Acciones de Adidas
Septiembre del 22 Compro 50 Acciones de Adidas
Noviembre del 22 Vendo 100 Acciones de Adidas con pérdidas

¿Puedo compensar todas las dos pérdidas o solo la última?
Gracias y saludos.
Salvador
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Hola Salvador.

Puedes compensar todas las pérdidas, porque tras la venta de noviembre te quedas sin acciones de Adidas y no compras en los 2 meses siguientes.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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21/01/22 C 50 Adidas
26/01/22 V 50 Adidas (Pérdidas)

24/02/22 C 50 Adidas
25/02/22 V 50 Adidas (Ganancias)

05/07/22 C 50 Adidas
30/09/22 C 50 Adidas
11/11/22 V 100 Adidas (Pérdidas)

(No he vuelto a comprar ninguna).
Salvador
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Hola,

Quería realizar una consulta sobre la declaración de pérdidas cuando tienes compra y ventas de valores homogeneos, a continuación indico todas mis compra y ventas con la acción INTEL en 2022 y 2023:

5-5-2022 Compra 12
5-5-2022 Compra 6
9-5-2022 Compra 4
20-5-2022 Compra 4
8-6-2022 Compra 13
16-6-2022 Compra 3
19-7-2022 Venta 3 --> Venta con pérdidas
29-7-2022 Compra 15
22-8-2022 Compra 7
6-9-2022 Compra 3
24-10-2022 Venta 64 --> Venta con pérdidas
25-10-2022 Compra 70
19-12-2022 Compra 11
22-12-2022 Compra 13 --> Acabo el año con 94
--------------------------------------
27-1-2023 Compro 20
27-1-2023 Vendo 20
10-2-2023 Compro 6
15-2-2023 Compro 4
16-2-2023 Compro 7
21-2-2023 Compro 12
16-3-2023 Vendo 29
19-4-2023 Compro 35
20-4-2023 Vendo 35
24-4-2023 Compra 17
28-4-2023 Venta 17
2-5-2023 Compro 11
11-5-2023 Compro 25
23-5-2023 Compro 15
24-5-2023 Compro 3
25-5-2023 Compro 89
25-5-2023 Vendo 49
26-6-2023 Vendo 40
31-5-2023 Vendo 54 --> Desde el 27.1 al 31.5 compro y vendo el numero de acciones que he comprado en 2023, manteniendo siempre más de 94
31-5-2023 Venta 94 --> Me quedo con 0 acciones
5-6-2023 Compro 62
9-6-2023 Compro 36 --> A día de hoy tengo 98

Para la declaración de la renta de 2022, podría imputar las pérdidas de las dos ventas que hice en 2022 si yo hoy 15 de junio 2023 vendiera todas mis acciones de Intel y no volviera a comprar hasta después de 2 meses?
¿Cómo afecta que yo acabe 2022 con 94 acciones? Que es un número superior al total de acciones que he vendido en 2022. ¿Tendría que imputar esas pérdidas solo cuando tuviera un menor número de acciones que las que tenía cuando hice la venta?

Muchas gracias, saludos
Alejandro
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Hola Alejandro,

Si a final de 2022 incumples la regla de los 2 meses entonces en la declaración de 2022 ya no puedes compensar esas pérdidas. Quedan blqueadas las pérdidas de esas 94 acciones.
Si en 2023 vendes las acciones que incumplían la regla de los 2 meses, y estás 2 meses sin comprar, entonces esas pérdidas las podrás compensar en la declaración de 2023.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenos días,

Tenia entendido que esta regla era solo para compensar las ganancias que habías tenido, es decir, que no puedes vender una acción (por ejemplo) generando minusvalías para compensar otra con plusvalías y recomprar antes de dos meses; pero al revés sí, puedes recomprar acciones antes de dos meses si han sido con plusvalías. ¿Estoy equivocado?

Gracias de antemano.

Un saludo y buen día.
Alberto
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Es así, Alberto.

Si vendes ganando entonces no tienes ninguna restricción y esta regla no te afecta en nada.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio, tengo una duda sobre si puedo compensar unas pérdidas. Por si me puedes ayudar.

Detallo el caso.

El 25 de enero de 2022 vendo todas las acciones que tenía de una empresa norteamericana con un resultado de ganancias G.

El 24 de febrero de 2022 vuelvo a comprar acciones de la misma empresa.

El 8 de marzo de 2022 vendo todas esas acciones con un resultado de unas pérdidas P (superiores a G).

No he vuelto a comprar más acciones de dicha empresa.

¿Puedo compensar las pérdidas P en la declaración del ejercicio 2022?

Muchas gracias y un saludo.
Manuel
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Perfecto, muchas gracias nuevamente Gregorio.
Manuel
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¿Y si la venta del 8 de marzo de 2022 hubiera sido el 13 de diciembre de 2022?

Muchas gracias de nuevo.
Manuel
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Si la venta del 9 de marzo hubiera sido el 13 de diciembre también habrías podido compensar las pérdidas en 2022.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio, antes que nada de nuevo la enhorabuena por el canal y la web. teque ria preguntar en el caso que hubiera comprado y vendido un paquete de acciones homogéneas de manera consecutiva todas con perdidas y en la ultima mantengo la posición y incumpliendo la regla de los dos meses (en alguna o todas), ¿Qué perdidas se pueden imputar?, ¿todas menos la ultima perdida hasta que cierre la posición y pasen dos meses?¿ninguna porque se consideran todas recompras hasta que venda toda la posición y pasen dos meses?¿ o alguna de las primeras si hay dos meses entres estas y la ultima compra? Mi pregunta viene porque oí que había una sentencia del tribunal supremo que indica que solo las ultimas perdidas son consideradas recompra y todas las perdidas anteriores se pueden imputar en la renta. ej:

01/01/22 compro 10
01/02/22 vendo 10 con perdidas
01/03/22 compro 10
01/04/22 vendo 10 con perdidas
01/05/22 compro 10
01/06/22 vendo 10 con perdidas
01/07/22 compro 10
01/01/23 vendo 10 con ganancias

Gracias y saludos!!
Teodoro
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Muchas gracias, Teodoro.

Si al final de todo mantienes 10 acciones sólo bloqueas la pérdida de 10 acciónes. Todas las demás pérdidas las puedes compensar.

No está claro qué 10 acciones tienen las pérdidas bloqueadas, porque hay respuestas de Hacienda ambiguas. En principio la pérdida bloqueada es la primera de todas, que en este ejemplo sería la del 1-2-2022.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Un par de dudas: Si compro acciones aumentando mi patrimonio y al dia siguiente vendo cierta cantidad de ese montante ¿ se sigue entendiendo que incumplo la regla de los 2 meses? No estoy hablando de vender, apuntar perdida y volver a recomprar sino de comprar en primer lugar y después vender una parte que da saldo negativo.
Respecto a las acciones de EEUU tengo entendido que hay norma europea reciente que la equipara a las acciones europeas y así la regla es tambien de 2 meses y no de un año ¿correcto?
xinitac
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Hola xinitac,

Si compras antes de vender también incumples la regla de los 2 meses, sí.

En las acciones de EEUU el plazo es de 2 meses desde 2017 (aunque en la práctica se hizo público un tiempo después, y por eso verás mensajes de 2017 a 2020, más o menos, que siguen diciendo que son 2 meses).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas noches Gregorio,

Agradecería me resolvieses 1 duda:

Si la regla de los 2 meses se "cancela" si pasa al otro año?. es decir tengo una serie de ganancias y perdidas de BBVA, en concreto tengo una pérdida que vendí el 20 de diciembre de 2022, pero en enero de 2023 volví a comprar acciones de BBVA. La pregunta es si esa pérdida está liberada al pasar a otro año, o como he incumplido la regla de 2 meses no puedo compensar?.

El caso es que en el programa padre no me deja poner la compra del siguiente año, por lo que sí me deja compensar, pero no sé si después recibiré la carta de hacienda.

muchas gracias,
Javier
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Hola Javier,

No, es irrelevante que los 2 meses caigan en el mimo año o en 2. Así que en el caso que pones no cumples la regla de los 2 meses, y no puedes compensar la pérdida de finales de 2022.

Tienes que marcar la casilla de "No compensación de pérdidas por recompra de valores homogéneos".

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes Gregorio,

A ver si me puedes echar una mano.

En 01 de febrero de 22, vendo 5000 acciones de X, en pérdidas. A mediados de febrero compro 2 veces 1500 y 2000 acciones de X. El 03 de marzo de 22, vendo otro paquete de 2000 acciones de X, en pérdidas todavía (aplicando FIFO). A los 5 días compro otras 1000 acciones de X. Entiendo que aún me quedarían 500 acciones de la "primera venta" que todavía están en los dos meses hasta el 01 de abril).
La siguiente compra la hago de 1000 acciones el 16 de abril, fuera de los dos meses de la primera venta pero dentro de los dos meses de la segunda. La pregunta es, la primera venta está ya vencida y las 1000 acciones están dentro de la segunda, o son 500 de una y 500 de otra?
No sé si me he explicado del todo bien...

Muchas gracias
Diego
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Hola Diego,

Tienes que aplicar el método FIFO.

Lo primero que tienes que ver es de dónde salen las primeras 5.000 acciones que vendes, y si con eso te quedaste a 0 ó tenías más acciones.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola de nuevo Gregorio, te he leído q se incluiría en la casilla 395 de la renta, y por el texto, ¿sería la renta del 2023?. En este caso sería guardar el calculo de la perdida e incluirlo ahí? o ¿la renta te guarda el dato y lo incluye cuando se haga en el 2023? gracias y saludos de nuevo!!
Teodoro
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Hola Teodoro,

Sí, esas pérdidas (cuando las puedas compensar) las pones en la casilla 395 (en 2023 también es la 395).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Gracias por la respuesta Gregorio!! otra duda que tengo es que esas perdidas por el hecho de que hacienda no sabe cuando las vas a compensar, no te guarda el dato como hace con las perdidas totales de la venta de acciones en el año 2021 para compensar en los 4 años siguientes, tendría que guardar ese cálculo para el año que lo venda todo. ¿verdad?

saludos de nuevo y enhorabuena por el canal, el foro y la web.
Teodoro
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Hacienda ahora ya sí que guarda ese dato también, Teodoro. Hace años no lo hacía, pero ahora ya sí lo hace.

Muchas gracias.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenos días Gregorio, he leído las consultas y tengo claro que las perdidas producidas al no cumplir la regla de los dos meses se pueden declarar al vender todos los paquetes que se tengan de esa acción y pasen dos meses de ello. La pregunta es, si la perdida parcial es en 2022 y la venta total es en 2023(o mas adelante) p.ejemplo, ¿como, cuando y donde dentro de la renta, se computan esta perdidas?,¿ si es en la renta de 2022 o en sucesivas, hay que dejarlo establecido en renta 2022 para que quede reflejado en la renta del año de la venta total?. Espero que puedas responderme y enhorabuena por la web y el canal. Saludos
Teodoro
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Hola Gregorio, gracias de antemano por tu ayuda.

Mi duda es la siguiente:
En Octubre 2020 compré 25 acciones de una empresa por 1.508€, las cuales vendí al cabo de un día por 1.445€, generándome una pérdida de -63€. Al cabo de unos días volví a comprar estas 25 acciones por 1.430€.
En 2020 evidentemente en la renta por la regla de los 2 meses no me pude compensar dichas pérdidas.
El tema es que ahora en 2022 he vendido 10 de estas 25 acciones por 637€.

Al no haber vendido la totalidad de las 25 acciones sino solamente 10 acciones, me puedo compensar los -63€ de pérdida del 2020? O solamente una parte proporcional? O no me puedo compensar nada hasta que venda las 15 acciones restantes?

Muchas gracias. Un saludo
Marc
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Hola Marc,

Sí, te puedes compensar en 2022 las pérdidas de esas 10 acciones que quedaron bloqueadas en 2020. Esas pérdidas que compensas ahora las tienes que poner en la casilla 395.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio, lo primero, muy interesante tu blog, muchas gracias. Como el resto de personas que te han preguntado, me estoy volviendo loco con este tema, y aunque seguramente ya esté respondido, te agradecería si me puedes dar un poco de luz:

- Compro acciones de una empresa X del IBEX en los meses de febrero durante varios años como parte de un programa de retribución flexible de la empresa X, acumulando 9000 acciones a febrero de 2022
- A principios de marzo de 2022 (3/3/22) vuelvo a comprar 1000 acciones de la empresa X, acumulando un total de 10000 acciones
- Por una serie de motivos, me veo obligado a vender 4000 acciones de la empresa X unos días después, en concreto, el 20 de marzo (sin haber pasado 2 meses desde la compra del día 3 de marzo), quedándome 6000 acciones de la empresa X. Esta venta me produce importantes pérdidas
- A principios de abril, compro 3000 acciones de la empresa Y
- En octubre, vendo las 3000 acciones de la empresa Y, y vuelvo a comprar 4000 acciones de la empresa X, volviendo a tener 10000 acciones de la empresa X

Mis dudas son las siguientes:
1) ¿Puedo compensar los beneficios obtenidos en la venta de las acciones de la empresa Y realizada en octubre con las pérdidas ocurridas en la venta de las 4000 acciones de la empresa X? Entiendo que al no haber pasado 2 meses entre la compra de las 1000 acciones de dicha empresa del 3/3/2022 y la venta del 20/3/22. Sin embargo, me surge la duda de si realmente no puedo compensar ninguna, o sólo la pérdida correspondiente a la venta de 1000 de las 4000 acciones, es decir, de manera equivalente a las 1000 acciones compradas, en cuyo caso, sí podría compensar con la pérdida de las otras 3000 acciones
2) Dado que la compensación que quiero hacer es entre la venta de acciones de X y compra de acciones de Y, ¿no puedo realizarlo?
3) Caso de que no pueda, ¿cuándo podré compensar esa pérdida de la venta de las 4000 acciones de X?

Muchas gracias. Un saludo
Pedro
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Hola Pedro,

Al vender las 4.000 acciones no respetas la regla de los 2 meses para las 1.000 acciones compradas poco antes, así que esta pérdida (1.000 acciones) no la puedes compensar. Las podrás compensar cuando vendas esas 1.000 acciones compradas en en febrero de 2022.

Por lo demás. las demás ganancias y pérdidas de X e Y las puedes compensar perfectamente.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Muchas gracias, Gregorio. Entiendo entonces que ahora sólo puedo compensar las pérdidas de las 3000 acciones de X con las ganancias de Y. Y esas 3000 acciones, ¿cuáles serían, las 3000 primeras que compré de esas 4000, o las 3000 últimas? Muchas gracias otra vez. Un saludo
Pedro
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Eso es, Pedro.

En principio, para ver cuáles son las 1.000 acciones bloqueadas aplica el criterio FIFO (pero Hacienda tiene incoherencias en este tema, y verás que se puedan aplicar otros criterios, y pueden ser válidos).

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenas tardes:
Vendo 2000 acciones de Santander en febrero de 2023, compradas en 2020 y 2021 y gano 100 euros. Días después compro 1000 y las vendo hace unos días (marzo) perdiendo 300 euros. ¿Me puedo compensar las pérdidas?
Muchas gracias.
Un saludo.
Marcos
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Hola Marcos.

Sí puedes compensar, porque tras la venta no compraste otra vez acciones del Santander en los 2 meses siguientes.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Buenos días Gregorio, te agradecería si me pudieras aclarar si entre la compra y venta de un valor transcurren 61 días se puede considerar válida la compensación por pérdidas?

Ejemplo:
Si se venden acciones de un valor cualquier día del mes de diciembre y se recompran el día anterior al de la venta del mes de febrero habrán transcurrido 61 días ya que tanto diciembre como enero tienen 31 días.
Felipe
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Se cuenta por meses. Felipe.

Son 2 meses, no 61 días. Si febrero tiene menos días no pasa nada, es de 2 de enero a 3 marzo, por ejemplo.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Perdon. Repito la pregunta.

Hola Gregorio. Enhorabuena por todo el curro que te das. Leida la ley de la AET , ¿ donde pone que una vez vendidas TODAS las acciones a perdidas passados 2 MESES sin recomprar quedan liberadas y se pueden compensar con las ganancias ? Muchas gracias.
Manel
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Muchas gracias, Manel.

Si me preguntas el párrafo exacto de qué ley no lo tengo a mano. Me llevaría un tiempo buscarlo. Es así desde hace muchos años.

Saluudos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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Hola Gregorio. Enhorabuena por todo el curro que te das. Leida la ley de la AET , ¿ donde pone que una vez vendidas TODAS las acciones a perdidas passados 2 MESES sin recomprar quedan liberadas y se pueden recomprar? Muchas gracias.
Manel
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Un artículo muy interesate pero aún me surge una duda:

En 2018 vendi con perdidas unas acciones de una empresa que recompre unos dias despues.
En 2023 he vendido el total de las acciones de esa empresa. Podré todavía compensar las pérdidas del 2018 en la renta de 2023? O va en contra de la regla de compensar solo las pérdidas de los ejercicios anteriores?

Un saludo y muchas gracias de antemano
Roberto
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Sí, Roberto, si las desbloqueado en 2023 podrás compensar ahora las pérdidas que tuviste en 2018.

Saludos.
Gregorio Hernández Jiménez (Invertirenbolsa.info)
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